Es importante que dentro del
coche viajen los documentos actualizados necesarios a la hora de conducir. De
lo contrario, podemos enfrentarnos a multas de hasta 500 euros. La Ley exige
que conductor y vehículo obtengan autorizaciones administrativas para poder
conducir y circular, que se lleven si se circula y que se muestren a los
agentes de la autoridad que lo soliciten.
Son tres los documentos que
todo conductor debe llevar en su vehículo:
El permiso de conducir: es uno
de los documentos que siempre has de llevar contigo. Debe estar siempre en
vigor y con al menos un punto en nuestro saldo. Garantiza que el titular está
capacitado para conducir un tipo de vehículo.
El permiso de circulación:
siempre ha de viajar en el coche ya que garantiza que cumple las
características y homologaciones legales. Incluye la información técnica, el
modelo, número de bastidor, cilindrada y potencia, etc. En su defecto has de
contar con una autorización provisional de la Jefatura de Tráfico.
Tarjeta de ITV: si tu coche ya
ha cumplido cuatro años debe viajar en su interior. La Tarjeta de Inspección
Técnica de Vehículos indica el consumo, emisiones, si se ha pasado la revisión
obligatoria y si presentar defectos mecánicos peligrosos.
¿Pero qué ocurre si no llevas
estos papeles en el coche? La infracciones relativas a la documentación del
vehículo suponen una sanción administrativa. Para las infracciones menores, las
multas estipuladas parten de los 10 euros. Otras más graves están penadas con
multas mayores y pueden ser motivo de inmovilización del vehículo. A
continuación, reproducimos una lista con las infracciones más frecuentes y sus
correspondientes sanciones. En algunos casos pueden incrementarse en función de
la gravedad del hecho, los antecedentes o la condición de reincidente del
infractor:
Permiso de conducir
No llevarlo: 10 euros.
Datos no actualizados (cambio
de residencia por ejemplo): 80 euros.
Permiso caducado: 200 euros.
Conducir con una autorización
que no habilita: 500 euros + 4 puntos.
Permiso que no está en vigor:
la multa llega a los 500 euros y además se trata de una infracción tipificada
como muy grave.
Permiso de circulación
No llevarlo: 10 euros.
Vehículo sin autorización
administrativa para circular: 500 euros.
Tarjeta ITV y certificado de
la última inspección
No llevarla: 10 euros.
ITV caducada: 200 euros.
Seguro obligatorio
Circular con un vehículo sin
asegurar: de 601 a 3.005 euros, según el criterio del agente.
Aunque no sea obligatorio, es
aconsejable llevar el recibo de pago del IVTM, el famoso numerito o Impuesto
Municipal de Circulación.
La tarjeta de ITV ha cambiado
de apariencia y contenido, para que sea más difícil de falsificar. Desde julio
de 2012, el nuevo modelo –de color azul– convive con la tradicional cartulina
verde. Este nuevo formato incluye más
datos técnicos del vehículo, desde emisiones de CO2 hasta la categoría de la
carrocería, los tipos de neumáticos que puede montar o el valor de ruidos.
¿Vale una fotocopia?
En España y solo para
acreditar su existencia ante los agentes, tienen validez las fotocopias de los
documentos del coche y el conductor, siempre que estén identificados el
organismo y la persona que haga la compulsa del permiso de conducción y de
circulación, la tarjeta de Inspección Técnica y las autorizaciones especiales
de conducción.
Pueden hacer la compulsa, (de
hecho están obligados a ello tras pagar la tasa correspondiente) los fedatarios
públicos (notarios, etc.) y unidades dependientes de la Jefatura Central de
Tráfico. También pueden hacerla (aunque no están obligados), los ayuntamientos,
fuerzas de vigilancia, administración autonómica y resto de órganos de la
Administración Pública.
¿Y si viajo fuera de España?
Si piensa conducir dentro de
la Unión Europea, el permiso de conducir junto con su DNI -ambos en vigor-
serán suficientes. Pero si va a ponerse al volante más allá de las fronteras de
la Unión, deberá solicitar un Permiso de Conducir Internacional en la jefatura
de tráfico de su provincia. Es válido para conducir durante un año por todo el
mundo, excepto en el país que lo expide. Ya explicamos los pasos a seguir para
obtenerlo.
El vehículo también debe ir
documentado y debe llevar los originales (no valen fotocopias) del permiso de
circulación y la ficha con las características técnicas (e ITV actualizada si
fuera necesario). Fuera de la UE es necesaria la Carta Verde.
Además, para circular por el
extranjero, el vehículo debe llevar un adhesivo con el país de origen en la
parte posterior (una pegatina en forma de óvalo, de color blanco, en una E de
color negro). Si viaja por la UE, puede utilizarse como equivalente las
matrículas que incorporan la banda azul, con estrellas, y la letra E, pero
fuera de la Unión, independientemente de la matrícula, es obligatoria la
pegatina tipo óvalo.
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