Un aumento
del 5% en la velocidad provoca aproximadamente un incremento del 20% en los
accidentes con víctimas mortales
A partir
de 80 Km/h es prácticamente imposible que un peatón salve la vida en un
atropello
Las vías
convencionales limitadas a 90 km/h son las carreteras donde más se incumplen
los límites de velocidad
18 de abril de 2016.- Circular a una velocidad
adecuada podría evitar una cuarta parte de los
fallecidos en accidente de tráfico. Cada año, más de 300 personas mueren
en las carreteras en accidentes en los que la velocidad fue un factor
concurrente.
El incumplimiento de los límites de velocidad
establecidos es uno de los problemas con los que se enfrenta la Unión Europea,
quien en su último informe solicitó a todos los estados miembros hacer cumplir
el código de la circulación, construir y mantener las infraestructuras y
realizar campañas de educación y sensibilización para reducir la accidentalidad
viaria.
Una de esas medidas, es la que hoy pone en marcha la
Dirección General de Tráfico con la velocidad. Una campaña de siete días de
duración para recordar a los conductores la importancia de respetar los límites
de velocidad y para comprobar que se cumplen los límites establecidos.
La importancia que tiene la seguridad vial en las
ciudades, es lo que ha llevado a la DGT a invitar a los ayuntamientos y a las
comunidades que tienen transferidas las competencias de tráfico a sumarse a la
misma. El mensaje a transmitir, independientemente de la administración que
gestione la circulación, es que los límites de velocidad siempre se deben
respetar, más aún cuando muchas ciudades cuentan con vías en la que los
diferentes actores comparten espacio (coches, motos, bicis…)
La campaña traspasa nuestras fronteras y se realiza de
forma simultánea en más de 25 países europeos a través de la Organización
Internacional de Policías de Tráfico (TISPOL)
MENOR CUMPLIMIENTO MAYOR VIGILANCIA
En el último estudio de medición de la velocidad libre
realizado por la DGT, los indicadores obtenidos describen que las vías
convencionales limitadas a 90 km/h son las carreteras donde más se incumplen
los límites de velocidad. 4 de cada 10 conductores circulan a velocidad
superior a la permitida, un 25% superan la velocidad en más de 10 km y un
12% en más de 20 km/h. En el caso de las
vías limitadas a 100 km/h, el porcentaje de vehículos que superan la velocidad
establecida es algo menor.
Debido a esta situación, los agentes de la Agrupación
de Tráfico de la Guardia Civil duplicarán los controles en este tipo de vías,
carreteras que presentan un mayor riesgo vial y que registran 8 de cada 10
fallecidos
RAZONES PARA RESPETAR LOS LÍMITES DE VELOCIDAD
Cada año, más de un millón de conductores circulan a
velocidades superiores a la permitida, un hecho que en ocasiones acaba en un
simple susto pero que en otras las consecuencias son letales no sólo para los
ocupantes del vehículo que no ha respetado los límites de velocidad, sino para
terceras personas que compartían la vía en el momento del suceso.
A continuación se enumeran varias razones por las
cuales es imprescindible, además de obligatorio, cumplir los límites de
velocidad:
• Un
aumento del 5% en la velocidad provoca aproximadamente un incremento del 10% en
los accidentes que causan traumatismos y del 20% en los accidentes con víctimas
mortales.
• A partir
de 80 Km/h es prácticamente imposible que un peatón salve la vida en un
atropello. A una velocidad de 30km/h, el riesgo de muerte del peatón se reduce
a 10%.
• Llevar
una velocidad adecuada podría evitar una cuarta parte de los muertos en
accidente de tráfico.
• A 120
km/h se necesita una distancia superior a un campo de futbol para detener el
vehículo que conducimos. Esta distancia no solo depende del vehículo, si no de
las condiciones psicofísicas del conductor.
• El
exceso de velocidad no solo incide en la seguridad vial, también tiene una
influencia negativa sobre el medio ambiente, la calidad de vida y el consumo de
combustible.
¿A QUÉ VELOCIDAD PUEDO CIRCULAR?
La velocidad genérica máxima para turismos y motos en
autopistas y autovías sigue siendo 120 km/h. En carreteras secundarias, dicha
velocidad es de100 km/h o de 90 km/h en función de la anchura del arcén y en
vías urbanas la velocidad genérica es de 50 km/h. Para furgonetas, camiones y
autobuses, la velocidad máxima es inferior tal y como se recoge en el artículo 48
del Reglamento de Circulación.
Por tanto, y teniendo en cuenta estas velocidades,
establecidas en el Reglamento General de Circulación, los conductores que las
incumplan estarán cometiendo una infracción grave o muy grave, sancionada con
multa de 100 a 600 euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos, dependiendo del
exceso de velocidad cometido.
En el caso de que el exceso de velocidad fuera
superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros
por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, el Código Penal
lo tipifica como delito y es castigado con la pena de prisión de tres a seis
meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la
comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de
privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo
superior a uno y hasta cuatro años.
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