La mejora de la calidad de los exámenes propiciará una mejor
formación de los nuevos conductores
La conducción autónoma y eficiente entre las novedades de la
prueba práctica
El examen teórico es individualizado para cada aspirante y las
preguntas se obtienen de una base de datos de 15.500 preguntas
La Directiva establece para toda la Unión Europea un modelo
único de permiso de conducción
Se armonizan los periodos de vigencia de los permisos de
conducción en todos los estados miembros de la UE
Los residentes comunitarios en España con permisos para conducir con plazo de
vigencia indefinida tendrán que cumplir los periodos de vigencia establecidos
en nuestro país
Conducción autónoma, mejoras en la calidad de los exámenes teóricos y
prácticos, armonización de los periodos de vigencia y nuevo modelo de permiso
de conducción único europeo son algunas de las novedades que España ha incluido
en su normativa sobre permisos para
conducir.
Estas modificaciones
normativas se establecen por el propósito de la Dirección General de Tráfico,
como uno de sus objetivos estratégicos, de elevar la calidad en las pruebas
para obtener los permisos para conducir como método para que los nuevos
conductores tengan una mejor formación.
La nueva normativa tiene
base legal en la trasposición de la Directiva Comunitaria 126/2006 sobre el
permiso de conducción que entra en vigor el sábado 19 de enero de 2013 para
todos los Estados miembros de la Unión Europa.
España ya transpuso a su
ordenamiento jurídico dicha Directiva a través del Reglamento General de
Conductores (RD 818/2009 de 8 de mayo), aunque
faltaba por ponerse en vigor el
anexo VIII de dicho Reglamento, en el que se incluye la Calidad como elemento
nuevo en materia de exámenes.
A continuación se detallan
las principales novedades derivadas de la transposición de la Directiva y que
todavía no estaban en vigor.
NUEVO PERMISO DE CONDUCCIÓN
ÚNICO EUROPEO
Con el objetivo de armonizar
los más de 110 modelos diferentes de conducción válidos en los Estados
miembros, la Directiva Europea fija en uno de sus anexos las disposiciones
relativas al modelo único de permiso de conducción a utilizar en toda la Unión
Europea.
El nuevo permiso, muy
similar al formato del permiso de conducción español, incluye en el anverso los
datos personales y en el reverso las categorías de los permisos que se tienen.
Los permisos de conducción
expedidos con anterioridad a la entrada en vigor de la Directiva, seguirán
siendo válidos en las mismas condiciones hasta que proceda expedir un nuevo
permiso de conducción con ocasión de su prórroga de vigencia o de cualquier otro
trámite reglamentario.
APOSTANDO POR LA CALIDAD
La Directiva fija las
condiciones mínimas en las pruebas para
la expedición de los permisos de conducción, para lo que es necesario
armonizar las normas relativas a los exámenes que deben realizar los conductores
(conocimientos, aptitudes, estructura del examen…)
Los únicos cambios que ha
introducido la DGT para la realización del examen teórico es la creación de una
nueva base de datos con 15.500 preguntas de todas las categorías, cuya
redacción es más sencilla y cuya actualización es diaria, de modo, que los
exámenes son individualizados para cada aspirante, con preguntas sobre
seguridad vial, normas y señales, conducción eficiente, comportamientos bajo la
influencia de alcohol y/o drogas obtenidas de la base de datos creada al
efecto.
Además, la Dirección General
de Tráfico está informatizando las aulas de los exámenes teóricos, de modo que
ya en 24 jefaturas provinciales los exámenes teóricos se realizan a través de
pantallas táctiles y en el resto de jefaturas, cuya informatización de aulas se
realizará a lo largo de este año, el soporte del examen sigue siendo el papel.
Por tanto, dos soportes diferentes aunque las
preguntas procedan de la misma base de datos y todos realicen un examen
individualizado.
Con el objetivo de que el
aspirante se familiarice con el nuevo formato de examen, en la página web de la
DGT se pueden consultar algunas de las preguntas que forman parte de la base de
datos, (que se cambian periódicamente) con el mismo sistema del examen y que
permite conocer el resultado del test realizado de forma inmediata.
CONDUCCIÓN AUTÓNOMA
El examen práctico para
obtener el permiso para conducir es el que mayores novedades incorpora. Por un
lado, la duración del examen será de 25 minutos para los turismos y
motocicletas y de 45 para los permisos profesionales (camiones y autobuses),
tiempo necesario según la Directiva Europea para demostrar que el aspirante
posee las capacidades y actitudes necesarias para ser titular de un permiso de
conducción.
