La velocidad media a la que circulaban los conductores
denunciados en vías convencionales fue de 129 km/h, lo que supone circular a
casi 40 km por encima del límite genérico permitido en estas carreteras
El 68% de las infracciones se han detectado en vías convencionales y travesías
7 conductores fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km/h la velocidad
permitida en la vía, tal y como recoge el Código Penal
Durante los siete días de campaña
de vigilancia y control de la velocidad realizada por la Dirección General de
Tráfico entre el 1 y 7 de abril, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la
Guardia Civil han establecidos 2.745 puntos de control de velocidad y han
controlado a 572.174 vehículos, 116.000 vehículos más que en la campaña del año
anterior.
Del total de vehículos
controlados, 24.486 conductores resultaron infractores, y denunciados por
exceso de velocidad. Al 42% de ellos (10.246) se les notificó la denuncia en el
momento al ser parados e informados por los agentes de tráfico.
El 4,4% de los vehículos
controlados en carreteras convencionales han sido denunciados por exceso de
velocidad y el 3,9% de los controlados en vías de alta capacidad (autovía y
autopista).
7 de los conductores
denunciados incurrieron en un delito contra la seguridad vial y fueron puestos
a disposición judicial por exceder en
más de 80 km la velocidad permitida en la vía, según se recoge en el Código
Penal.
Debido al alto porcentaje de
accidentes que se producen en las carreteras convencionales (las que disponen
de un solo carril en cada sentido), se han reforzado los controles en este tipo
de vía tanto con radares estáticos como dinámicos. El 68% de las infracciones
se han detectado en vías convencionales
y travesías.
Además en estas vías, cuando
los controles se han realizado con el radar embarcado en el vehículo y
circulando, la velocidad media a la que circulaban los conductores denunciados
fue de 129 km/h, lo que supone casi 40 km por encima del límite genérico
permitido en las vías convencionales
Por tipos de vías (ámbito DGT)
|
Vehículos
Controlados
|
Vehículos
Denunciados
|
Autovía/
Autopista
Vel.
Máxima 120 km/h)
|
195.358
|
7.795
(3,9%)
|
Convencional
(Vel.
Máxima 90 km/h)
|
376.816
|
16.691
(4,4%)
|
TOTAL
|
572.174
|
24.486
|
A estos resultados hay que
sumar los controles que las distintas policías autonómicas y locales han
realizado en su ámbito de competencia, colaboración muy importante de modo que
se unifica el mensaje de respeto de los límites de velocidad establecidos,
independientemente de la vía por la que se circule.
NORMATIVA
La Ley de Seguridad Vial y el
Reglamento General de la Circulación, fija la normativa aplicable a los límites
genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias
entre vehículos.
El incumplimiento de estas
normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con
multas de 100 a 600 euros, tal y como se recoge en la siguiente tabla:
Además, el artículo 379 del
Código Penal, estipula que “el que condujere un vehículo de motor o un
ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o
en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida
reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses
o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de
treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del
derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y
hasta cuatro años”.
Además, el sistema de Permiso
por Puntos contempla la pérdida entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad
cometido.
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