viernes, 2 de noviembre de 2018

CÓMO SOLICITAR EL DISTINTIVO AMBIENTAL EN EL TALLER


La Confederación Española de Talleres (CETRAA) informa a los conductores sobre el procedimiento a seguir para pedir el distintivo ambiental en el taller. Este es un servicio que los talleres españoles pueden prestar a sus clientes desde hace unos meses gracias al acuerdo alcanzado entre la Confederación y la Dirección General de Tráfico (DGT). Aquellos usuarios interesados en adquirir la pegatina solo tendrán que presentar en su taller de confianza el DNI, el permiso de circulación y abonar la cantidad de 5 euros (IVA incluido). De esta manera, los conductores pueden solicitarlo cuando acudan al taller para realizar el mantenimiento o la reparación de su vehículo y recogerlo con la pegatina ya instalada.


La Patronal optó por formar parte de este proyecto para que los talleres contasen con un servicio de valor añadido para sus clientes así como para contribuir a la mejora del medioambiente. En este sentido, cabe resaltar el papel del taller en esta iniciativa por su aportación al mantenimiento y la reparación responsable del parque circulante de vehículos.

Ante la próxima obligatoriedad respecto a la colocación de los distintivos en los vehículos para poder circular por Madrid y la posible aparición de medidas similares en otras ciudades de España, la Confederación recomienda a los conductores la adquisición de las pegatinas de manera cómoda y rápida, aprovechando la visita al taller de sus vehículos.

La DGT ha clasificado el parque automovilístico en 4 categorías según el impacto ambiental del vehículo en el marco del Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016:



0 emisiones: Ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.




ECO: Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). Deben cumplir los criterios de la etiqueta C.




C: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014. Los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y los diésel la Euro 6.




B: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde enero de 2000 y diésel a partir de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados, tanto diésel como gasolina, matriculados a partir de 2005. Los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y los diésel la Euro 4 y 5.



Aquellos talleres que estén interesados en prestar este servicio a sus clientes deben contactar con la asociación de CETRAA que les corresponda, o bien escribir a distintivoambiental@cetraa.com.

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