La
compraventa de un vehículo entre particulares implica una serie de
consecuencias fiscales según se trate del vendedor o del comprador. Ambos
deberán tener en cuenta esta transacción a la hora de tributar sus impuestos.
Asimismo, el Plan PIVE también afecta a los compradores que se beneficien de él
en la compra de su vehículo. ¡Te explicamos cómo!
IMPLICACIONES
FISCALES EN LA COMPRAVENTA DE UN VEHÍCULO
Para el
vendedor
La
persona que venda su coche deberá tributar en la declaración de la renta (IRPF)
por la ganancia patrimonial que obtenga. Este caso es raro, pero se puede dar,
por ejemplo, cuando se trata de vehículos exclusivos o son de colección.
Normalmente no es el caso, ya que el valor de los vehículos se reduce con el
paso del tiempo. Pero si se diera el caso de que ganase dinero con la venta, el
vendedor debería computar el beneficio obtenido, en tanto que ganancia
patrimonial, dentro de lo que se conoce como “rentas del ahorro”.
Si se
vende a un precio inferior al que se adquirió, como es habitual, no se pagarían
impuestos por el dinero obtenido en la venta. Tampoco podría el vendedor
imputar como pérdida patrimonial la caída del valor del vehículo en su
declaración. A efectos de la declaración de la renta (IRPF) no se entiende que
la pérdida de valor de un vehículo por el paso del tiempo sea una pérdida
patrimonial a tener en cuenta.
Para el
comprador
Para un
comprador la situación desde el punto de vista fiscal es distinta, ya que
deberá en todo caso liquidar o hacer frente al Impuesto de Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y ADJ). El total a pagar
resulta de un baremo tomando en consideración el mayor entre el estipulado en
la compraventa del vehículo o el fijado por el Ministerio de Industria a través
de una serie de tablas oficiales publicadas cada año. Además, hay que tener en
cuenta el porcentaje tributario que rige en cada CCAA para estas compraventas.
¡SIEMPRE
CON CONTRATO!
En estas
transacciones es muy importante que exista un contrato de compraventa entre
comprador y vendedor, y así evitar problemas en el futuro, por ejemplo,
previendo en el documento la obligación de abonar el Impuesto de Circulación y
las tasas para el cambio de titularidad del vehículo.
COMPRA A
TRAVÉS DEL PLAN PIVE
Para los
casos en los que se realice una compra de vehículo nuevo beneficiándose de las
ayudas otorgadas a través del Plan PIVE, esta ayuda deberá ser tenida en cuenta
y reflejada, en todo caso, en la declaración de la renta (IRPF). Esto es así,
ya que a efectos fiscales el Plan PIVE se considera como una ganancia
patrimonial no derivada de transmisiones patrimoniales que tributará al tipo
marginal de aplicación a cada contribuyente.
Si estás
pensando en vender tu coche o adquirir uno de segunda mano y quieres hacerlo
con todas las garantías legales, en Wonder.Legal podrás generar un documento
personalizado con todos los detalles de la transacción.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Solo comentarios relacionados con la información de la página.