Durante
los siete días de campaña
Cuatro conductores han sido puestos a disposición
judicial por circular a más de 180 km/h, uno de ellos iba a 252 km/h
Se han controlado casi 1 millón de vehículos, más
de la mitad en carreteras convencionales
El
cumplimiento de los límites de velocidad sigue siendo una de las asignaturas
pendientes de la seguridad vial en nuestro país, tal y como lo demuestran los
más de 35.000 conductores que han sido denunciados en la última campaña especial
de control de velocidad llevada a cabo por la Dirección General de Tráfico
entre el 19 y el 25 del presente mes de agosto.
En los siete días de
campaña, los agentes de la agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han
controlado casi 1 millón de vehículos, concretamente 952.903, de los cuales
35.479 (el 3,72%) han sido denunciados por no cumplir los límites de velocidad
establecidos.
De los controles
realizados, más de la mitad han tenido
lugar en carreteras convencionales (aquellas que disponen de un solo carril en
cada sentido) que es donde se producen el 70% de los accidentes con víctimas.
En concreto, se han controlado en estas vías a 478.142 vehículos,
de los cuales, 18.730 han sido denunciados por circular a una velocidad
superior a la establecida.
En el caso de las autopistas
y autovías, los vehículos controlados han sido 474.761, entre ellos, 16.749
conductores han sido denunciados por superar los límites de velocidad
establecidos.
Además de la vigilancia de
los agentes en carretera, se ha controlado la velocidad de los vehículos desde
el aire con el radar Pegasus que en esta semana ha realizado 18 horas de vuelo,
ha controlado la velocidad de 360 vehículos, todos ellos en vías
convencionales, de los que 64 resultaron infractores.
UNA INFRACCIÓN GRAVE O MUY
GRAVE…
Circular a una velocidad
superior a la permitida supone cometer una infracción grave o muy grave según
estipula el artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial.
En el anexo VI de dicha Ley
se establecen las cuantías y los puntos a detraer por exceso de velocidad.
Además de estar catalogada
como infracción grave o muy grave, los grandes excesos de velocidad son delito,
tal como recoge el artículo 379 del Código Penal.
Durante la campaña, cuatro
conductores han incurrido en un delito contra la seguridad vial al conducir a
una velocidad superior en ochenta kilómetros por hora a la permitida en dicha
carretera.
En Málaga un turismo fue
captado por una radar circulando a 219 km/h en la autovía A-92 cuando el límite
establecido en dicha carretera era de 120 km/h.
En Valencia, otro turismo
fue captado en la AP-7 circulando a 252 km/h cuando el límite de velocidad
establecido era de 120 km/h.
En Córdoba, en la A-45, una
furgoneta que debía circular a 90 km/h
fue captada por el radar cuando lo hacía a 184 km/h.
Y por último, un motorista
en Pontevedra fue captado en la carretera PO-551 por el radar cuando circulaba
a 188 km/h cuando lo debía hacer a 50 km/h.
Por estos delitos, los
conductores puestos a disposición judicial, podrían ser condenados con la pena
de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos
en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier
caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores
por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
MÁXIMA COLABORACIÓN DE
POLICÍAS LOCALES
Como viene siendo habitual
en las campañas que lleva a cabo la DGT, la colaboración de las policías
locales y autonómicas ha sido muy importante, ya que a la vigilancia de la
velocidad en vías interurbanas se ha
sumado la que han realizado las policías locales en las vías urbanas de sus
municipios.
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