viernes, 3 de agosto de 2012

Aumenta el importe de las sanciones de tráfico y se acortan los plazos para recurrir, según Legálitas


Los servicios jurídicos de Legálitas han registrado un incremento del importe de determinadas sanciones de tráfico impuestas a sus clientes, así como el acortamiento de los plazos para recurrir, para evitar la "vía ejecutiva", según ha informado en una nota de prensa.


Tras la nueva modificación de la Ley de Seguridad Vial, ya no se puede suspender el permiso de conducir de forma temporal por la vía administrativa, lo que provoca que las sanciones se concentren de forma masiva en el componente económico y en la pérdida de puntos, según la compañía jurídica.

En este sentido, tras la mencionada modificación, por circular a 151 Km/h, en autovía o autopista, se multa por ejemplo con 300 euros más la retirada de dos puntos, cuando aplicando la legislación anterior la multa se limitaba a 140 euros y dos puntos de retirada.

Según Legálitas, presentar alegaciones en sanciones que conllevan detracción de puntos sigue siendo la opción mayoritariamente adoptada entre sus clientes (por encima del 80%). Otro de los aspectos más denunciado en esta empresa es el relativo a la no identificación del conductor a la hora de sancionar.

Por lo que respecta al pago de sanciones, los plazos se han acortado "sustancialmente", suprimiéndose casi el 70% de los trámites de audiencia, con lo que las administraciones "actúan más rápidamente" al emitir las resoluciones sancionadoras. De esta manera, en determinados casos en "apenas tres meses" puede resolverse un procedimiento y el administrado viene obligado al pago de la sanción.
 SIGA LA INFORMACIÓN...


Por otra parte, uno de los cambios "más significativos" para este gabinete ha sido el aumento en el descuento por pronto pago, que junto a la situación económica actual, ha hecho que las consultas sobre la conveniencia o no de abonar cuanto antes la sanción hayan crecido en torno al 40% en 2011.

Finalmente, otra de las modificaciones surgidas es que al resultar obligatorio el pago de la sanción en la resolución sancionadora, se adelanta "considerablemente" el momento del pago, por lo que la administración "ya no tiene ninguna prisa en resolver el recurso de reposición que corresponde posteriormente, por lo que hay dilaciones importantes en la resolución en vía administrativa del procedimiento".

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Solo comentarios relacionados con la información de la página.