A 192 conductores se les han instruido
diligencias para su posterior traslado a la autoridad judicial por delitos
contra la seguridad vial
Un taxista, reincidente, entre los
conductores que han dado positivo durante la campaña
En los días 12, 13 y 14 de agosto, 1.785 conductores han sido
denunciados por los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil
(ATGC) por conducir habiendo consumido
alcohol o drogas. De ellos, 333 por dar positivo a drogas y 1.452 por alcohol.
En total se han realizado 82.136 pruebas.
Estos
datos se enmarcan dentro de la campaña que la Dirección General de Tráfico puso
en marcha con el objetivo de retirar de
la circulación a aquellos conductores que habían bebido o consumido droga.
Durante
estos tres días los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han
realizado 899 pruebas de detección de drogas a conductores que presentaban algún síntoma de haber ingerido
alguna sustancia, habían cometido alguna infracción o que se habían visto
implicados en un accidente.
De estos
899 conductores sometidos al test salival para comprobar la presencia de drogas
en su organismo, 333 resultaron positivas, es decir el 37% del total.
Como
viene siendo habitual, entre las drogas más consumidas están el cannabis (240
casos), la cocaína (107 casos), las
anfetaminas (65 casos), metanfetaminas (44) y opiáceos (22) .
Las
pruebas salivares para la detección de la presencia de drogas en los
conductores se están incrementando progresivamente con la idea de llegar a
generalizarse como las que se hacen para la detección del alcohol.
CONTROLES
DE ALCOHOL
En lo
referente al alcohol, en la campaña realizada en estos tres días, se han
realizado 81.237 pruebas de control de alcoholemia y 1.452 conductores dieron
positivo, de ellos, 1.300 detectados en controles preventivos, 71 tras haber
cometido una infracción, otros 72 por estar implicado en un accidente y 9 más
por presentar síntomas evidentes de ingesta de alcohol.
De los
1.452 conductores que dieron positivo, a 1.260 se les ha abierto expediente
sancionador por vía administrativa, mientras que a los 192 restantes se les han
instruido diligencias para su posterior traslado a la autoridad judicial por
superar la tasa de 0,60 mg/l en aire espirado. Además, contra 6 conductores se
han abierto diligencias y han sido puestos a disposición judicial por negarse a
realizar las pruebas de alcoholemia.
CASO
CONCRETO
Agentes
de la ATGC detuvieron ese fin de semana
a un taxista de Santiago de Compostela que dio positivo a alcohol, en la
primera prueba el resultado fue de 0,84
mg/l, y 0,86 mg/l en la segunda, después
de provocar un accidente. También le efectuaron el test de drogas e igualmente
dio positivo en cocaína. El mencionado
taxista, ya dio positivo por consumo de
cocaína y cannabis, el pasado 20 de mayo; cuando transportaba en el taxi a unos
jóvenes a la “Spring Open Tour Partí” celebrada en la localidad de Lestedo, (Boquixón). Entonces también carecía
del seguro obligatorio. El vehículo que conducía el denunciado, fue
inmovilizado por este motivo.
NORMATIVA
La
apuesta de la DGT por erradicar a los conductores que se ponen al volante tras
haber ingerido algún tipo de sustancia psicoactiva es lo que ha llevado a este
Organismo a incrementar las sanciones y poner en el punto de mira a los
reincidentes en la Ley de Seguridad Vial.
• Vía administrativa: La Ley de Seguridad
fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores. Así como la
prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
Tasas
máximas del alcohol permitidas para conducir
CONDUCTORES
|
LÍMITE EN SANGRE
|
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO
|
(1) GENERAL
|
0'5
gr./l
|
0'25
mg/l
|
(2) PROFESIONALES
|
0'3
gr./l
|
0'15
mg/l
|
(3) NOVELES
|
0'3
gr./l
|
0'15
mg/l
|
Sanciones
TASA
|
SANCIÓN
|
|
ALCOHOL
|
Entre 0,25mg/l y hasta
0,50mg/l
|
500 euros y 4 puntos
|
Más de 0,50 mg/l
|
1.000 euros y 6 puntos
|
|
|
Reincidentes
|
1.000 euros y 4 o 6
puntos (dependiendo de la tasa dada)
|
SANCIÓN
|
||
DROGAS
|
Conducir con presencia
de drogas en el organismo
|
1.000 euros y 6 puntos
|
• Vía Penal: El capítulo IV del Código
Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las
siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de
drogas.
DELITO
|
PENAS
|
|
ALCOHOL
|
Tasas superiores a:
- 0.60 mg/l en aire.
- 1,2 gr/l en sangre.
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
Negativa a someterse a
las pruebas.
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
DELITO
|
PENAS
|
|
DROGAS
|
Conducir bajo la
influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
Negativa a someterse a
las pruebas
|
Prisión de seis meses
a un año y
privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
COLABORACIÓN
DE POLICÍAS AUTONÓMICAS Y LOCALES
Como
viene siendo habitual en las campañas que lleva a cabo la DGT, la colaboración
de las policías locales y autonómicas ha sido muy importante, ya que los
controles de alcohol y drogas se han realizado tanto en vías interurbanas como
en urbanas. Los datos de estas policías todavía se están procesando y habrá que
sumarlas a las presentadas en esta nota
Pese a
que la campaña ha finalizado, los agentes de Tráfico de la Guardia Civil
continuarán realizando controles de alcohol y drogas a los conductores a cualquier hora del día y en cualquier
carretera con el objetivo de disuadirlos de conducir.
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