La nueva instrucción se adapta al mercado y permite formar a los
conductores en el uso de estos sistemas que ayudan a reducir la siniestralidad
El control adaptativo de la velocidad, el sistema de aviso y/o
corrección de cambio involuntario de carril y el de estacionamiento total
deberán desactivarse en el momento del examen
Mañana entra en vigor una instrucción de la Dirección General de Tráfico por la
que se permite disponer a los vehículos utilizados para la realización del
examen práctico de conducir de determinados sistemas avanzados de ayuda a la
conducción (ADAS).
Estos sistemas se han ido
incorporando, tanto de serie como opcionalmente, de forma progresiva; en un
primer momento en vehículos de alta gama desde el año 2012 para posteriormente
ampliarse a los de gama media, desde 2015-2016. En la actualidad ya se ofrecen
en la mayoría de las categorías, pero en 2022, muchos de estos sistemas serán
obligatorios en todos los vehículos de serie matriculados en la Unión Europea.
Esta nueva instrucción viene a
actualizar los requisitos exigidos a los vehículos utilizados en las pruebas
para la obtención del permiso de conducción y la revisión de los criterios de
calificación del mismo, sin menoscabar la necesaria comprobación por parte del examinador de que
el aspirante es capaz de circular por las vías públicas con la necesaria
seguridad.
ADAS PERMITIDOS
• Star-Stop: Sistema de arranque del automóvil que apaga el motor
cuando está al ralentí y lo vuelve a encender cuando se pisa el embrague.
• Sistema de ayuda de salida en pendiente: Conocido como Hill
Holder. Este dispositivo cuenta con un sensor que detecta el ángulo de
inclinación en el que se encuentra el coche, impidiendo que el automóvil se
vaya hacia atrás al levantar el pie de freno.
• Activación automática de alumbrado y limpiaparabrisas: Ambos
sistemas se activan cuando un sensor detecta una disminución de la visibilidad
o presencia de lluvia suficientemente significativa.
• AEB, Frenado de emergencia urbano e interurbano: En caso de
despiste del conductor y riesgo de colisión por alcance, el sistema es capaz de
detectar un peligro inminente y actuar de dos formas: avisando al conductor y
en caso de que el conductor haga caso omiso a la advertencia, el sistema AEB
tomará el control del vehículo para detenerlo y realizar una frenada de
emergencia.
• RCTA. Alerta de tráfico cruzado: El sistema supervisa el
tráfico trasero en sentido transversal al salir marcha atrás de un huevo de
aparcamiento en batería. Si detecta un vehículo aproximándose se emitirá un
aviso sonoro y/o visual.
• Cámara de marcha atrás, cámara 360º y/o sensores de
aparcamiento Estos sistemas no deben confundirse con el sistema de ayuda de
estacionamiento total, que no está permitido.
• Sistema de detección de fatiga que alerta al conductor en
situaciones en las que pierda la concentración al volante, ya sea por fatiga o
sueño, para así evitar accidentes.
• EBD Aviso de frenada de emergencia: ayuda a los conductores a
detectar cuándo el vehículo que circula por delante está realizando una frenada de emergencia.
Al igual que ya ocurre en todos los exámenes
prácticos, los examinadores podrán solicitar al aspirante en las comprobaciones previas al examen que
localice alguno de estos sistemas.
Todos estos sistemas pueden ir
equipados en los vehículos, pero durante el examen, se deberán desactivar
aquellos vehículos que lo incorporen: el control adaptativo de la velocidad,
conocido como ISA; el sistema de aviso y/o corrección de cambio involuntario de
carril y el de estacionamiento total, aunque si
se permitirá la cámara de marcha atrás, cámara 360º y/o sensores de aparcamiento.
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