El Gobierno ha publicado este
jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el contenido de la segunda parte
del Plan Movalt, destinada a impulsar la instalación de puntos de recarga de
vehículos eléctricos, que cuenta con una dotación presupuestaria de 15 millones
de euros.
Esta publicación del Movalt
Infraestructuras se produce tras la puesta en marcha del Plan Movalt Vehículos,
el pasado 13 de diciembre y su agotamiento en unas 24 horas, dotado con 20
millones de euros para impulsar la adquisición de vehículos de energías
alternativas. Agotado el Moval, ¿ahora qué?
De esta forma, los 15 millones
de euros del Plan Movalt Infraestructuras se suman a los 20 millones del Movalt
Vehículos, para conformar un total de 35 millones orientado a incentivar este
tipo de movilidad. Este programa también contemplaría 15 millones de euros
adicionales para apoyar iniciativas de I+D+i vinculadas a la movilidad
eficiente y sostenible.
De esta forma, el Movalt
Infraestructuras contiene ayudas públicas a la instalación de infraestructuras
de recarga de vehículos eléctricos y los beneficiarios podrán ser tanto
administraciones, como empresas públicas y privadas.
Subvención del 60%
Los incentivos contemplados en
este plan, bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, recogen
una cuantía equivalente al 60% de la inversión (sin IVA) en el caso de las
entidades públicas que no desarrollen ninguna actividad comercial o mercantil y
pequeñas empresas y del 40% de la inversión para el resto de empresas.
La vigencia, la financiación y
los plazos para la presentación de las solicitudes del programa se recogerán en
la convocatoria que será publicada en el BOE próximamente. La gestión telemática
se realizará a través de un sistema informático implementado por el Instituto
para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).
Estos 15 millones de euros de
presupuesto del Movalt Infraestructuras irán a parar a impulsar el despegue de
los sistemas de recarga de baterías de coches eléctricos, tanto en la modalidad
de compra directa como en las operaciones de renting.
Así, serán objeto de los
incentivos las infraestructuras de recarga convencional, lenta, semirrápida,
rápida y ultrarrápida para su uso en el sector no residencial, privado y
público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, de uso
público en vía pública y de uso público en la red de carreteras.
De esta forma, los puntos de
recarga convencional tendrán que tener una potencia igual o superior a 7
kilovatios e inferior a 15 kilovatios, mientras que los de semirrápida deberán
situarse entre 15 y 40 kilovatios. En el caso de los de puntos de carga rápida
el margen se situará entre 40 y 100 kilovatios y en los de ultrarrápida, la
potencia deberá ser mayor de 100 kilovatios.
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