domingo, 14 de diciembre de 2014

EL GOBIERNO ESTABLECE MÍNIMOS EN INFRAESTRUCUTRAS DE RECARGA DE COCHES ELÉCTRICOS



El Gobierno ha aprobado un Real Decreto por el que regula los requisitos mínimos para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, tanto en edificios de viviendas, así como en aparcamientos públicos y privados o en la vía pública.

De acuerdo a la siguiente relación:

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- En las viviendas unifamiliares nuevas, deberá existir la infraestructura para un punto de conexión de recarga de vehículos eléctricos.

- En aparcamientos colectivos privados, deber haber una preinstalación con cargo al coste de fabricación del edificio. Y, además, los propietario de cada plaza deberán poder, si así lo desean, instalar un punto de recarga individual.

- En aparcamientos colectivos públicos (centros comerciales, edificios públicos...), se establece un mínimo de un punto de recarga por cada 40 plazas de aparcamientos.

- Y en las vías públicas, la instalación de nuevos puntos de recarga de vehículos eléctricos en la vía pública deberá estar en línea con los diferentes planes de movilidad municipales o supramunicipales en relación con estos automóviles sin emisiones.


El Gobierno espera que esta regulación técnica sirva para catalizar la puesta en marcha de infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos y promueva así la expansión de esta tecnología en el mercado español.

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