La Confederación Española de
Talleres (CETRAA) informa a los conductores sobre el procedimiento a seguir
para pedir el distintivo ambiental en el taller. Este es un servicio que los
talleres españoles pueden prestar a sus clientes desde hace unos meses gracias
al acuerdo alcanzado entre la Confederación y la Dirección General de Tráfico
(DGT). Aquellos usuarios interesados en adquirir la pegatina solo tendrán que
presentar en su taller de confianza el DNI, el permiso de circulación y abonar
la cantidad de 5 euros (IVA incluido). De esta manera, los conductores pueden
solicitarlo cuando acudan al taller para realizar el mantenimiento o la
reparación de su vehículo y recogerlo con la pegatina ya instalada.
La Patronal optó por formar
parte de este proyecto para que los talleres contasen con un servicio de valor
añadido para sus clientes así como para contribuir a la mejora del
medioambiente. En este sentido, cabe resaltar el papel del taller en esta
iniciativa por su aportación al mantenimiento y la reparación responsable del
parque circulante de vehículos.
Ante la próxima obligatoriedad
respecto a la colocación de los distintivos en los vehículos para poder
circular por Madrid y la posible aparición de medidas similares en otras
ciudades de España, la Confederación recomienda a los conductores la
adquisición de las pegatinas de manera cómoda y rápida, aprovechando la visita
al taller de sus vehículos.
La DGT ha clasificado el
parque automovilístico en 4 categorías según el impacto ambiental del vehículo
en el marco del Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera
2013-2016:
0 emisiones: Ciclomotores,
triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos, furgonetas ligeras, vehículos
de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el
Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV),
eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables
(PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.
ECO: Turismos, furgonetas
ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías
clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables
con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados
por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). Deben
cumplir los criterios de la etiqueta C.
C: Turismos y furgonetas
ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de
2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de
gasolina como diésel, matriculados desde 2014. Los de gasolina deben cumplir la
norma Euro 4,5 y 6 y los diésel la Euro 6.
B: Turismos y furgonetas
ligeras de gasolina matriculadas desde enero de 2000 y diésel a partir de 2006.
Vehículos de más de 8 plazas y pesados, tanto diésel como gasolina,
matriculados a partir de 2005. Los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y
los diésel la Euro 4 y 5.
Aquellos talleres que estén
interesados en prestar este servicio a sus clientes deben contactar con la
asociación de CETRAA que les corresponda, o bien escribir a
distintivoambiental@cetraa.com.
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