miércoles, 4 de noviembre de 2015

¿LAS PIEZAS SUSTITUIDAS EN UNA REPARACIÓN SON PROPIEDAD DEL CLIENTE O DE LA ASEGURADORA?




Una fuente importante de actividad para el taller son los vehículos que les derivan las aseguradoras. Sin embargo, con frecuencia se encuentran con el dilema de a quién devolver las piezas sustituidas después de la reparación: ¿a la compañía de seguros o al dueño del coche?

En términos generales, la ley establece que cuando un taller realiza alguna reparación a quien debe presentar el vehículo y las piezas sustituidas es al cliente, salvo que éste manifieste lo contrario. Pero, en este caso concreto, cabe preguntarse: el cliente, ¿es el propietario del automóvil o la aseguradora?

Si nos fijamos en la Ley de Contrato del Seguro, aunque no aclara quién debe quedarse con las piezas cambiadas, sí señala que es ilegal que el asegurado se enriquezca a causa de la indemnización de un siniestro.

Esto nos da a entender que las piezas le corresponden a la aseguradora. Si se las quedara el propietario del coche, se estaría “enriqueciendo”, ya que su vehículo se ha reparado sin coste, pero recibiría recambios que sí podrían reportarle alguna ganancia en el mercado de segunda mano.


Además, se puede producir lo que podríamos considerar un conflicto medioambiental. Si las piezas sustituidas contienen algún tipo de residuo –aceites, filtros, etc.- y se entregan al cliente, se le está trasladando una responsabilidad que le corresponde al taller, que es quien debe cumplir con toda la normativa.

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