sábado, 27 de octubre de 2018

CÓMO PUEDE ACTUAR EL TALLER ANTE UNA DISCONFORMIDAD CON LA PERITACIÓN


CETRAA informa a sus talleres sobre sus capacidades de actuación ante una peritación con la que no estén de acuerdo

La Confederación Española de Talleres, CETRAA, ha iniciado una campaña recordatoria a sus talleres asociados de los diferentes servicios que sus asociaciones ofrecen frente a las prácticas abusivas de las aseguradoras: desvío de trabajos, imposición de precios, exigencias de determinados recambios, ofrecimiento del valor venal en lugar del de mercado, etc.


Entre estos servicios de asesoramiento proporcionados por las asociaciones provinciales, de CETRAA podemos destacar:

1.- Formación del taller.

Es importante que los mismos conozcan los diferentes sistemas de valoración de los daños que presenta un vehículo y de este modo poder exigir que en las peritaciones se valoren todas las operaciones necesarias para su reparación, que los daños sean calificados correctamente y que las características de los vehículos estén debidamente recogidas (equipamientos, tipo de pintura, etc.).

2.- Servicio Jurídico.

A través del mismo se asesora al taller sobre el:

•Derecho a la libre elección del taller.

Se recuerda que el cliente no culpable del siniestro puede escoger el taller reparador de su vehículo.

El cliente culpable que esté asegurado con “daños propios” puede verse limitado (en función de lo que hubiera firmado en su póliza) a acudir a los talleres que designe su aseguradora. Este tipo de cláusulas en las pólizas son restrictivas y si no cumplen los requisitos legales pueden ser cláusulas abusivas.

•Derecho a discutir el peritaje encargado por la aseguradora.

El taller (quien responderá y garantizará la reparación realizada al vehículo) tiene los conocimientos técnicos y herramientas (su presupuesto de reparación) para contrastar la peritación que encarga la aseguradora, y si el taller determina que la peritación o valoración es insuficiente (por ejemplo, cuando al cliente no culpable le ofrecen como indemnización el valor venal del vehículo en lugar del de mercado) el cliente puede contratar un perito que contradiga la pericial encargada por la aseguradora; es lo que se conoce como un “perito de parte”.

•Derecho a reclamar una indemnización justa.

Si el perjudicado por un siniestro sin culpa considera que la indemnización ofrecida por la aseguradora es insuficiente, tiene derecho a reclamar por escrito -aportando la pericial de parte y/o presupuesto del taller- y recibir una oferta motivada de indemnización por parte de la aseguradora del conductor responsable del siniestro en el plazo de 3 meses.

Si el perjudicado/asegurado por un siniestro con culpa considera que la indemnización ofrecida por su aseguradora es insuficiente, tiene derecho a que ésta le pague el importe mínimo que considere en el plazo de 40 días, pero sin que se deba renunciar a reclamar el resto hasta alcanzar la indemnización que considera justa de acuerdo con lo pactado en la póliza.

Este derecho lo puede ejercitar el propio cliente o el taller mediante la cesión por parte del asegurado de su derecho de reclamación frente a la aseguradora (en este caso el taller asume el coste de la reparación, el cual lo recuperará solo en caso de éxito de su demanda frente a la compañía).

3.- Información al usuario.

Es importante que los clientes de los talleres conozcan cuáles son sus derechos, con objeto de que puedan exigirlos frente a su aseguradora. En este sentido, cabe señalar la distribución que se realiza a los mismos del decálogo del asegurado y las campañas en los medios de comunicación.

“Si se empleasen este tipo de herramientas para combatir lo que muchos consideran abusos por parte de las aseguradoras, se provocaría un gran avance en la defensa de los derechos de los talleres de reparación y los propios asegurados perjudicados”, ha declarado Rogelio Cuesta, vicepresidente y responsable de la comisión de Aseguradoras de CETRAA, que también ha afirmado que “existe bastante desinformación en los talleres sobre cuáles son sus opciones ante este tipo de situaciones y a raíz de ello surgen actores que prometen soluciones sensacionales, aunque con costes muy elevados y, en la práctica, con peores resultados que los que pueden encontrar a través de sus propias asociaciones. Queremos que sean conscientes de dos cosas. La primera es que no existen las soluciones milagrosas y cada línea de actuación tiene sus pros y sus contras. Y la segunda es que en su asociación provincial van a encontrar la mejor asesoría adaptada a su caso particular”.

Esta labor de las asociaciones se ve reforzada por la actuación que la propia Confederación realiza, denunciando las prácticas mencionadas de las aseguradoras frente a las propias compañías y su patronal, UNESPA, Dirección General de Seguros, proponiendo a los diferentes partidos políticos reformas legislativas que den solución a estas problemáticas y buscando la colaboración de otros agentes, como los peritos, que participan en la relación talleres-aseguradoras.

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