domingo, 4 de enero de 2015

¿CONOCEN LOS CONDUCTORES LAS NOVEDADES LEGISLATIVAS Y DE SEGURIDAD VIAL DE 2015?



CEA  informa de las novedades más destacables, para que ningún conductor se vea desprotegido ante la falta de información que ofrecen los organismos públicos.


 Vehículos

En lo que se refiere a la circulación de vehículos cabe destacar las siguientes modificaciones:



BICICLETAS: debido al aumento de su uso en cascos urbanos, una de las medidas que se impondrá es limitar la velocidad a 30 km/h en muchas de las calles urbanas. También se introduce la obligatoriedad de uso de casco para los ciclistas menores de dieciséis años en todo tipo de vía sin excepciones.
MOTOCICLETAS Y CICLOMOTORES: se suprimen la exención médica de no utilizar el casco de protección, y la posibilidad de uso de cascos “certificados” no homologados. Asimismo, se da cobertura legal a las denominadas zonas de espera adelantada, tanto en su señalización como en el acceso y su uso por parte de los motoristas.
AUXILIO EN CARRETERA de grúas: Aquellos que realicen operaciones de rescate de vehículos accidentados o averiados, se diferenciarán de los  que se limitan a transportar vehículos. Sólo los primeros deben actuar en la vía.
Por otra parte, se incorpora la regulación de la SEÑALIZACIÓN DE LOS VEHÍCULOS PRIORITARIOS.
 Sistemas de seguridad

Con la nueva normativa se aclaran determinadas conductas que hasta la fecha no estaban suficientemente desarrolladas en la Ley. Este es el caso de los CINTURONES DE SEGURIDAD y SISTEMAS DE RETENCIÓN HOMOLOGADOS, de los que se eliminan las exenciones de uso de los

cinturones que no estén justificadas, desde un punto de vista de la seguridad vial, en:

Los conductores al efectuar la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento.
Los conductores de taxis cuando estén de servicio. Asimismo, cuando circulen en áreas urbanas de grandes ciudades podrán transportar a personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros sin utilizar un dispositivo de retención homologado siempre que ocupen un asiento trasero.
Los distribuidores de mercancías, cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga de mercancías en lugares situados a corta distancia.
Los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia.
Las personas que acompañen a un alumno durante el aprendizaje de la conducción o pruebas de aptitud y estén a cargo de los mandos adicionales del automóvil, responsabilizándose de la seguridad de la circulación

Velocidad y drogas

Se regulan finalmente los controles de DROGAS después de años de investigación para incorporar los test de detección de estupefacientes en el organismo, con un amplio abanico de posibles sustancias que puedan afectar a la conducción,  y estableciéndose como procedimiento general la detección en saliva en los controles preventivos.

La VELOCIDAD en autopistas y autovías con limitación de 120 km/h se podrá aumentar hasta un máximo de 130 km/h para los turismos, motocicletas y vehículos de tres ruedas, será gestionado por la Jefatura Central de Tráfico o la autoridad autonómica competente, y autorizado de forma temporal y en tramos en los que existan índices contrastados de seguridad, buenas condiciones de trazado y pavimentación, y óptimas condiciones meteorológicas y ambientales
En las carreteras convencionales con arcén de 1,5 metros, se reducirá la velocidad máxima a 90 km/h siendo actualmente de 100 km/h, y será de 50 km/h en las carreteras de 6,5 metros de ancho y con línea longitudinal que separe ambos sentidos y si la línea no existe, estando permitida en la actualidad a 70 km/h.

En vías urbanas y travesías la velocidad máxima seguirá siendo de 50 km/h, pero se rebaja hasta 30 km/h en vías con un solo carril y sentido único de circulación o con un carril por sentido, y a 20 km/h en las calles con plataforma única de calzada y acera.

Sistemas informatizados
La DGT sigue apostando por las nuevas tecnologías e incorpora en sus sistemas de gestión nuevos desarrollos informáticos que permiten eliminar trámites burocráticos facilitando a los conductores todos aquellos aspectos que tienen que ver con la documentación del vehículo:



REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS DE LA DGT: se introduce la posibilidad de que determinados profesionales, como es el caso de la Asesoría Jurídica de CEA http://www.apoderadodev.es/ , puedan actuar ante la DGT en nombre de una persona física o jurídica. Los trámites que realizarán son búsqueda de multas http://www.multascea.es/ , alegaciones y recursos, consulta de puntos, ITV, seguros, matriculaciones, cambios de titularidad, renovaciones, entre otros.
INTEGRACIÓN DE LAS ITV EN EL SISTEMA INFORMÁTICO DE LA DGT, por lo que no será necesario presentar la documentación físicamente, y se elimina la obligatoriedad de que el vehículo tenga que volver a pasar inspección técnica en casos de deterioro, extravío o sustracción del permiso o la licencia de circulación.

TARJETA DE INSPECCIÓN TÉCNICA EN SOPORTE ELECTRÓNICO para los vehículos tipo B, que ayudará en la MATRICULACIÓN electrónica, incluyendo vehículos pre-matriculados, dotando de mayor seguridad jurídica el proceso.

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