CEA informa de las novedades más destacables, para que ningún
conductor se vea desprotegido ante la falta de información que ofrecen los
organismos públicos.
Vehículos
En
lo que se refiere a la circulación de vehículos cabe destacar las siguientes
modificaciones:
BICICLETAS:
debido al aumento de su uso en cascos urbanos, una de las medidas que se
impondrá es limitar la velocidad a 30 km/h en muchas de las calles urbanas.
También se introduce la obligatoriedad de uso de casco para los ciclistas
menores de dieciséis años en todo tipo de vía sin excepciones.
MOTOCICLETAS
Y CICLOMOTORES: se suprimen la exención médica de no utilizar el casco de
protección, y la posibilidad de uso de cascos “certificados” no homologados.
Asimismo, se da cobertura legal a las denominadas zonas de espera adelantada,
tanto en su señalización como en el acceso y su uso por parte de los
motoristas.
AUXILIO
EN CARRETERA de grúas: Aquellos que realicen operaciones de rescate de
vehículos accidentados o averiados, se diferenciarán de los que se limitan a transportar vehículos. Sólo
los primeros deben actuar en la vía.
Por
otra parte, se incorpora la regulación de la SEÑALIZACIÓN DE LOS VEHÍCULOS
PRIORITARIOS.
Sistemas de seguridad
Con
la nueva normativa se aclaran determinadas conductas que hasta la fecha no
estaban suficientemente desarrolladas en la Ley. Este es el caso de los
CINTURONES DE SEGURIDAD y SISTEMAS DE RETENCIÓN HOMOLOGADOS, de los que se
eliminan las exenciones de uso de los
cinturones
que no estén justificadas, desde un punto de vista de la seguridad vial, en:
Los
conductores al efectuar la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento.
Los
conductores de taxis cuando estén de servicio. Asimismo, cuando circulen en áreas
urbanas de grandes ciudades podrán transportar a personas cuya estatura no
alcance los 135 centímetros sin utilizar un dispositivo de retención homologado
siempre que ocupen un asiento trasero.
Los
distribuidores de mercancías, cuando realicen sucesivas operaciones de carga y
descarga de mercancías en lugares situados a corta distancia.
Los
conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia.
Las
personas que acompañen a un alumno durante el aprendizaje de la conducción o
pruebas de aptitud y estén a cargo de los mandos adicionales del automóvil,
responsabilizándose de la seguridad de la circulación
Velocidad
y drogas
Se
regulan finalmente los controles de DROGAS después de años de investigación
para incorporar los test de detección de estupefacientes en el organismo, con
un amplio abanico de posibles sustancias que puedan afectar a la
conducción, y estableciéndose como
procedimiento general la detección en saliva en los controles preventivos.
La
VELOCIDAD en autopistas y autovías con limitación de 120 km/h se podrá aumentar
hasta un máximo de 130 km/h para los turismos, motocicletas y vehículos de tres
ruedas, será gestionado por la Jefatura Central de Tráfico o la autoridad
autonómica competente, y autorizado de forma temporal y en tramos en los que
existan índices contrastados de seguridad, buenas condiciones de trazado y
pavimentación, y óptimas condiciones meteorológicas y ambientales
En
las carreteras convencionales con arcén de 1,5 metros, se reducirá la velocidad
máxima a 90 km/h siendo actualmente de 100 km/h, y será de 50 km/h en las
carreteras de 6,5 metros de ancho y con línea longitudinal que separe ambos
sentidos y si la línea no existe, estando permitida en la actualidad a 70 km/h.
En
vías urbanas y travesías la velocidad máxima seguirá siendo de 50 km/h, pero se
rebaja hasta 30 km/h en vías con un solo carril y sentido único de circulación
o con un carril por sentido, y a 20 km/h en las calles con plataforma única de
calzada y acera.
Sistemas
informatizados
La
DGT sigue apostando por las nuevas tecnologías e incorpora en sus sistemas de
gestión nuevos desarrollos informáticos que permiten eliminar trámites
burocráticos facilitando a los conductores todos aquellos aspectos que tienen
que ver con la documentación del vehículo:
REGISTRO
ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS DE LA DGT: se introduce la posibilidad de que
determinados profesionales, como es el caso de la Asesoría Jurídica de CEA
http://www.apoderadodev.es/ , puedan actuar ante la DGT en nombre de una
persona física o jurídica. Los trámites que realizarán son búsqueda de multas
http://www.multascea.es/ , alegaciones y recursos, consulta de puntos, ITV,
seguros, matriculaciones, cambios de titularidad, renovaciones, entre otros.
INTEGRACIÓN
DE LAS ITV EN EL SISTEMA INFORMÁTICO DE LA DGT, por lo que no será necesario
presentar la documentación físicamente, y se elimina la obligatoriedad de que
el vehículo tenga que volver a pasar inspección técnica en casos de deterioro,
extravío o sustracción del permiso o la licencia de circulación.
TARJETA
DE INSPECCIÓN TÉCNICA EN SOPORTE ELECTRÓNICO para los vehículos tipo B, que
ayudará en la MATRICULACIÓN electrónica, incluyendo vehículos pre-matriculados,
dotando de mayor seguridad jurídica el proceso.
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