La relación de
medidas establecidas y restricciones a la circulación para las diferentes
fechas se publicó en el BOE el pasado
sábado, 14 de enero
Se prevé desviar
los vehículos pesados a vías de alta capacidad, para la mejora de la seguridad
vial, como alternativa a tramos con alta siniestralidad. Se mantiene para 2017 la
restricción ya existente de la N-340 entre Nules y Oropesa
Limitación de
velocidad y señalización especial en los tramos de vías con mayor presencia de
ciclistas
El carril
BUS-VAO de la A-6 podrán utilizarlo los taxis, vehículos carsharing, de uso
compartido, y los vehículos con distintivo de cero emisiones
Ante fenómenos
meteorológicos adversos se podrá restringir, para garantizar la seguridad, la circulación de determinados tipos de vehículos.
La Dirección General de Tráfico ha
establecido para este año, por razones de seguridad vial, movilidad y fluidez
de la circulación un conjunto de medidas especiales de regulación del tráfico,
en el ámbito de las vías objeto de su competencia.
Gregorio Serrano, director general de Tráfico ha declarado:
“Este documento de medidas especiales contiene ya diversas actuaciones de
carácter técnico que se ponen en marcha para empezar a actuar ya con el
objetivo de reducir la siniestralidad vial. Es el primer paso del conjunto de
medidas urgentes que estamos preparando en la DGT y que hemos querido que
cuanto antes empiecen a funcionar, sin más tiempo que perder”.
Las medidas para 2017 se concretan en las siguientes:
1.- Sobre pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros
eventos en los que se utilizan las vías: Como complemento al calendario
nacional de pruebas deportivas previsto para 2017 se establecen determinadas
fechas y vías que por la elevada intensidad
de tráfico que soportan, no se autorizarán pruebas deportivas, marchas
ciclistas u otros eventos, en beneficio general del resto de usuarios.
2.- Vehículos de transporte de mercancías en general,
peligrosas y vehículos especiales: Se establecen determinadas fechas y vías en
las que se restringe temporalmente la circulación de vehículos pesados con el
fin de que exista la mayor fluidez posible en el tráfico de vehículos ligeros,
buscando también minimizar el impacto negativo que para la actividad del
transporte profesional por carretera supone. Para los vehículos de transporte
de mercancías peligrosas se actualiza la red de carreteras que deberán usar de
manera preferente (red RIMP) en sus itinerarios.
3.- Carriles reservados: Se especifican los carriles que
tienen tal condición y las condiciones generales y especiales de uso de los
mismos. En este sentido, se introduce como novedad, para la calzada central
BUS-VAO de la A-6 en Madrid, el uso de estos carriles, con independencia del
número de usuarios por parte de los taxis y de los vehículos clasificados como
de carsharing (uso compartido) en el Registro de Vehículos de la DGT. A esto se
suma la novedad, ya recogida en la anterior Resolución, del uso del carril por
parte de los vehículos con distintivo cero emisiones, y de manera dinámica
(cuando así lo determine la señalización variable) de los vehículos con el
distintivo ECO, C y B.
4.- Fenómenos meteorológicos adversos: En aquellos casos
que la seguridad de la circulación se pueda ver comprometida a causa de
intensas nieblas, rachas de viento muy fuerte, nieve, lluvias torrenciales, se
podrá restringir para garantizar la seguridad del tráfico la circulación de
determinados tipos de vehículos.
5.- Elevada concentración de vehículos: La elevada presencia
de vehículos en determinados lugares de especial protección (espacios naturales
protegidos), o con motivo de la celebración de acontecimientos deportivos
(grandes premios de motociclismo), culturales o religiosos hace necesario
prever la adopción de planes especiales de regulación de accesos y ordenación y
gestión del tráfico (sentidos únicos, prohibición de estacionamientos,…) con el
objetivo de garantizar la seguridad y el adecuado flujo de tráfico en el
entorno de los mismos.
6.- Tramos con elevada siniestralidad: Debido a la
peligrosidad intrínseca por la confluencia de vehículos pesados y ligeros en
vías convencionales con elevado tráfico y accidentalidad en las que existe una
alternativa viaria de mayor capacidad y mejor trazado, se prevé restringir para
la mejora de la seguridad vial la circulación de determinados vehículos pesados
por tramos específicos de la red de carreteras. En este sentido, se mantiene
para 2017 la restricción ya existente de la N-340 entre Nules y Oropesa.
7.- Vías con elevada circulación de ciclistas: Al objeto de
favorecer la coexistencia en mejores de condiciones de seguridad vial de
ciclistas y vehículos ligeros y pesados se establecen limitaciones de la
velocidad máxima en aquellos días y horas de mayor presencia de ciclistas.
Estos tramos se señalizan de manera específica para indicar tal circunstancia.
El listado de tramos se encuentra en www.dgt.es donde se va periódicamente
actualizando a medida que se incorporan nuevos tramos.
8.- Restricciones a la ejecución de obras: En función del
calendario de operaciones especiales de tráfico y de determinadas fechas a lo
largo del año donde la fluidez del tráfico se pueda ver afectada por la
realización de obras, se establecen de antemano las vías y fechas en las que se
solicita a los titulares de las vías la suspensión temporal de las obras, a
excepción de aquellas que excepcionalmente por razones justificadas deban ser
ejecutadas de manera urgente e inaplazable.
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