Se han realizado más de 241.000 pruebas combinadas
de alcoholemia y drogas
La
Dirección General de Tráfico ha llevado a cabo una campaña de seguridad vial,
entre el 9 y 15 de julio pasados, con intensificación de controles combinados para detección de
conductores que hubieran consumido alcohol o drogas.
En total en este periodo,
los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han realizado
241.505 controles. De ellos se ha denunciado a 2.730 conductores por exceder
las tasas máximas de alcohol permitidas para conducir y 91 por conducir
habiendo consumido drogas.
En 201 de estos casos de
positivos, se han abierto diligencias y se han remitido a la autoridad judicial
al tratarse de tasas que excedían de 0.60 mlgr/l en aire espirado, tasa a
partir de la cual se considera delito.
Otros 11 casos también
fueron remitidos a los juzgados al negarse a la realización de las pruebas
legalmente establecidas.
El porcentaje de conductores
denunciados ha sido de un 1,16%, similar al registrado en la campaña realizada
en diciembre del año pasado.
LOS CONTROLES
Los Agentes de la Agrupación
de Tráfico de la Guardia Civil cuando paran a un vehículo para que su conductor se preste a
realizar la prueba de control alcohol y
drogas, le informan de la obligatoriedad de someterse a la misma, ya que
en caso de negarse incurriría en delito.
La elección de los
conductores para que se sometan a las pruebas se realiza de manera aleatoria.
Este control es combinado ya que primero se realiza la prueba de alcoholemia y
posteriormente, si el agente lo considera necesario, la de detección de drogas.
Así en este sistema
combinado, tras realizar la prueba de alcoholemia. Si el resultado es positivo,
con la denuncia se inicia el expediente por exceder la tasa permitida de
alcohol para conducir.
En el caso de que el resultado
sea negativo, pero el agente pueda observar indicios o síntomas de que el
conductor pueda estar bajo la influencia de drogas, se realiza una prueba para
la detección de la misma.
Mediante el mecanismo
adecuado, se toma una muestra de saliva del conductor que se introduce en un
dispositivo en el que se analiza la muestra en pocos minutos. Si el resultado
es positivo, se obtiene una segunda muestra de confirmación, que se
enviará directamente al laboratorio de
referencia para su posterior análisis, sin perjuicio de que el conductor pueda
solicitar una prueba de contraste en sangre.
En caso de que la prueba de
detección de drogas resulte positiva, el conductor será sancionado
administrativamente con una multa de 500 euros y la retirada de 6 puntos del
carné de conducir. Si además de dar positivo, el conductor presenta una
sintomatología evidente de conducir bajo la influencia de sustancias
psicoactivas el conductor será puesto a disposición judicial imputado por un
delito contra la seguridad vial.
El cannabis y la cocaína son
los dos tipos de drogas más comúnmente
detectadas entre los conductores, seguidas de los opioides,
metanfetaminas y anfetaminas.
ESTUDIO SOBRE DROGAS
La conducción bajo los
efectos de las drogas es un factor de riesgo muy importante en la producción de
accidentes que preocupa especialmente en la DGT. Por ello, el pasado mes de
mayo, Tráfico en colaboración con 16 municipios, realizó una intensificación de
controles de drogas, en que de forma aleatoria
se seleccionó a conductores que circulaban en vías urbanas e
interurbanas y a cualquier hora del día. A lo largo de dos semanas se
realizaron 1.475 pruebas de drogas, resultando positivas 152, lo que representa
el 10,3 %.
LO QUE DICE LA LEY
• Ley de Seguridad Vial
En el artículo 65 de la Ley
se tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo
ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las permitidas y, en todo
caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier
otra sustancia de efectos análogos.
También se tipifica como
infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los conductores tienen,
de someterse a las pruebas de detección alcohólica y de drogas.
Para estas infracciones muy
graves, la Ley prevé la sanción de multa
de 500 €.
CONDUCTORES
|
LÍMITE EN SANGRE
|
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO
|
(1) GENERAL
|
0'5 gr./l
|
0'25 mg/l
|
(2) PROFESIONALES
|
0'3 gr./l
|
0'15 mg/l
|
(3) NOVELES
|
0'3 gr./l
|
0'15 mg/l
|
• En el Permiso por Puntos
El sistema de Permiso por
Puntos fija la pérdida de puntos en función de:
La tasa de alcohol:
-Para tasas de más de 0,50
mg/l de aire espirado para conductores en general o más de 0,30 mg/l para
conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de
dos años de antigüedad, se restarán 6 puntos.
-Para tasas superiores a
0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos
de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l). Se restarán 4 puntos.
Drogas: Los conductores que dan positivo al test de
drogas pierden de su permiso de conducción 6 puntos.
• En el Código Penal:
El capítulo IV tipifica los
delitos contra la seguridad del tráfico, y establece las siguientes penas para
conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas
DELITO
|
PENAS
|
|
ALCOHOL
|
Tasas superiores a:
- 0.60 mlgr/l en aire.
- 1,2 gr/l en sangre.
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
Negativa a someterse a
las pruebas.
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
DELITO
|
PENAS
|
|
DROGAS
|
Conducir bajo la
influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
Negativa a someterse a
las pruebas
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
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