viernes, 18 de mayo de 2018

CLAVES DEL IMPUESTO DE CIRCULACIÓN: QUIÉN DEBE PAGARLO Y DÓNDE, QUÉ OCURRE SI NO LO ABONA, EN QUÉ SE BASA...


Numerito, Impuesto de Circulación o Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) son las tres denominaciones con las que se conoce la tasa municipal que debe abonar cada año por su vehículo. Sin embargo, hay quien ignora cuestiones esenciales como quién debe pagarlo, cuánto cuesta o qué sucede si no lo paga, entre otras, por lo que desde la asesoría jurídica Pyramid Consulting han elaborado una guía rápida a fin de disipar las dudas.


¿Quién tiene que pagar el Impuesto de Circulación?

Esta es la primera duda que se plantean muchos conductores. Y es que si el Impuesto de Circulación es a los vehículos de tracción mecánica, ¿tienen que pagar los eléctricos y los híbridos?

Sí. A pesar de no ser exactamente de tracción mecánica, los híbridos, híbridos enchufables y eléctricos también tienen que pagar el impuesto. Sin embargo, en la mayoría de las ciudades les aplican descuentos a estos vehículos, que rondan el 70%.

Lo mismo ocurre con los coches clásicos. Estos pagarán un importe más bajo de Impuesto de Circulación, siempre que estén matriculados como vehículo histórico. De hecho, según el lugar de residencia, puede salir hasta gratuito. Pero debe tener en cuenta que con la entrada de la nueva Inspección Técnica de Vehículos (ITV) ha aumentado en 5 años en la edad mínima de un vehículo para poder optar a la matrícula histórica, pasando de 25 a 30 años.

Tampoco pagarán Impuesto de Circulación los vehículos destinados al transporte público de viajeros, para el uso agrícola, las ambulancias y los vehículos con matrícula diplomáticas y los que están adaptados a personas con movilidad reducida.

Así pues, con estas excepciones, la persona que el 1 de enero del año natural fuese titular de un vehículo deberá pagarlo. Esto es así independientemente de si hablamos de una persona física o jurídica, sino quien figure en el Permiso de Circulación.

¿Dónde se paga el Impuesto de Circulación?

Este impuesto depende directamente de los Ayuntamientos, que son las instituciones que lo regulan (así son los 'paraísos fiscales' para el numérito que desembocan en diferencias de hasta más de 300 euros). Tendrá que dirigirse a su Consistorio para poder pagar, aunque la mayoría avisa a los propietarios en sus domicilios. Así, les envía una carta de pago con la que, dirigiéndose a las entidades bancarias, podrán efectuar el pago. También se puede hacer mediante transferencia o ingreso.

Este se basa en los caballos fiscales (CVF) del vehículo en cuestión, los cuales se calculan a través de la cilindrada del motor y el número de cilindros, de forma que se aplica un mayor gravamen cuanto más altos son estos dos valores.

¿Y qué pasa si no lo pago?

Es raro que la Administración olvide que le debe un pago. Por eso, si bien no es un delito, sí persistirán hasta que lo paguemos. Por eso, primero recibiremos una notificación; luego otra y, quizá, una tercera. Finalmente, es posible que, incluso, nos embarguen las cuentas.

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