sábado, 16 de abril de 2016

CONEPA URGE AL MINISTERIO DE INDUSTRIA A REGULAR LOS TALLERES MÓVILES TRAS SEIS MESES SIN NOTICIAS




En una nueva carta a la Administración, la federación de asociaciones de empresarios de reparación y mantenimiento de vehículos  insiste en la necesidad de que se aclare el marco de actuación para la oferta de servicios fuera de las instalaciones de un taller


 La Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción (CONEPA) se ha vuelto a dirigir a la Secretaria de Estado de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Begoña Cristeto, para recordarle la necesidad de regulación de los servicios de reparación y mantenimiento de vehículos realizados fuera de los talleres que, hasta ahora y con la excepción del auxilio en carretera, se encuentran en un limbo jurídico que, a juicio de CONEPA, da lugar a situaciones de competencia desleal en el mercado.

La nueva llamada a la puerta de Industria de CONEPA se produce seis meses después de que Vicepresidencia de Gobierno remitiese el estudio del asunto al Ministerio de Industria y la federación de asociaciones de talleres hiciera llegar a la misma institución un informe con sus puntos de vista y copia de los documentos intercambiados durante 2015 con el departamento de la Sra. Sáenz de Santamaría, así como su disposición a colaborar. En este lapso, CONEPA no ha recibido respuesta de Industria y sí frecuentes llamadas de otras instituciones públicas y privadas preocupadas por la situación e interesadas en la regulación de la actividad.

“A todas ellas les hemos pedido que se dirijan de manera directa a la Administración competente, la encargada de estudiar un marco jurídico adecuado”, señala Víctor Rivera, secretario general de CONEPA, quien recuerda el posicionamiento de la entidad al respecto: “bajo nuestro punto de vista, la situación de los talleres móviles debería ser afrontada en el marco legal general de los talleres de reparación ((Reales Decretos 1457/86 y 455/2010)”.

Alertada por el crecimiento de oferta de servicios de taller a domicilio con el apoyo de vehículos (para el traslado de herramientas y piezas), CONEPA manifestó su inquietud en su día ante el Ministerio de Industria. En base a un informe específico de la Abogacía General del Estado, el Ministerio  concluyó que los conocidos popularmente como “talleres móviles” no están afectados por el marco normativo del sector reparador español. Ante la supuesta y peligrosa “alegalidad”, CONEPA urgió a que se diera respuesta a, a su juicio, una clara manifestación de competencia desleal para las empresas del sector.

Valorando también las repercusiones de la actividad en el medio ambiente, en las relaciones con el consumidor, e incluso en el encuadre de su actividad económica, CONEPA recurrió en enero de 2015 a la vicepresidenta del Gobierno para solicitar la coordinación de todas las administraciones implicadas en la regulación de la actividad. Tras varios intercambios de información, Sáenz de Santamaría consideró que  Industria debía liderar el estudio de la regulación.


EL PUNTO DE VISTA DE CONEPA

Hay que dejar claro que las actividades de los talleres móviles para las que CONEPA pide regulación  son, a juicio de la Administración,  diferentes a las recogidas por los RD 1457/1986 y 455/2010, que regulan la actividad de los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos y que sí contemplan la asistencia en carretera como actividad dependiente de un taller con establecimiento físico, aunque realizada fuera de él.

En la situación actual,  además de urgir a la clarificación de todos los conceptos expuestos, CONEPA  considera que:

1)    “Alegal” o “ilegal”, la actividad de los “talleres móviles” hoy supone una clarísima competencia desleal  para los más de 45 mil talleres de reparación y mantenimiento de vehículos existentes en España, que no sólo cumplen los requisitos del RD 1457/86 y RD455/2010, así como las regulaciones autonómicas (en su caso), sino el resto de la abundante normativa que les afecta tanto como empresarios en general , como de talleres de automóviles en materia de medio ambiente, consumo, seguridad industrial, prevención de riesgos laborales, etc.




2)    Por otra parte, que, a efectos de Industria,  no se   considere las actividades de los “talleres móviles” como ilegales, no quiere decir que no lo sean en función de las normativas vigentes derivadas de otras administraciones, especialmente las competentes en materia de Medio Ambiente, pero también las  ordenanzas municipales (que normalmente no permiten que se hagan reparaciones en la calle), la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales en los talleres o las obligaciones en materia de protección de los derechos de los consumidores.

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