sábado, 8 de junio de 2013

COMPETENCIA REGISTRA LAS SEDES DE EMPRESAS Y ASOCIACIONES DEL SECTOR DE DISTRIBUCIÓN DE VEHÍCULOS

Inspectores de la Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha llevado a cabo registros en las sedes de varias empresas y asociaciones del sector de distribución de vehículos de motor en España durante los pasados días 4, 5 y 6 de junio.

Estas inspecciones se han realizado ante la sospecha de posibles prácticas contrarias a la Ley de Competencia en el sector, consistentes en la fijación, de forma directa o indirecta, de precios y condiciones comerciales y de servicio, así como el intercambio de información comercialmente sensible.


En la ejecución de los registros han colaborado inspectores de las autoridades de competencia autonómicas correspondientes a las localidades donde se ubican algunas de las empresas y asociaciones inspeccionadas, a solicitud de la Dirección de Investigación de la CNC.


Competencia explica que las inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigación y no prejuzgan el resultado de la misma ni la culpabilidad de las empresas y asociaciones inspeccionadas.

En caso de acreditarse algún indicio, la CNC procedería a la incoación de un expediente, pues las conductas de las que se sospecha constituyen una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia.

MULTA DEL 10% DE LA FACTURACIÓN.

Estas conductas se consideran como una infracción muy grave, por lo que podrían dar lugar a una multa de hasta el 10% de volumen de negocio total de las empresas infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de la imposición de la multa.

La facultad de inspección de la CNC se ha visto reforzada con la Ley de Defensa de la Competencia, con el fin de luchar contra las prácticas más dañinas, especialmente los cárteles, que supone una prioridad de actuación del organismo que preside Joaquín García Bernaldo de Quirós, por las graves consecuencias que pueden generar para los consumidores.

Dicha Ley establece además el programa de clemencia, por el que una empresa que forme parte de un cártel y aporte pruebas de la existencia del mismo a la CNC pueden beneficiarse de la exención del pago de la multa o de una reducción de la sanción.

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