La asesoría jurídica de CEA
detecta que están llegando numerosas sanciones de Francia, Portugal y Hungría
CEA alerta a los conductores
que viajen por Europa que las multas de tráfico ya no tienen fronteras
La mayoría de las denuncias
cometidas en el extranjero por conductores españoles provienen del país vecino,
Francia.
Las multas más comunes son
el exceso de velocidad, saltarse una señal de Stop o Ceda el Paso.
Una directiva europea
permite el intercambio transfronterizo de información.
Desde la Asesoría Jurídica del Comisariado Europeo del
Automóvil queremos poner en conocimiento de los conductores que el Parlamento
Europeo ha dado luz verde a la Directiva 2011/82/UE por la que se facilita la
información transfronteriza sobre infracciones de tráfico en materia de
seguridad vial, que garantizará que los conductores que cometan infracciones en
el extranjero no puedan evitar recibir las multas.
En la labor de CEA de velar
por los intereses de los conductores, queremos advertir que el Consejo de la
Unión Europea ha adoptado una directiva para el intercambio transfronterizo de
datos sobre infracciones de tráfico que permitirá que las multas por
infracciones cometidas en otro país comunitario lleguen a los conductores. El
objetivo de la directiva es mejorar la seguridad vial y garantizar el trato
igualitario de todos los conductores europeos.
En estos últimos meses, CEA
ha detectado que los conductores están recibiendo un gran número de
notificaciones de infracciones cometidas en diferentes países europeos, como
Francia, Portugal, Hungría, Croacia, entre otros. Francia es el país del que
más multas llegan, siendo los excesos de velocidad las infracciones más repetidas,
seguidas de saltarse un stop o no realizar un ceda el paso.
Desde la Asesoría Jurídica
de CEA los conductores pueden ser informados sobre las infracciones cometidas
con un vehículo matriculado en un Estado miembro de la Unión Europea, distinto
de aquel en el que se ha realizado la infracción, a excepción de Reino Unido,
Irlanda y Dinamarca, ya que en estos países no se aplica la nueva directiva.
En las multas que reciben
los conductores españoles, se está aplicando el procedimiento sancionador y las
cuantías previstas para las multas del país donde se haya cometido la
infracción.
Conducir por EuropaEl
intercambio de datos que contempla esta nueva directiva, afecta a ocho
infracciones de tráfico:
Exceso de velocidad.
No utilizar el cinturón.
Falta por no frenar en un
semáforo en rojo.
Conducir bajo los efectos
del alcohol.
Conducir bajo la influencia
de drogas.
No utilizar un casco.
Conducir por un carril
prohibido.
Utilizar ilegalmente un
teléfono móvil o cualquier otro dispositivo de comunicación mientras se
conduce.
¿Qué debe hacer un conductor
que recibe multa fuera de España?
Desde CEA detallamos cuáles
son las diferentes opciones que existen una vez se haya recibido la multa en
España:
Identificar al conductor si
el vehículo pertenece a una persona jurídica.
Pagar la multa: hacer uso de
los medios de pago que prevé el documento con los descuentos previstos en el
mismo.
Presentar recurso: en este
caso los motivos de recursos en muchos casos suelen ser muy reducidos (perdida
de la documentación, robo del vehículo o de sus placas, venta del vehículo,
identificación de otro conductor, etc.) y difieren según cada país.
No pagar.
Consecuencias del no pago o
de la presentación de un recurso
Si el conductor decide
recurrir la Asesoría Jurídica de CEA advierte que la presentación de un recurso
será vista por un órgano judicial del país donde se cometió la infracción que
podrá estimar o desestimar las alegaciones presentadas, por lo que:
Si se estiman las
alegaciones, el procedimiento se sobresee.
Si se desestima el recurso,
el país sancionador podrá solicitar la ejecución de la sanción en España. Se
aplicará para ello la Ley 23/2014 de 20 de noviembre de reconocimiento mutuo de
resoluciones penales en la U.E. En España tramitará y ejecutará el Juzgado de
lo Penal del lugar de residencia del infractor.
El mismo procedimiento se
aplicará para aquellas multas que no se paguen.
No se exigirán multas por
importes inferiores a 70 €.
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