En 2013 y 2014 se ha sancionado a 190.000
conductores por alcohol o drogas. 10.000 eran reincidentes.
20.000 conductores han perdido su carnet
con alguna sanción por alcohol o drogas. 1000 lo han perdido dos veces
A 50.000 conductores se les ha retirado
temporalmente por vía judicial su carnet. A 350 se les ha retirado para
siempre.
El binomio alcohol/drogas y conducción es uno de los
aspectos de la seguridad vial que más preocupa en la Unión Europea, ya que alrededor
del 25% de todas las muertes en carretera de Europa están relacionadas con este factor.
En
España y según la memoria anual que el Instituto Nacional de Toxicología
(INTCF) realiza a una muestra de fallecidos en accidente de tráfico, en
2013 cuatro de cada diez conductores
fallecidos en accidente de circulación resultaron positivo en sangre a drogas
y/o psicofármacos y/o alcohol. En concreto de los 557 conductores fallecidos en
accidente de circulación y analizados por el INTCF, 240, (43,09%) resultaron
positivos en sangre a drogas y/o psicofármacos y/o alcohol.
En
lo referente a peatones, de los 161 peatones fallecidos y analizados en el
INTCF, el 44,10% de ellos (71)
presentaron resultados positivos en sangre a drogas y /o psicofármacos y/o
alcohol.
Además,
el informe DRUID 2013 realizado por DGT y en el que se estudiaba la prevalencia
de consumo de alcohol y drogas entre los conductores en controles aleatorios,
concluye que doce de cada cien conductores presentaron consumos recientes de
drogas y/o alcohol, en el momento en el que se les realizaron los controles.
ULTIMOS
DATOS
De
la actividad sancionadora en esta materia durante los años 2013 y 2014 se
extraen los siguientes datos:
- 190.000 conductores han sido sancionados
por vía administrativa por alguna infracción relacionada con la ingesta de
alcohol o drogas por encima de las tasas previstas. 10.000 de ellos eran
reincidentes. Es decir que fueron sancionados en más de una ocasión en este
periodo por este tipo de infracción.
- En este periodo 20.000 conductores han
perdió la totalidad de puntos de su carnet por alguna sanción relacionada con
el alcohol y las drogas. 1.000 conductores lo han perdido dos veces.
- A 50.000 conductores se les ha suspendido
temporalmente por vía judicial su permiso para conducir. A otros 350 se les ha
retirado para siempre.
-
Con
estos datos, desde comienzo de año se están incrementando los controles
preventivos tanto de alcohol como de drogas, así como las campañas
divulgativas. Este tipo de intervenciones favorecen el cambio de comportamiento
de los ciudadanos sobre esta materia.
Por
este motivo, Tráfico intensifica desde hoy y hasta el próximo domingo 21 de
diciembre los controles de alcohol y drogas entre los conductores. El objetivo
principal es evitar que los conductores que hayan ingerido estas sustancias se
pongan al volante, más si cabe en una época del año en la que se incrementan
las comidas y cenas con amigos y familiares y en las que el alcohol y/o
drogas suele estar presente.
Durante
esta semana, especialmente, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia
Civil y las policías autonómicas y municipales que se sumen a la campaña,
incrementarán la vigilancia y realizarán, a cualquier hora del día, más de
25.000 controles diarios de alcohol y drogas, tanto en carretera como en zona
urbana.
Se
pondrá especial énfasis en los colectivos policonsumidores, aquellos conductores que se ponen al volante
y que consumen habitualmente alcohol y/o drogas.
ALCOHOL
Y CONDUCCIÓN
Conducir
después de haber ingerido alcohol multiplica hasta 9 veces el riesgo de
provocar un accidente y a mayor concentración de alcohol en sangre, el índice
de accidentes también se incrementa.
Pero
además de todos estos riesgos hay que tener presenta que el alcohol agrava la
lesividad, tal y como se muestra en el siguiente cuadro.
DROGAS
Y CONDUCCIÓN
Pero
si los efectos del alcohol en la conducción son conocidos por los ciudadanos,
no lo son tanto los efectos que las drogas provocan en la conducción.
A
continuación se pueden ver los efectos que algunas de estas sustancias provocan
en la conducción.
Debido
a la importancia que este factor tiene en la siniestralidad vial, la reforma de
la Ley de Seguridad vial dio un paso
adelante, incrementando las sanciones y poniendo a los reincidentes en el punto
de mira.
Para
los conductores reincidentes, tomados como tales aquellos que hubieran sido
sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol, la sanción es de 1.000 € y la detracción de 6
puntos.
Este
misma sanción y detracción de puntos se aplica también a aquellos conductores
que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
Para
los no reincidentes y para los que den un tasa entre 0,25 y 0,50 mg/l la sanción es de 500 € y la detracción de 4
puntos.
En
el caso de las drogas, la ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el
organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo
prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción
catalogada como muy grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la
retirada de 6 puntos.
Tasas
máximas del alcohol permitidas para conducir
CONDUCTORES
|
LÍMITE EN SANGRE
|
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO
|
(1) GENERAL
|
0'5
gr./l
|
0'25
mg/l
|
(2) PROFESIONALES
|
0'3
gr./l
|
0'15
mg/l
|
(3) NOVELES
|
0'3
gr./l
|
0'15
mg/l
|
Además
de la sanción administrativa, el Código Penal recoge en su capítulo IV los
delitos contra la seguridad del tráfico, entre los que se incluye la conducción
con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas, cuyas penas son:
DELITO
|
PENAS
|
|
ALCOHOL
|
Tasas superiores a:
- 0.60 mg/l en aire.
- 1,2 gr/l en sangre.
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
Negativa a someterse a
las pruebas.
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
DELITO
|
PENAS
|
||
Conducir bajo la
influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.
|
||
Negativa a someterse a
las pruebas
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
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