sábado, 6 de julio de 2013

DUPLICAR EL IMPORTE DE LA SANCIÓN POR EL CONSUMO DE ALCOHOL ES DESPROPORCIONADO

El Comisariado Europeo del Automóvil hace balance de las principales modificaciones que el Gobierno de España pretende introducir en la Ley de Seguridad Vial.


Los cambios del Reglamento General de Circulación (RGC) están supeditados a una reforma en la Ley de Seguridad Vial.

El Anteproyecto de Ley, se ha tratado en el Consejo de Ministros pero no se iniciarán los trámites parlamentarios hasta después del verano; sin poder determinar fecha, pues dependerá de las prioridades del Congreso para tramitar las leyes que tengan pendientes.




 Aunque es probable que el Reglamento nuevo, una vez modificada la Ley, entre en vigor para Semana Santa del próximo año.

Las modificaciones más significativas  han sido presentadas en el Consejo de Ministros, pretenden introducir en la nueva Ley de Seguridad Vial: los límites de velocidad, la prohibición del uso de dispositivos detectores de radares, el uso del casco para ciclistas y las sanciones por el consumo de alcohol y drogas durante la conducción.

Se duplica la sanción por consumo de alcohol y drogas

CEA considera un aumento excesivo que se duplique el importe de las multas por el consumo de alcohol y drogas. Hasta ahora estaban estipuladas en quinientos euros y si se aprueba este Anteproyecto de Ley, el importe de este tipo de multas pasará a ser el doble.

La conducción bajo los efectos del alcohol y drogas será penalizado con mil euros y conllevará pérdida de puntos en función del grado de impregnación alcohólica.

La prueba de consumo de drogas durante la conducción se hará con un test de saliva analizado en laboratorio, y en caso de ser positivo conllevará una multa de mil euros.

Para CEA estas sanciones son desproporcionadas cuando actualmente y en ocasiones los jueces imponen por la vía penal multas por importes inferiores por asuntos más graves de alcohol y drogas durante la conducción.

Incongruente prohibir el uso de detectores de radares

La prohibición de los dispositivos de detectores de radar que llevará aparejada una multa de 200 euros y pérdida de 3 puntos al ser considerada una infracción grave, se suma a la ya prohibición de los inhibidores de radares, estando sólo permitido el uso de avisadores de radares.

Desde CEA consideramos incongruente el que se prohíba y sancione el uso de detectores de radares puesto que en la propia página de la DGT aparece la ubicación de los mismos y existe también una aplicación oficial de la Dirección General de Tráfico que se puede descargar para el mismo fin.

También CEA considera que es positivo que el conductor conozca la ubicación real de los radares, puesto que se supone que el objetivo de éstos es que se reduzca la velocidad en puntos peligrosos y el hecho de informar la ubicación de los radares tiene una función de prevención de accidentes de tráfico, por lo que no debería ser sancionado.

CEA a favor de las nuevas velocidades

La posible modificación de los límites de velocidad: aumentar a 130 km/h la velocidad en autopistas y autovías y la reducción a 20 km/h en ciertas calles del núcleo urbano se tendrán que hacer primero desde el Reglamento de Circulación. El Anteproyecto de la Ley de Seguridad Vial sólo contempla una nueva tabla de sanciones, en el sentido de introducir dos nuevas columnas: límite de 20 km/h y límite de 130 km/h, por si se diera la circunstancia de que el RGC incluya estos nuevos límites.

El Comisariado Europeo del Automóvil apoya ambas medidas. CEA está a favor, tanto de aumentar el límite de velocidad a 130 km/h en autopistas y autovías (que realmente reúnan las condiciones de seguridad y además se pueda regular la velocidad en algunos tramos mediante señalización variable, según las condiciones climatológicas) como en la reducción de la velocidad en zonas urbanas en las calles de un carril con un único sentido o en las zonas residenciales.

Obligatoriedad del uso del casco en ciclistas

La Fundación Comisariado Europeo del Automóvil ha solicitado recientemente que se regulara la normativa del uso urbano de la bicicleta. Finalmente este Anteproyecto de Ley de Seguridad Vial recoge que el uso del casco será obligatorio para los ciclistas, en vías interurbanas y en vías urbanas para menores de 18 años, el resto de supuestos quedarán detallados en el Reglamento de Circulación. Según el estudio realizado por la Fundación CEA, ocho de cada diez encuestados reclaman la obligatoriedad del casco en vías urbanas. Y un 82,03% creen que debería ser obligatorio el uso de prendas reflectantes.

En 2011, perdieron la vida 49 ciclistas y resultaron heridos otros 4.301 en los 4.526 accidentes en los que había ciclistas implicados, de los cuales hubo 589 heridos graves. Dentro de esos siniestros, hubo 1.400 en zona urbana y se registraron 285 heridos graves. El casco es un elemento de protección no sólo en accidentes con otros vehículos, sino en caídas y posibles golpes en la cabeza, ya que el 69% de los accidentes de ciclistas ocurren en zona urbana y en un 19% no hay más vehículos involucrados que la propia bicicleta.


Por todo ello, desde la Fundación CEA se ha hecho un llamamiento a los ciclistas para concienciarles sobre el uso del casco, pues está demostrado que reduce el riesgo de lesiones en caso de accidente. CEA también pide a los usuarios de bicicleta que utilicen todos los recursos que hay a su disposición para ser vistos, respeten las normas de tráfico, como el resto de conductores, así como a los peatones. Y, por último, que revisen el estado mecánico de sus bicicletas y todos los soportes que se añadan como sillas infantiles, cestas, iluminación, etc.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Solo comentarios relacionados con la información de la página.