Los Tribunales económicos
han invalidado sanciones de la DGT por publicaciones irregulares en el tablón
edictal de Tráfico (Testra), equivalente al BOE pero en formato electrónico.
En
esta web se han ido publicando multas de conductores particulares o de empresa
que no se han podido localizar en su domicilio. Transcurridos veinte días desde
la publicación en el Testra, Hacienda pasó a embargar directamente al conductor
el importe de la misma y Tráfico, a detraerle los puntos correspondientes si la
infracción cometida conlleva la pérdida de crédito.
Tras varias alertas de
información por parte de la Asesoría Jurídica de CEA a las administraciones
competentes (Ayuntamientos y Dirección General de Tráfico), y avisos a
conductores del club, numerosos socios CEA vieron embargaron en sus cuentas por
infracciones de las que no estaban informados. Tras esta resolución muchos de
ellos están recibiendo la devolución del importe con los intereses
correspondientes.
Estas son notificaciones de
procedimientos sancionadores iniciados antes del 24 de Noviembre de 2010 y que
no se deberían haber gestionado a través del TESTRA, teniéndose que aplicar lo
dispuesto en el artículo 59 de la ley 30/92 antes de su modificación por la ley
18/2009.
Por tanto, existen tres
supuestos por los que los tribunales reintegran del importe de la multa al
conductor:
Conductores que han
comunicado el traslado de domicilio a la DGT, y desde el organismo se sigue
remitiendo las multas a una antigua dirección, por lo que el infractor no llega
a enterarse de que ha sido multado y le privan de acogerse a la opción de pronto
pago.
Automovilistas que tenían
expedientes sancionadores abiertos antes fecha de entrada en vigor del tablón
edictal, a los que no se localizó, y que la DGT y ayuntamientos optaron por
publicar sus nombres y sanciones en el Testra, y así ahorrarse el coste de los
anuncios de los diarios oficiales tradicionales. Los tribunales económicos no
entran a valorar si el conductor cometió o no la infracción y argumentan que
procedimientos anteriores a la puesta en marcha del Testra deberían haberse
publicado en el BOE en formato papel.
Multas que los tribunales
deciden invalidar y que reprochan a la administración competente su falta de
diligencia a la hora de localizar al conductor infractor, ya que «si no le fue
posible la notificación de la multa porque en la dirección el destinatario
resultó desconocido, también Tráfico contaba con la opción de acudir a la
Agencia Tributaria con el fin de averiguar la existencia de otro domicilio, el
fiscal.
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