Alquilar un vehículo cuando se
está de vacaciones para desplazarte es una práctica por la que optan muchas
personas en verano. Para evitar problemas y abusos, la Confederación de
Consumidores y Usuarios (CECU) ha presentado una guía básica con diez consejos
fundamentales.
Alquilar un vehículo cuando se
está de vacaciones para desplazarte es una práctica por la que optan muchas
personas en verano. Para evitar problemas y abusos, la Confederación de
Consumidores y Usuarios (CECU) ha presentado una guía básica con diez consejos
fundamentales.
El primero es conocer las
garantías mínimas para el alquiler y las modalidades de pago, siendo habitual
dar una fianza que será devuelta una vez entregado el vehículo. Asimismo, CECU
recomienda comprobar el estado del vehículo antes de cogerlo por si existe
algún desperfecto que deberá constar en el contrato de alquiler, ya que es muy
frecuente que las compañías establezcan penalizaciones por determinados
desperfectos, averías o pérdidas de equipamiento.
La misma prudencia que es
recomendable a la hora de seguir las normas de circulación. Es importante ser
prudente, ya que, por ejemplo, el importe de las multas se imputa
automáticamente al conductor.
También es aconsejable realizar
la devolución del coche en el plazo indicado por la empresa evitar recargos y
cuando las oficinas estén abiertas. La razón de esto es verificar el estado del
coche antes de la entrega y evitar que la compañía considere de forma
unilateral que se han producido desperfectos.
Respecto al seguro,
generalmente se incluye el coste del seguro obligatorio del vehículo y el
complementario de responsabilidad civil, aunque pueden contratarse, con un
recargo, coberturas extra de daños para el propio vehículo y sus ocupantes o
una franquicia por un determinado importe.
También pueden existir gastos
de cancelación, pudiendo pagar un recargo que permita esta opción. En el caso
de la contratación por Internet, hay que señalar que en el alquiler de
vehículos no existe la posibilidad de desistimiento a menos que se den
circunstancias imprevisibles (enfermedad del conductor, catástrofes naturales).
Si se viaja con niños, la CECU
señala que es importante recordar que en función de su edad y estatura deberán
contar con determinados dispositivos de seguridad homologados. No es
obligatorio que los vehículos de alquiler dispongan de sillitas, pero se pueden
contratar por un precio adicional.
En cuanto al precio, hay que
comprobar si la compañía da el precio total en base al tiempo que hayamos
contratado (por días, por semanas), según el kilometraje previsto (si es
limitado o ilimitado en el día, por ejemplo 100 kilómetros diarios), con el
importe del seguro incluido y con todos los demás impuestos también incluidos.
En caso de avería es necesario
conocer los términos del contrato para seguir el procedimiento establecido por
cada compañía, que prohíbe cualquier reparación salvo expresa autorización. Lo
mejor es comparar los servicios ofertados y los precios de distintas compañías,
así como analizar aquellos aspectos del servicio que puedan ser de utilidad
como, por ejemplo, contar con cobertura de asistencia en carretera; comprobar
la existencia de una prohibición en el contrato de viajar con el vehículo fuera
del país; la opción de devolver el vehículo, previo recargo adicional, fuera de
los horarios de las oficinas o en estaciones de tren, puertos y aeropuertos.
En cuanto a la edad, la mínima
exigida oscila entre los 21 y los 23 años, mientras que es necesario cumplir
los 25 para determinados vehículos, siempre que se disponga de un mínimo de
antigüedad de carnet de conducir, normalmente un año.
Para la CECU, determinadas
prácticas de algunas compañías pueden considerarse "irregulares o
abusivas", como el cobro de un nuevo periodo de 24 horas por un mínimo
retraso en la entrega, limitaciones desproporcionadas a la hora de contratar,
la exigencia de tarjeta de crédito como único medio de pago o cargos realizados
al cliente de forma unilateral por daños en el coche no acreditados en el
momento de la entrega.
Si ocurre alguno de estos casos
o se tiene algún problema, la CECU recomienda dejar constancia por escrito de
su desacuerdo en la propia empresa y solicitar la hoja de reclamaciones, así
como acudir a su asociación de consumidores más cercana para reclamar.
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