Para resolver esta cuestión y otras dudas frecuentes, la
Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios
(GANVAM)– que representa más de 6.000 empresas dedicadas al mantenimiento y
reparación- da respuesta a través de su libro ‘ Las 200 preguntas fundamentales
del sector de automoción y las soluciones de la Asesoría Jurídica de Ganvam'.
El punto de partida es la póliza de seguro del asegurado
ya que en función de lo que tenga contratado primarán en primer término las
condiciones firmadas. No obstante, lo que el seguro indemniza es el daño al
asegurado que, en este caso, es la pérdida real de la empresa. El IVA no se
considera pérdida porque es deducible para las sociedades y lo recuperan cuando
presentan la declaración tributaria trimestral.
Así es el juego fiscal del IVA, en el que la empresa
tiene derecho a que Hacienda le devuelva el IVA soportado y, a su vez, tiene la
obligación de ingresar el IVA repercutido a sus clientes. En el caso de una
reparación con vehículo de empresa de por medio, es la empresa quien paga este
impuesto indirecto, pues el taller no factura a la aseguradora, sino al
asegurado.
En esta situación, la empresa queda indemne porque
Hacienda ha de devolver el IVA pagado, o bien compensar con el IVA repercutido
a los clientes. La aseguradora, por su parte, no tiene que pagar impuesto de
valor añadido alguno.
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