La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
(CNMC) ha elaborado un informe sobre la actuación del grupo técnico del Código
de Buenas Prácticas comerciales para el sector de la automoción, en el que
"valora de forma negativa" propuestas de las asociaciones de
concesionarios (Faconauto), de vendedores (Ganvam) y de importadores (Aniacam).
Este documento, al que tuvo acceso Europa Press, ha
sido elaborado a petición de la Secretaría de Estado de Comercio y apunta que
Faconauto y Ganvam consideran "una asimetría contractual" la relación
que existe entre los fabricantes e importadores y los distribuidores de los
vehículos.
Asimismo, asegura que dichas organizaciones creen que
existen prácticas comerciales y cláusulas contractuales que propiciarían una
dependencia económica y empresarial de los distribuidores "que debe ser
reequilibrada".
Según la CNMC, especialmente Faconauto solicita que
dentro del grupo técnico de Buenas Prácticas se determinen "de forma
minuciosa" diferentes aspectos relevantes de las relaciones entre los
fabricantes e importadores de vehículos y los distribuidores de los mismos al
por menor.
Por su parte, recuerda que la asociación de
fabricantes (Anfac) defiende que la finalidad de este comité se debe centrar de
forma exclusiva en analizar los elementos a mejorar para hacer más efectivo el
sistema de mediación y para acordar puntos que hagan más atractivo el recurso
de la mediación frente a la resolución judicial.
RIESGO DE PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS.
Sin embargo, el organismo que preside José María Marín
Quemada valora negativamente "muchas" de las propuestas de Faconauto
y algunas de Ganvam y Aniacam, ya que, en su opinión, la práctica de estas
recomendaciones busca crear un marco de negociación colectiva para regular las
relaciones entre fabricantes e importadores y distribuidores, homogeneizando
las mismas y aumentando la transparencia del sector.
"Esta homogeneización quebraría el principio de
la autonomía de la negociación de las partes, limitaría la capacidad
competitiva y de diferenciación de los distintos operadores e incrementaría el
riesgo de aparición de prácticas restrictivas de la competencia", añade el
informe.
Competencia recuerda, a su vez, que todas estas
propuestas se enmarcan en un sector en el que la CNMC ha acreditado la
existencia de cárteles, tanto entre fabricantes y distribuidores mayoristas
para compartir información estratégica, como entre distribuidores minoristas de
vehículos de una misma marca para la fijación de precios y compartir
información comercialmente sensible.
La Comisión apunta que la posible asimetría en las
relaciones entre los fabricantes, importadores y distribuidores "en ningún
caso" justificaría una negociación colectiva entre operadores que fomente
la homogeneización y la transparencia de las relaciones comerciales de los
distintos actores, ya que eso afectaría la dinámica competitiva en el sector y
facilitaría la aparición de conductas restrictivas de la competencia que
perjudicarían al cliente final.
En este sentido, destaca que esta situación es
especialmente relevante en el mercado automovilístico español, donde no existe
ninguna marca con una cuota de mercado muy elevada que le confiera una posición
de dominio, por lo que éstas tienen autonomía para decidir cómo configuran sus
redes de distribución minorista.
La CNMC señala que las propuestas de Faconauto y
Ganvam están orientadas a recuperar obligaciones recogidas en un reglamento
anterior. "Faconauto y, en menor medida, Ganvam buscan volver a una
regulación ya superada que podría obstaculizar la capacidad de los
fabricantes/importadores para optimizar e introducir mayor eficiencia en sus
redes de distribución minorista de vehículos a motor", apunta.
Finalmente, el documento califica como positivo el
desarrollo de mecanismos de mediación o arbitraje para la resolución de
conflictos bilaterales y subraya que las apreciaciones en este tipo de informe
no prejuzgan ni menoscaban la capacidad de la CNMC para aplicar la normativa de
competencia en el sector, que abrirá las investigaciones oportunas si detecta o
tiene conocimiento de elementos fácticos en el Código de Buenas Prácticas que
puedan ser indicadores de una conducta anticompetitiva.
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