La sentencia lograda por MultAyuda (Pyramid Consulting)
crea un claro precedente que permitiría recurrir con éxito todas las sanciones
impuestas por los controladores de las zonas S.E.R. (estacionamiento regulado).
La sentencia del Juzgado de los Contencioso-Administrativo
nº 30 de Madrid indica que no es suficiente la mera ratificación estereotipada
del agente controlador para romper la presunción de inocencia de la que gozamos
todos los ciudadanos.
El Juzgado número 30 de lo Contencioso Administrativo de
Madrid ha estimado un recurso presentado por MultAyuda (Pyramid Consulting)
contra un expediente sancionador por aparcamiento en la zona S.E.R. cuya
sentencia crea un claro precedente que permitiría, a partir de ahora, recurrir
la práctica totalidad de dichas sanciones con garantía de éxito en el recurso.
Esto viene dado por la propia operativa de los controladores de la zona S.E.R.
que, sin estar dotados de la condición de agentes de la autoridad y debido a la
simple ratificación genérica que hacen de los expedientes sancionadores, no
rompen, según el criterio del titular de dicho juzgado, la presunción de
inocencia que nos ampara a todos y cada uno de los ciudadanos de nuestro país.
Así pues, y a falta de que esta práctica sancionadora se
acompañe en el expediente sancionador de otros medios de prueba (fotografía del
vehículo estacionado, por ejemplo, como sucede en otras ciudades), cualquier
sanción recibida por estacionamiento ilegal en las zonas S.E.R. podría ser
recurrida con éxito tal y como han conseguido ya los expertos de MultAyuda
(Piramyd Consulting)
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