Los accidentes laborales en
desplazamientos laborales han aumentado en un 5%, ya que se han registrado
75.671 accidentes in itinere, 967 más que el año pasado
Ya se reconoce el accidente en
itinere para los profesionales autónomos
Ha quedado aprobado en la
Comisión de Empleo la nueva normativa encargada de regular el trabajo del
autónomo. Ésta incluye ciertas novedades, entre las cuales entra el
reconocimiento del accidente in itinere, pero, ¿qué es exactamente y qué
consecuencias tiene?
La jurisprudencia define un
accidente in itinere cuando un empleado sufre un daño corporal durante su
desplazamiento al puesto de trabajo o a la salida del mismo hacia su casa. Este
tipo de accidentes denominados ha aumentado este último año y suponen una
indemnización especial, independiente de tu seguro, y a la que hasta ahora los
autónomos no tenían acceso.
Según el Ministerio de Empleo
y Seguridad Social las estadísticas de accidentes laborales han aumentado en un
5% respecto a las cifras recogidas años atrás. Centrándonos en los datos de
accidentes in itinere, se han registrado 75.671 accidentes, de los cuales 967
graves más que el año pasado. En cuanto a la desagregación según sexo, un 44%
de accidentes afectaron a varones, mientras que un 56% a mujeres. Muchos de los
accidentes in itinere, concretamente 17.975, 24% sobre el total de accidentes
registrados, ocurren por choques o golpes contra el objeto móvil, incluyendo
caídas y tropiezos.
A los trabajadores ajenos que
sufren un accidente in itinere les corresponde una indemnización que varía en
función de algunos factores como el sueldo, días de baja, independientemente de
que reclamen o no indemnización complementaria a la in itinere. Los abogados de
CarCrash.es, despacho especialista en reclamaciones online, apuntan que
"existen varios requisitos específicos del accidente in itinere. En primer
lugar, el porqué del traslado debe ser exclusivamente de trabajo. En segundo
lugar, el accidente debe ocurrir en horas cercanas a las de entrada y salida
habituales del mismo. Además, sólo se puede reclamar si el accidente se ha dado
en el camino de ida o vuelta entre casa y el lugar de trabajo, lo que implica
que si el día en que se tiene un accidente vuelves en lugar de a tu propia
casa, a casa de algún familiar u otro destino, no se considera in itinere. Por
último, el medio de transporte debe ser adecuado a la distancia entre dichos
lugares."
Antes de que esta normativa se
aprobara, se argumentaba la dificultad de calibrar hasta qué punto un autónomo
se mueve para ir al lugar de trabajo, ya que muchos lo hacen desde casa.
También se hablaba de la complicación existente para determinar los horarios de
trabajo del autónomo.
Ahora, con los cambios
aplicados a la normativa, será el propio autónomo el que tome la decisión de
darse de alta a través de un contrato específico en el que se ha de pagar un
pequeño plus para que cubra este tipo de accidente in itinere. De esta forma,
será el autónomo, en función de su rutina, el que decidirá acogerse o no.
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