Campaña de vigilancia
Doce
de cada cien conductores conduce después de consumir alguna sustancia
psicoactiva
Se
pondrá especial énfasis en los colectivos policonsumidores, aquellos conductores que se ponen al volante
y que consumen habitualmente alcohol y/o drogas
De
las 69.303 pruebas de drogas realizadas por la agentes de la ATGC en 2015 a
conductores en controles preventivos, el 32,8% dio positivo
Como
viene siendo habitual en los últimos
años por estas fechas, la Dirección General de Tráfico pone en marcha una
campaña de concienciación sobre el riesgo que supone el consumo de sustancias
psicoactivas y la conducción, en una época del año en el que el consumo de
alcohol y de otras drogas aumenta debido a las comidas y cenas navideñas.
Durante una semana, del 12 al 18 de
diciembre, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil
intensificarán los controles sobre este factor de riesgo causante de casi un
tercio de los accidentes mortales.
Según Gregorio Serrano, director
general de Tráfico “el objetivo de la campaña es concienciar a los ciudadanos
que no sólo el alcohol y la conducción es un binomio peligroso, sino que
también las drogas y la conducción suelen ser en numerosas ocasiones sinónimos
de muerte”. Además añadió que “la realización de estos controles preventivos en
carretera es junto con la educación vial,
uno de los instrumentos más eficaces para disuadir al conductor de
ponerse al volante si ha consumido cualquier sustancia psicoactiva”.
Durante los siete días se
establecerán diferentes puntos de
control en todo tipo de carreteras y a cualquier hora del día, donde se
realizarán más de 25.000 pruebas diarias de alcoholemia y drogas a los
conductores que circulen por ellas
Se pondrá especial énfasis en los
colectivos policonsumidores, aquellos
conductores que se ponen al volante y que consumen habitualmente alcohol y/o
drogas.
Con el objetivo de que la campaña
se generalice también en las vías urbanas, Tráfico ha invitado a los
ayuntamientos de más de 25.000 habitantes para que se sumen a la campaña, con
el establecimiento de controles en sus respectivos cascos urbanos.
DATOS QUE PREOCUPAN
El Estudio prevalencia del consumo
de alcohol y drogas ilegales (EDAP) realizado por la DGT en 2015, constató que de las 2.774 pruebas
realizadas a conductores seleccionados aleatoriamente cuando circulaban por
vías públicas, un 12% presentaron consumos recientes de drogas y/o alcohol.
Concretamente, un 10% de los conductores presentaron consumos recientes de
drogas (con o sin la presencia de alcohol) y un 8% consumo reciente de drogas
sin haberse constatado la presencia del alcohol.
Respecto a las pruebas de
alcoholemia realizadas por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil a conductores
en 2015, el 1,4% de dichos conductores dieron positivo en controles
preventivos; un 0,8% de positivos en pruebas realizadas como consecuencia de
infracción y un 4,5% de positivos en pruebas realizadas tras estar implicado en
un accidente.
En el caso de las drogas, en 2015
se incrementaron un 150% las pruebas realizadas respecto al año anterior, al
pasar de las 29.643 en 2014 a las 76.040 de 2015.
Motivo de la
prueba
|
Nº pruebas
realizadas
|
% positivas
|
Accidente
|
3.496
|
20,4%
|
Infracción
|
3.241
|
57,7%
|
Control preventivo
|
69.303
|
32,8%
|
Total
|
76.040
|
33,3%
|
Fuente: Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil
|
|
Por último, la memoria que
anualmente realiza el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencia Forenses
(INTCF) a conductores fallecidos, en 2015 el
43,10% de los conductores analizados dio positivo en alcohol, drogas y/o
psicofármacos.
MUY PENALIZADO POR LA LEY
Vía administrativa: La Ley de
Seguridad fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores.
Así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
Tasas
máximas del alcohol permitidas para conducir
CONDUCTORES
|
LÍMITE EN SANGRE
|
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO
|
(1) GENERAL
|
0'5 gr./l
|
0'25 mg/l
|
(2) PROFESIONALES
|
0'3 gr./l
|
0'15 mg/l
|
(3) NOVELES
|
0'3 gr./l
|
0'15 mg/l
|
Sanciones
La Ley de Seguridad Vial contempla para los conductores reincidentes,
tomados como tales aquellos que hubieran sido sancionados en el año
inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol, la sanción de
1.000€.
Esta misma sanción de 1.000€ se
aplica también a aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el
doble de la permitida.
TASA
|
SANCIÓN
|
|
ALCOHOL
|
Más
de 0,25mg/l y hasta 0,50mg/l
|
500
euros y 4 puntos
|
Más
de 0,50 mg/l
|
1.000
euros y 6 puntos
|
|
|
Reincidentes
|
1.000
euros y 4 o 6 puntos (dependiendo de la tasa dada)
|
PRESENCIA
DE DROGAS
|
1.000
euros y 6 puntos
|
En el caso de las drogas, la ley
prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor,
quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa
y con una finalidad terapéutica. Esta infracción catalogada como muy grave está
castigada con una sanción de 1.000 € y la retirada de 6 puntos.
Vía Penal: El capítulo IV del
Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece
las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia
de drogas.
DELITO
|
PENAS
|
||
Tasas
superiores a:
- 0.60 mg/l en aire.
- 1,2 gr/l en sangre.
|
Prisión
de tres a seis meses o multa de seis a
doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a
conducir de uno hasta cuatro años.
|
||
Negativa
a someterse a las pruebas.
|
Prisión
de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro
años
|
DELITO
|
PENAS
|
|
DROGAS
|
Conducir
bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias
psicotrópicas
|
Prisión
de tres a seis meses o multa de seis a
doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a
conducir de uno hasta cuatro años.
|
Negativa
a someterse a las pruebas
|
Prisión
de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro
años
|
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