La nueva norma insiste en la
mediación, que no se apoya tanto en la entrega de documentación exhaustiva sino
en argumentos teóricos de cuantificación de daños
Los transportistas afectados
por el caso del Cártel de los Camiones (el pacto de precios de camiones de seis
o más toneladas por parte de cinco fabricantes desde 1997 a 2011) tienen
todavía diez meses por delante para iniciar sus reclamaciones, pero se van
conociendo novedades que les afectan de lleno, como las que trae consigo la
trasposición en España de la Directiva Europea de Daños, que abre la puerta a
que se multiplique el “papeleo” jurídico entre fabricantes y transportistas.
La nueva norma puede hacer que
los transportistas se vean obligados a petición de los fabricantes a tener que
localizar y mostrar documentación sobre los camiones adquiridos hace 15 ó 20
años para demostrar que no repercutieron coste alguno al usuario final (lo que se
denomina en la jerga jurídica “pass on”).
Y, según explica Life
Abogados, el paso del tiempo no puede argumentarse como excusa para no
entregarla, ya que, en tal caso, habría que justificar ante el juez la
“casualidad” de tener papeles que favorecen, que son también de hace mucho
tiempo, y no tener aquellos que pueden ser utilizados por la parte demandada en
su defensa.
Precisamente, y ante esta
situación, la norma europea refuerza la vía extrajudicial que Life Abogados
venía defendiendo desde el inicio del caso: la mediación. Así, a las ventajas de
interrumpir el plazo de prescripción de un años de las acciones judiciales y
ganar cierta benevolencia ante el juez, se une que la mediación no se apoya
tanto en la entrega de documentación exhaustiva sino en argumentos teóricos de
cuantificación de daños. También es ventajosa por el ahorro de costes y de
tiempo, ya que el período de mediación puede tener una duración de tres meses
aproximadamente.
Al mismo tiempo, la mediación
es una vía de resolución del conflicto también interesante para el fabricante,
ya que si llega a un acuerdo con los perjudicados quedaría excluido de las
demandas posteriores y el resto de infractores no podrían pedirle que participe
en el pago de indemnizaciones futuras.
Por el contrario, de lo que no
se beneficiarán los transportistas con la trasposición de la directiva es del
aumento de uno a cinco años en el plazo para interponer reclamaciones, ya que
se ha traspuesto fuera de plazo y no tiene carácter retroactivo.
La otra novedad de esta
trasposición tiene que ver con la cuantía del daño. De esta forma, si la
mediación no resulta y acaba la reclamación en los tribunales, la nueva norma
surgida de la directiva da carta blanca al juez para hacer valer una estimación
de los daños basándose en informes periciales bien fundamentados.
Esto es así en casos en los
que cuantificar el daño es muy complejo, como ocurre con el Cártel de los
Camiones, ya que difícilmente podrá calcularse al céntimo, debido a que hay
analizar camión por camión y tener en cuenta sus particularidades, historial
propio, etc. Y más difícil es calcular el consumo de más de combustible por el
acuerdo de los fabricantes en el retraso de la implantación de las normas Euro
III, IV, V y Vi.
Otras incógnitas a resolver
Una vez traspuesta la
Directiva Europea de Daños y sus posibles efectos en las reclamaciones de los
transportistas, lo cierto es que hay todavía incógnitas por resolver. Por un
lado, la resolución de Bruselas del pasado 6 de abril, que es el pistoletazo de
salida para las reclamaciones, no incluye toda la información relativa al caso.
En concreto, está pendiente
dilucidar qué elementos no deben hacerse públicos por afectar a secretos
industriales o ser confidenciales. Esto es fundamental porque determinará a qué
documentación podrán acceder los transportistas sobre la que sustentarán sus
reclamaciones.
Y finalmente está pendiente
conocer la implicación de Scania en este caso, que no figuraba en la resolución
de la UE (aparecen de momento MAN, Daimler, Iveco, Volvo/Renault y DAF), aunque
sí está siendo investigada. Esto supone que los compradores de camiones de este
fabricante deben esperar antes de iniciar acciones judiciales.
Según Juan Sánchez Corzo,
socio de Life Abogados, “el principal argumento de defensa del fabricante
frente a los transportistas es que quien ha sufrido el daño en realidad es su
cliente, a quien habría repercutido el sobrecoste sufrido. Para probar esto el
fabricante puede pedir al juez que obligue al transportista a exhibir
documentos. Es importante destacar esto porque muchas veces la gente se lanza a
reclamar sin ser conscientes de que en un momento dado pueden verse obligados a
desnudarse. Frente a esto la mediación no sólo puede ahorrar papeleo sino que
además supone un ahorro de tiempo y costes al evitar la siempre más tediosa y
costosa vía judicial”.
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