La mayoría
de los coches nuevos incorpora de serie o como opción sistemas de
estacionamiento asistido.
El
Registro de Vehículos podrá incorporar esta información junto con otras sobre
los sistemas avanzados de ayuda al conductor que disponen los vehículos que
circulan por nuestras vías
La Dirección General de Tráfico
ha dictado una instrucción por la que se regula el uso de los sistemas de ayuda
al estacionamiento que cada vez más modelos de automóviles equipan.
Gracias al uso de las nuevas tecnologías, los sistemas de ayuda al estacionamiento
permiten, la realización de una de las maniobras más frecuentes que se realizan
en las vías urbanas, facilitando así al conductor, que voluntariamente los use,
la maniobra de estacionamiento del vehículo en condiciones de seguridad y
comodidad.
En la actualidad, se está generalizando la penetración
en el mercado de este los sistemas adaptados de ayuda a la conducción, (ADAS:
Advanced Driver Assistance Systems). Entre los ADAS están cada vez más
presentes los sistema de ayuda al estacionamiento, por este motivo la Dirección
General de Tráfico ha publicado una instrucción que define qué es el sistema de
estacionamiento asistido y cuáles son las condiciones básicas de uso de este
avance tecnológico que facilita y hace más segura la tarea de la conducción.
Esta ayuda a la conducción actúa de manera
automatizada sobre la dirección y/o el sistema de frenado y aceleración del
vehículo y permite realizar la maniobra
sin la intervención directa del conductor sobre el volante y/o pedal del freno
y acelerador, lo que manifiesta una vez más el cambio de paradigma en la
industria de la automoción que culminará con la conducción plenamente
automatizada
El uso de este sistema puede emplearse en las vías
abiertas al tráfico siempre que se cumplan las condiciones de seguridad
establecidas en la normativa del mecanismo de dirección de la Comisión Económica
de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) y se mantenga la distancia mínima de
15 metros entre la sección de inicio y final de la maniobra
Si el control de los mandos del vehículo se realiza
desde fuera del habitáculo, la maniobra se realizará a una velocidad máxima de
5km/h y la posición del conductor será
tal que le permitirá mantener su libertad de movimientos, el campo necesario de
visión y la atención permanente. En todo caso la distancia entre el conductor y el vehículo será inferior a 4 metros
Como ya ocurre con otros sistemas avanzados de ayuda
el conductor, como por ejemplo: la frenada autónoma de emergencia, el control
adaptativo de la velocidad o el asistente de cambio involuntario de carril, el
conductor es el responsable de la conducción del vehículo.
Con el objetivo de tener un mayor conocimiento de la
implantación de los ADAS en los vehículos que circulan por nuestras carreteras
y su impacto en la reducción de la siniestralidad, se podrán registrar en el
Registro de Vehículos de la DGT.
Además, esta anotación permitiría a que un futuro se
pueda valorar, en su caso, la necesidad de una modificación normativa que
permitiera a criterio del aspirante obtener un permiso restringido, al igual
que ya ocurre para los vehículos automáticos, para la conducción exclusiva de
vehículos que cuenten con un sistema de estacionamiento asistido, sin que para
ello fuera necesario realizar en las pruebas para su obtención la maniobra
completa de estacionamiento en los términos actuales.
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