A punto de que empiece el
nuevo curso, una nueva preocupación asalta a los padres: el transporte escolar.
¿Es segura la forma en la que van los niños al colegio? Desde el Comisariado
Europeo del Automóvil hacemos un especial recordatorio de cómo llevar “al cole”
a los niños de la manera más segura, en la ruta del autobús escolar, en
vehículo propio o a pie, destacando la instrucción del pasado 15 de julio de la
DGT sobre “la guía para la redacción de informes técnicos sobre la idoneidad de
la localización de paradas de transporte escolar”, que tiene como objeto hacer
paradas más seguras y homogeneizar los informes que hagan referencia a estas.
En ruta escolar
La normativa reguladora de
este tipo de transporte está compuesta por el Real Decreto 443/2001 del 27 de
abril y sobre ésta se han hecho posteriores modificaciones.
Según dicta la normativa,
estos transportes deben de llevar una autorización de escolares, no pueden
rebasar la antigüedad de 16 años contados desde la matriculación del inicio del
correspondiente curso escolar y durante la realización del servicio debe ir
señalizado en la parte anterior y posterior con el indicativo de transporte
escolar.
Los conductores
profesionales deben disponer del carné de conducir correspondiente al vehículo
que lleven y la presencia del acompañante es obligatoria cuando lo establezca
la autorización específica, el 50% de los alumnos transportados tengan menos de
12 años o se trate de centro de educación especial. Además, el acompañante
deberá ocupar la plaza más inmediata a la puerta de servicio central o trasera.
Los vehículos que realicen
el transporte escolar deberán superar una inspección técnica anual, si tienen
menos de cinco años, y semestral en caso de que superen esta antigüedad. Además
de contar con el seguro obligatorio deben de tener un seguro complementario que
cubra sin limitación alguna de cuantía la responsabilidad civil por daños y
perjuicios sufridos por los ocupantes.
Respecto a la duración
máxima del tiempo de viaje en cada sentido no debe exceder de una hora.
¿Cuáles son las condiciones
técnicas imprescindibles en estos vehículos?
Los vehículos destinados al
transporte escolar deben cumplir los siguientes requisitos:
- Pantalla de protección: El
asiento del conductor deberá estar provisto de una pantalla transparente.
- Las puertas serán operadas
por el conductor. La abertura de las mismas se señalizará con las luces de
emergencia (puesta en funcionamiento de todos los intermitentes). Las puertas
de servicio disponen de barras o asideros para facilitar las operaciones de
subida y bajada. Las puertas de emergencia se abrirán fácilmente desde el
interior y desde el exterior y dispondrán de un dispositivo que avise al
conductor cuando no estén completamente cerradas.
- Ventanas: La abertura
practicable de las ventanas no podrá exceder de 1/3 superior de las mismas.
- Asientos: Los asientos
ubicados frente a huecos de escalera o los que no estén protegidos por el
respaldo de otro deben contar con un elemento fijo de protección. Los asientos
enfrentados a pasillos cuando vayan a ser ocupados por menores de 16 años,
dispondrán de cinturones de seguridad. Si estos asientos van ocupados por niños
y niñas de cinco a once años, los cinturones tendrán tres puntos de anclaje y
dispondrán, además, de cojines elevadores.
- Dispondrán de un
dispositivo de emergencia que se activarán en las paradas tanto para coger como
para dejar alumnos.
- Estarán dotados de
martillos rompe cristales (protegidos para su utilización, sólo en caso de
emergencia), botiquín de primeros auxilios y extintores.
- Deberán llevar instalado
un tacógrafo y un limitador de velocidad.
- El piso del vehículo no
podrá ser deslizante.
- Los bordes de los
escalones deberán ser de colores vivos.
- En las salidas de
emergencia se tiene que poder leer de manera clara y ser visible desde el interior
y exterior la expresión: “Salida de Emergencia” o “Salida de Socorro”.
Paradas más seguras por
Instrucción de la DGT
El Real Decreto 443/2001 del
27 de abril, sobre las condiciones de seguridad en el transporte escolar y de
menores, también establece como requisito para la autorización de las distintas
rutas de transporte escolar y de menores, un informe vinculante emitido por las
Jefaturas Provinciales de Tráfico correspondientes.
Con fecha 15 de julio de
2013, la DGT ha emitido una instrucción con indicaciones básicas para que se
elaboren estos informes, a fin de que se consiga una homogeneización de los
mismos.
El objetivo, previo estudio
y análisis de la localización de la parada escolar, será la redacción del
informe técnico que permita y asegure una realización del transporte escolar en
adecuadas condiciones de seguridad vial para los dos colectivos implicados vehículo-autocar
y peatones-escolares bajo las directrices marcadas por la normativa vigente.
La información básica a
recopilar y organizar en el informe técnico deberá constar de los siguientes
puntos: localización de la parada de transporte escolar y características de la
sección y accesos donde se localiza la parada.
Para la elaboración del
estudio, la DGT considera imprescindible la visita previa a la parada y
realización de reportaje fotográfico a incluir en el mismo.
En el vehículo particular
Si el traslado de casa al
colegio se hace en vehículo particular es imprescindible que el niño vaya
correctamente sentado y siempre bien sujeto con el cinturón de seguridad y los
sistemas adecuados, si mide menos de 1,50 metros deberá ir con elevador o en la
silla de retención infantil acorde a su peso y talla. Según técnicos de la DGT,
estos sistemas de retención evitan un 70% de las muertes o lesiones graves en
los más pequeños, por lo que su importancia es vital.
Desde CEA queremos recordar
que por muy corto que sea el trayecto del recorrido al colegio es vital que
todos los ocupantes del vehículo utilicen los sistemas de seguridad adecuados
porque salvan vidas, ya que en caso de colisión, a una velocidad de 50 km/h, un
niño de 20 kilos de peso que viaje sin ningún tipo de sujeción, se golpearía
contra el parabrisas con una fuerza equivalente a 500 kilos.
Andando al colegio
Si los niños van al colegio
caminando, siempre se debe cruzar por los pasos de peatones, sin dejar de mirar
a ambos lados de la calzada. Asegurarse de que no crucen corriendo, saltando o
jugando porque corren el riesgo de caerse en medio de la carretera y eso
entrañaría un gran peligro. Si todavía son muy pequeños, se les debe llevar
siempre cogidos de la mano, especialmente para cruzar. Hay que recordar que
nunca se deben atravesar los cruces de varias calles, ya que aunque se tarde
unos minutos más, es conveniente cruzar las calles de una en una.
Nunca se debe pasar entre
los vehículos estacionados en la vía, la visibilidad es reducida tanto para los
peatones como para los conductores, especialmente si se trata de los más
pequeños, debido a que su campo de visión abarca sólo 120º y no los 180º que
tienen los adultos.
Cuando se camine por la
acera siempre es mejor realizarlo por el lado interno, lo más alejado posible
de los bordillos, y prestar, además, especial atención ante las entradas y
salidas de garajes que atraviesan la acera.
En caso de ir por los
arcenes de la carretera hay que hacerlo siempre por el lado izquierdo, para que
los conductores puedan verles venir de frente.
CEA
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