sábado, 20 de octubre de 2018

LA ROTONDA


 LA HORA DE REPOSTAR


Cuando le tomas el pulso a los carburantes que debemos poner a nuestros coches ¡se enciende una luz!, y de un plumazo todo cambia. Estoy convencido que toda la información que nos faciliten para el buen mantenimiento del motor de nuestro vehículo  y del medio ambiente, siempre será bienvenida.

Este otoño hemos estrenado nuevas pegatinas que nos ─facilitarán─ la información a la hora de repostar en una estación de servicio. Letras, números y figuras geométricas nos harán más fácil conocer el tipo de combustible que tendremos que poner a nuestros vehículos.


Aunque tengo la impresión ─como siempre─ el lío esta servido, por lo menos en las primeras semanas. Infórmense, no dejen de preguntar a los profesionales de las estaciones de servicios que amablemente les pondrán al día de los últimos cambios, pero, no obstante, intentaré ponerles al día de los nuevos cambios:

La directiva 2014/94/UE busca mucho más que poner pegatinas en coches y surtidores. Busca crear un marco de referencia para los nuevos combustibles y los vehículos eléctricos. Reglando desde la información al consumidor hasta las especificaciones técnicas de la infraestructura.

“La presente Directiva establece un marco común de medidas para la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos en la Unión a fin de minimizar la dependencia de los transportes respecto del petróleo y mitigar el impacto medioambiental del transporte”. Así arranca el artículo 1 de la directiva europea.

A lo largo de 12 artículos más, se establecen las pautas para las estaciones de recarga de vehículos eléctricos, cómo han de ser los puntos de repostaje de gas natural o licuado y de hidrógeno y, claro, la información que deben recibir los ciudadanos al respecto. Es aquí donde entran las nuevas etiquetas, obligatorias para nuevos vehículos y para todos los surtidores desde el 12 de octubre.


Las etiquetas deben estar colocadas en los surtidores de gasolina, gasóleo, hidrógeno (H2), gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (GNL) y gas licuado de petróleo (GLP) de las estaciones de servicio de acceso público. La obligatoriedad es para los 28 Estados miembros de la Unión Europea, los países del espacio económico (EEE) Islandia, Liechtenstein y Noruega, y también Macedonia, Serbia, Suiza y Turquía. Queda la incógnita, todavía, de cómo se aplicará en Reino Unido tras el Brexit.

¿Y cómo serán esas etiquetas? Para empezar, se diferenciarán en la forma entre gasolina, diésel y combustibles gaseosos. Las etiquetas de gasolina serán circulares, las de diésel cuadradas y las de los gases licuados tendrán forma de rombo. En la actualidad, se trabaja en el diseño de otro cuarto tipo de etiqueta para los vehículos eléctricos e híbridos.

Después, está la nomenclatura destinada a identificar los componentes de cada combustible. En el caso de la gasolina, la etiqueta contendrá una E y un número (5, 10 u 85) en función del porcentaje de etanol que contenga. El diésel se dividirá en B7, B10, B20, B30 o B100 en función del porcentaje de biodiésel que contenga, o XTL, en referencia al diésel sintético. Los gaseosos estarán identificados como H2 (hidrógeno), CNG (Gas Natural Comprimido), LPG (Gas Licuado de Petróleo) y LNG (Gas Natural Licuado).

Desde la Asociación Española de Vendedores al por menor de Carburantes y Combustibles (AEVECAR) explican que, de momento, la señalización nueva convivirá con la antigua. Es decir, seguiremos viendo gasolina 95 y 98, gasóleo normal o especial. Eso sí, las nuevas etiquetas comunitarias estarán también en los surtidores de forma complementaria para que los consumidores nos vayamos familiarizando.

Todos los ciclomotores, motocicletas, triciclos, cuatriciclos, turismos, vehículos comerciales ligeros, vehículos comerciales pesados, autobuses y autocares de nueva matriculación deberán ir etiquetados. Desde las organizaciones que representan a los fabricantes de vehículos europeos (ACEA, ACEM, Fuels Europe y UPEI) recuerdan que no se deben etiquetar los vehículos antiguos.

Las etiquetas serán exactamente las mismas que se encontrarán en los surtidores. Están destinadas a que los usuarios sepan qué combustibles soporta el motor de su vehículo. Así, se colocarán en la proximidad del tapón de llenado o de la tapa del depósito. También aparecerán en los manuales de usuario de los nuevos vehículos y en los concesionarios, expuestos junto al modelo. En el caso de que el motor tolere varios tipos de combustible (por ejemplo, E5 y E10) se indicará con las respectivas etiquetas.

Los detalles del etiquetado y su colocación han sido especificados en España a través de la Asociación Española de Normalización mediante el estándar UNE-EN 16942.

Los derivados del petróleo mezclados con etanol u otros biocombustibles llevan tiempo entre nosotros. De hecho, hace tiempo que toda la gasolina que se vende en España contiene etanol, sin que fuese obligatorio especificarlo. Es una tendencia común a muchos otros países. En Brasil, por ejemplo, se hacen coches que funcionan solo con etanol.

Así, desde la UE y las diferentes patronales y asociaciones del sector insisten en que no va a cambiar nada. Se trata de unificar la nomenclatura, clarificar la información y reforzar de alguna forma la imagen de los biocarburantes y los combustibles alternativos.
Por lo tanto, el futuro está servido en cuanto a clarificación informativa, aunque algunos piensen que, en un futuro, no muy lejano, el combustible tal como lo conocemos hoy día pasará a la historia y las baterías y los vehículos eléctricos formarán parte del presente de la automoción.

Con todo mi afecto y respeto,

Pepe Bejarano
todomotosevilla@gmail.com

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