sábado, 22 de junio de 2019

LA ROTONDA


NO FUMAR AL COTXE





El gobierno catalán que preside Quim Torra elaborará una nueva Ley de Adicciones, que espera que pueda entrar en vigor dentro de un año, que prohibirá fumar dentro de los vehículos privados, tanto si viajan niños como si no.

El anuncio lo hizo la consejera de Salud de la Generalidad.
La medida de restringir aún más los espacios donde se puede fumar, según ha explicado Vergés, se debe a que en el 2018 se ha roto la tendencia al descenso del número de fumadores en Cataluña que se seguía desde 1990 y, por primera vez, ha aumentado, al pasar del 24% de la población catalana que fumaba en 2017 al 25,6% en 2018, un aumento que se ha experimentado tanto en hombres como en mujeres.



La nueva ley también incorporará consideraciones dedicadas a drogas, alcoholismo y nuevas tecnologías, esta última alzándose como una "preocupación creciente" para el gobierno de la Generalidad.



Aunque el tráfico y circulación de vehículos a motor constituye una materia que la Constitución reserva en exclusiva al Estado, algunas CCAA han asumido determinadas competencias de ejecución de la normativa estatal utilizando para ello distintas vías. Las Comunidades que hoy gozan de competencias ejecutivas en materia de tráfico son tres y coinciden con las que tradicionalmente han ostentado atribuciones en la materia: Navarra, el País Vasco y, más recientemente, Cataluña. El resto de CCAA carece de competencias en materia de tráfico.

Cabe señalar, finalmente, que la Disposición Adicional 5ª de la Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, establece que “las Comunidades Autónomas que tengan transferidas competencias ejecutivas en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor serán las encargadas, en su ámbito territorial, de determinar el modo de impartir los cursos de sensibilización y reeducación vial, de acuerdo con la duración, el contenido y los requisitos de aquellos que se determinen con carácter general.”

CATALUÑA
El artículo 150.2 de la CE habilita al Estado para transferir o delegar en las CCAA, mediante Ley orgánica, facultades correspondientes a materias de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. En uso de dicha previsión constitucional el Estado ha aprobado la Ley orgánica 6/1997, de 15 de diciembre, de Transferencia de Competencias Ejecutivas en Materia de Tráfico y Circulación de Vehículos a Motor a la Comunidad Autónoma de Cataluña.

La Ley orgánica 6/1997 no hace una relación de las competencias ejecutivas que se transfieren a Cataluña en materia de tráfico, sino que establece una cláusula general en virtud de la cual se transfieren todas las competencias ejecutivas en la materia a excepción de las que enumera expresamente, las cuales siguen en manos del Estado. Así, según el artículo 1, se transfieren a la Comunidad Autónoma de Cataluña las facultades de ejecución de la legislación del Estado sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, a excepción de las siguientes:



·    La facultad de expedir, revisar y canjear los permisos y licencias para conducir vehículos a motor y ciclomotores, así como su anulación, intervención, revocación y, en su caso, suspensión, derivada de expedientes de sanción o en vía cautelar.
·       Igualmente se excluye la verificación de las pruebas reglamentarias establecidas para la obtención del permiso de conducción y de las licencias de conducción para ciclomotores.

·       La matriculación y la expedición de los permisos o licencias de circulación, así como la anulación, intervención y revocación de dichos permisos o licencias, y por su consecuencia la autorización de transferencias, duplicados y bajas de vehículos a motor y ciclomotores, así como la expedición de permisos temporales.
Cataluña impulsará una nueva ley de adicciones que prohibirá fumar en los coches privados
Se prevé que la normativa entre en vigor dentro de un año

Hago dos lecturas de todo lo que acabo de contarles:

Creo que ya está bien del cambio de estampitas por unos votos más o menos. Está claro que el gobierno de turno, del color ideológico que sea, ha abierto la mano de las transferencias a unas CCAA más que a otras, y todo, me temo por intereses y apoyos rentistas. En este caso, como en otros, el gobierno catalán hace de su capa un sayo, después que el Gobierno del Estado le transfiriera las competencias necesarias, por lo que está claro que todas las CCAA, no son tratadas de la misma manera. ¡No seré yo quien vaya a descubrir nada nuevo! Pero ya es hora que los españoles, que vivimos bajo el paraguas de la Constitución, seamos todos iguales. Eso sí, por otro lado, no puedo estar más de acuerdo con el Gobierno catalán con respecto a estas normas que quieren poner en marcha.

No fumar en el interior de los vehículos privados, con niños o sin ellos:

Por un lado estaremos acabando con una lacra del siglo XX como es fumar, por lo que el sistema sanitario español lo agradecerá, y por lo que respecta al mundo de la Seguridad Vial , es evidente que, si una gran parte de los accidentes se producen por distracciones, podríamos reducir de forma considerable estas distracciones, si no fumamos en los vehículos, solo con buscar el tabaco, encender el cigarrillo, o tirar las colillas por la ventanilla, creo que sería una buena norma no solo para Cataluña, sino para toda España.

Pero, ¿quién le va a poner el cascabel al gato?, ¿por qué nadie lo ha hecho aún? Ahí lo dejo, siento mucho que sea una medida poco popular, pero de lo que se trata es que se pueda evitar el mayor número de accidentes por encima de los proyectos populistas.

Si uniéramos esfuerzos entre todos, seguro que las cosas nos irían mejor al país, y las buenas ideas se transferirían para todos.

Con afecto y respeto,

Pepe Bejarano
todomotornoticias@gmail.com





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