Son muchos los vehículos que circulan
por nuestras carreteras con un remolque en el que se transporta desde un
habitáculo para equipaje hasta una motora, el casco de una embarcación o una
autocaravana.
Tal y como dispone el Reglamento General de
Circulación en su anexo II, apartado A. Definiciones, remolque es el vehículo
no autopropulsado diseñado y concebido para ser remolcado por un vehículo de
motor.
El mencionado apartado distingue diferentes tipos de
remolques que a los efectos que nos interesan son:
Remolque de enganche o completo: remolque de al menos
dos ejes, y un eje de dirección como mínimo, provisto de un dispositivo de
remolque que puede desplazarse verticalmente (en relación al remolque), que no
transmita al vehículo de tracción una carga significativa (menos de 100 Kg.)
Remolque con eje central: remolque provisto de un
dispositivo de enganche que no puede desplazarse verticalmente (en relación al
remolque) y cuyo(s) eje(s) esté(n) situado(s) próximo(s) al centro de gravedad
del vehículo (cuando la carga esté repartida uniformemente) de forma que sólo
se transmita al vehículo de tracción una pequeña carga estática vertical.
Semirremolque: Vehículo no autopropulsado diseñado y
concebido para ser acoplado a un automóvil, sobre el que reposará parte del
mismo, transfiriéndole una parte sustancial de su masa.
Caravana: Remolque o semirremolque concebido y
acondicionado para ser utilizado como vivienda móvil, permitiéndose el uso de
su habitáculo cuando el vehículo se encuentre estacionado.
Pues bien, no hay que perder de vista que para su
conducción se necesitan los siguientes permisos:
Con el permiso de la clase B:
Automóviles cuya masa máxima autorizada (MMA) no
exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no
más de nueve personas incluido el conductor, podrán llevar enganchado un
remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjunto formado por un vehículo tractor de los que
autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima
autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado no
exceda de 3.500 kg.
Permiso B con el código armonizado B-96. (Se considera
una ampliación del permiso B)
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un
vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un
remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa
máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg.
Permiso B+E:
Autoriza para conducir conjuntos de vehículos
acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el
permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada
no exceda de 3.500 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de
aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
Fuente:Pyramid Consulting S.L/Beatriz de Dueñas Moreno
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