Antes de comenzar el
desarrollo de la prueba, el examinador recibirá al aspirante, presentándose.
Cuando se identifique, el examinador le solicitará que realice alguna de las
comprobaciones previas recogidas en el anexo V del Reglamento General de Conductores;
indicaciones tales como señalar donde se encuentra el depósito de líquido de
frenos, el del limpiaparabrisas, las luces largas, cortas… Este tipo de comprobaciones que son
obligatorias por Directiva Europea tienen por objetivo que todos los conductores
tengan conocimiento de su vehículo y sepan utilizar los distintos dispositivos
de los que va provisto, en cualquier momento y situación.
Una vez que el aspirante
haya realizado las comprobaciones oportunas y se haya acomodado en el vehículo
comenzará la conducción. Durante los
primeros diez minutos, el aspirante deberá demostrar el manejo que tiene del
vehículo realizando la llamada conducción autónoma que consistirá en dirigirse
a un punto señalado por el examinador (por ejemplo el ayuntamiento); siguiendo
las indicaciones de dirección que existan en la vía; dirigirse a un lugar
conocido por el aspirante, o conducir libremente con alguna pequeña indicación
por parte del examinador para evitar mismos recorridos, atascos…. Si el
vehículo tuviera dispositivo de navegación (GPS) el aspirante podrá utilizarlo
siempre y cuando haya tenido formación en la programación y en el uso del
mismo, programándolo con la dirección
indicada por el examinador.
Concluidos los primeros diez
minutos, el examinador continuará la prueba práctica, dando al aspirante
indicaciones claras, concretas y con antelación suficiente para realizar una
adecuada conducción.
El objetivo de implantar la
conducción autónoma en la prueba
práctica es que el futuro conductor tenga una formación adecuada para que
cuando obtenga su permiso sepa por dónde va, qué decisiones tomar de acuerdo
con las circunstancias del tráfico, siga las indicaciones de dirección e
interprete las señales de tráfico, es decir, sepa conducir y no se le forme para
superar el examen.
Otra de las novedades que se
introduce en la prueba práctica es que finalizados los 25/45 minutos, el
examinador valorará de forma global si el aspirante ha realizado una conducción
eficiente o económica, formación necesaria tanto para ahorrar combustible, en
lo que a la economía doméstica se refiere, como para reducir la contaminación
causada por el tráfico.
Concluida la prueba, el
examinador en presencia del profesor comunicará al aspirante el resultado del
examen y le explicará brevemente las faltas cometidas con el objetivo de que
conozca lo que ha hecho bien o mal y así mejorar su comportamiento en la
conducción.
PERIODOS DE VIGENCIA
Con la entrada en vigor de
la Directiva Europea, se unifican para todos los países miembros de la Unión
Europea los periodos de vigencia de los permisos de conducción expedidos por
los diferentes estados, de manera que las categorías AM, A1, A2, A, B, B1 y BE
tendrán una validez de 10 años, no obstante la Directiva establece que los
Estados miembros podrán optar por expedir dichos permisos con una validez de 15
años.
Los permisos de conducción
de las categorías C, CE, C1, C1E, D, DE, D1 y D1E tendrán una validez de 5
años.
Los plazos de vigencia
establecidos en la Directiva que entra en vigor ya fueron recogidos en el
Reglamento General de Conductores en mayo de 2009, por tanto no supone cambio
alguno para los conductores españoles.
Para los que si tiene una
consecuencia directa la entrada en vigor de la Directiva es para
los residentes comunitarios. Por un lado, la norma comunitaria establece que aquellos permisos de los
comunitarios europeos con plazo de caducidad se renovarán en el país donde
resida el titular del permiso.
Por otro lado, los
conductores con permisos de conducir expedidos por países comunitarios sin plazo de vigencia, es decir, los
titulares de permisos para conducir con carácter indefinido, deberán renovar su
permiso en el país donde residan transcurridos dos años desde la obtención de
la residencia en dicho país, es decir, a partir del 19 de enero de 2015 (plazo
que se tomará en cuanta en toda Europa) y se tendrán que someter a los plazos
establecidos en el país de residencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Solo comentarios relacionados con la información de la página.