La Eurocámara ha respaldado la
propuesta europea que permite a los vehículos diésel sometidos a nuevos test en
carretera doblar el límite de emisiones contaminantes tolerado en las pruebas
de laboratorio hasta finales de 2019.
El pleno del Parlamento Europeo ha rechazado con 323
votos en contra, 317 votos a favor y 61 abstenciones la objeción planteada por
la comisión de Medio Ambiente del Hemiciclo, que defendía el veto al acuerdo
que alcanzaron los Estados miembro a nivel de expertos en octubre.
Los Veintiocho acordaron que los vehículos con motor
diésel sometidos a nuevos test en carretera pudiesen doblar (110%) hasta
finales de 2019, el límite de 80 miligramos de emisiones contaminantes tolerado
en las pruebas de laboratorio. La flexibilidad se limitaría al 50% a partir de
esa fecha.
La norma se aplicaría de forma transitoria a partir de
septiembre de 2017, cuando se permitirá un nivel de emisiones de óxido de
nitrógeno (NOx) de 168 mg por kilómetro en las pruebas en carretera para los
nuevos modelos (a partir de septiembre de 2019 para los nuevos vehículos).
La legislación sería definitiva a partir de enero de
2020, cuando las emisiones podrán alcanzar como máximo los 120 mg/km para los
nuevos modelos, mientras que este tope será el requerido para todos los
vehículos nuevos a partir de enero de 2021.
La Comisión Europea ha dado la bienvenida a esta
votación y ha destacado que al reflejar los niveles reales de emisiones en
condiciones reales de conducción, las pruebas "reducirán la cantidad neta
emitida por los coches diésel".
Además, un portavoz del Ejecutivo comunitario ha
recordado que estos vehículos sólo pasan pruebas de laboratorio, a pesar de que
las emisiones contaminantes son de media cuatro veces mayores si se estudian en
situaciones reales en carretera. "Los fabricantes deberían ya empezar a
diseñar vehículos que cumplan totalmente con el límite legal de emisiones
medidas en situaciones de conducción real", ha añadido.
Esta propuesta fue acordada bajo un procedimiento a
nivel de expertos que, aunque no puede aplicarse a nueva legislación, se
contempla en más de 300 normas vigentes. A través del mismo, el Parlamento
Europeo y el Consejo de la UE pueden rechazar la propuesta. Este rechazo se
traduce en un derecho de veto por ambas instituciones que puede ejercerse en un
plazo de tres meses una vez aprobada la medida propuesta por la Comisión.
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