En 2011, 475
personas fallecieron en accidentes de tráfico en los que la velocidad fue uno
de los factores causantes
La vigilancia
en carretera se complementa por aire con el radar Pegasus que la DGT ha
instalado en uno de sus helicópteros
La OMS y la UE
abogan por realizar controles de velocidad para reducir los accidentes de
tráfico
“Las prisas te
hacen cometer errores pero conduciendo no hay segundas oportunidades” es el
eslogan elegido para esta campaña
Los datos de siniestralidad anuales de nuestro país, nos dicen que en
2011(último año del que se dispone de datos cerrados) 475 personas fallecieron
en accidentes de tráfico en los que la velocidad fue uno de los factores
concurrentes, por ello la Dirección General de Tráfico comienza desde hoy lunes
y hasta el domingo 14 una nueva campaña
de vigilancia y control de la velocidad.
Durante una semana se incrementarán la vigilancia, sobre
todo en las carreteras convencionales, que es donde tienen lugar el 70% de los
accidentes con víctimas.
En esta ocasión a la vigilancia que realizan en carretera
los agentes de la Guardia Civil de Tráfico se suma la vigilancia y control
desde el aire con el nuevo radar de la DGT Pegasus instalado en uno de los
helicópteros. Como ya se anunció en su presentación, el radar permite controlar
la velocidad a la que circulan los vehículos y se utilizará principalmente en
las carreteras convencionales.
A la vigilancia en carretera se sumará la emisión de
cuatro cuñas radiofónicas sobre la necesidad de cumplir los límites de
velocidad.
La distancia de detención, la reducción del campo de
visión y los límites en las carreteras secundarias y principales son algunos de
los mensajes que se quieren transmitir.
“Las prisas te hacen cometer errores pero conduciendo no
hay segundas oportunidades” es el eslogan elegido para esta campaña.
“El control de la
velocidad es un instrumento importante para reducir la siniestralidad y los
traumatismos por accidentes de tránsito, sobre todo entre los peatones,
ciclistas y motociclistas. Esta es una de las conclusiones que obtiene la
Organización Mundial de la Salud en su
Informe sobre la situación mundial de la seguridad vial .
Asimismo, la Unión Europea, en su Vademecum de Seguridad
Vial 2011-2012 estima que el exceso de velocidad es un factor clave en la
producción de los accidentes de tráfico, llegando al 30% en el caso de los
accidentes mortales. Además, el estudio SARTRE 3 financiado por la UE sobre
comportamientos y actitudes sociales,
estima que el 25% de todos ciudadanos de la UE admiten superar los límites de
velocidad en las autopistas y autovías y el 13%
en las carreteras convencionales.
¿QUÉ SABEMOS DE LA VELOCIDAD?
Pese a que la percepción entre los ciudadanos de que la
velocidad es un factor importante en la producción de accidentes y en la
lesividad de los mismos, muchos conductores siguen conduciendo a velocidades
superiores a las permitidas.
A continuación se enumeran varias razones para cumplir
los límites de velocidad:
• Un aumento
del 5% en la velocidad provoca aproximadamente un incremento del 10% en los
accidentes que causan traumatismos y del 20% en los accidentes con víctimas
mortales.
• A partir de
80 Km/h es prácticamente imposible que un peatón salve la vida en un atropello.
A una velocidad de 30km/h, el riesgo de muerte del peatón se reduce a 10%.
• Llevar una
velocidad adecuada podría evitar una cuarta parte de los muertos en accidente
de tráfico.
• A 120 km/h
se necesita una distancia superior a un campo de futbol para detener el
vehículo que conducimos. Esta distancia no solo depende del vehículo, si no de
las condiciones psicofísicas del conductor.
• El exceso de
velocidad no solo incide en la seguridad vial, también tiene una influencia
negativa sobre el medio ambiente, la calidad de vida y el consumo de
combustible.
NORMATIVA
La ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de
Circulación fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos
de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancia entre vehículos.
El incumplimiento de estas normas está tipificado como
infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros.
En lo que al Permiso por Puntos se refiere, la Ley
contempla la pérdida de entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción
dependiendo del exceso de velocidad.
Además, el artículo 379 del Código Penal, tipifica como
delito “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad
superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros
por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado
con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce
meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días,
y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a
motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.
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