El acceso a la información, objetivo prioritario en la política
de transparencia y acercamiento al ciudadano de la DGT.
Los ingresos por sanciones de tráfico provienen de denuncias que
se formulan debido a comportamientos peligrosos cometidos por algunos
conductores
El importe de las sanciones económicas se destina a la
financiación de seguridad vial, prevención de accidentes de tráfico y ayuda a
las víctimas, tal y como se recoge en la Ley de Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial
Dentro de
las acciones de política de transparencia y acercamiento al ciudadano, la Dirección General de Tráfico ha habilitado
un nuevo apartado dentro su página web, denominado Denuncias e Ingresos, con el
objetivo de dar a conocer estadísticas de sanciones y con acceso libre a todos
los ciudadanos.
La citada sección recogerá no
sólo datos relacionados con el número de denuncias y la evolución de las
mismas, sino también estadística sobre
los importes ingresados, excesos de
velocidad, las fases de recurso o datos
sobre denuncias que acaban en la vía contenciosa-administrativa.
Debido a la multitud de
reseñas y tablas a publicar, la información se irá subiendo y actualizando de
forma progresiva en la web. Las tablas
que ya se pueden consultar son:
- Evolución del número de sanciones en el periodo 2012-2017.
- Evolución del número de sanciones impuestas por radares fijos
desde 2012 hasta 2017.
- Importes por sanciones en general desde 2012 hasta 2017.
- Importes ingresados de sanciones por radares fijos en el
periodo 2012-2017.
- Radares fijos que más denuncias generaron en 2017.
Los datos correspondientes a
2017 de todas las tablas mencionadas son
provisionales y comprenden el periodo de enero a octubre. Posteriormente se
ofrecerán los datos cerrados de todo el periodo anual.
El conocimiento de estos y
otros datos por parte de los ciudadanos, pueden servir para concienciar que los
accidentes de tráfico no son sucesos imprevisibles, sino que se pueden evitar
si se cumplen las normas de circulación.
La Ley de Tráfico obliga a destinar el importe
de las sanciones económicas obtenidas en dicha Ley, en el ámbito de la
Administración General de Estado, a la financiación de seguridad vial,
prevención de accidentes de tráfico y ayuda a las víctimas, tal y como se
recoge en la Disposición adicional cuarta del Texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y seguridad vial.
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