§ El
objetivo es reducir los accidentes de tráfico provocados por el consumo de
drogas al volante y crear mayor conciencia de los riesgos que supone conducir
habiendo consumido drogas
§ El
informe anual del Instituto de Toxicología refleja que el 45% (316) de los
conductores fallecidos (702) presentaron resultados positivos en sangre a
drogas y/o psicofármacos y/o alcohol
§ Se realizarán de forma aleatoria en todo tipo de vías, días y horas
§ El
conductor que de positivo a drogas se enfrenta a una sanción administrativa
(500 euros y pérdida de 6 puntos) o penal de cárcel de 3 a 6 meses
§ Los controles de drogas se sumarán a los controles alcohol que los agentes
de Tráfico seguirán realizando a los conductores
§ “Si consumes drogas y conduces, la víctima no eres solo tú” es el eslogan de la campaña
9
de julio de 2012.
- Desde hoy los conductores españoles podrán ser requeridos por la Agentes de
la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil para someterse a la prueba
preventiva de drogas que determine si dicho conductor conduce habiendo ingerido
alguna sustancia psicoactiva.
Hasta
ahora, la mayoría de estas pruebas se
realizaban a aquellos conductores que estaban implicados en algún accidente o
que presentaban signos evidentes de conducir bajo los efectos de alguna droga.
A partir de hoy, tal y como anunció el Ministro del Interior en rueda de
prensa, cualquier conductor puede ser requerido para realizar dicha prueba
preventiva con la que se pretende detectar a quienes se ponen al volante bajo
los efectos de las mismas.
La
generalización de este tipo de controles coincide con el comienzo de la campaña
de control de drogas y alcohol que la
Dirección General de Tráfico pone en marcha hoy y que finalizará el domingo 15.
Pese a que la campaña tiene una duración determinada de una semana, los
controles preventivos de drogas, se seguirán realizando de forma generalizada en
todo tipo de vías, días y horas, tal y como se vienen realizando los de
alcohol.
El
objetivo principal de extender este tipo de controles preventivos es la de
reducir los accidentes de carretera provocados por el consumo de drogas y crear una mayor conciencia entre los
conductores, similar a la que ya se tiene con el alcohol y la conducción.
Los
controles hasta ahora realizados aleatoriamente dentro del Proyecto DRUID (Driving
under the influence of Drugs, Alcohol and Medicines) constatan el hecho de que
se ha invertido el ratio alcohol/drogas, de manera que la probabilidad de
conducción tras el consumo de drogas es mayor que la probabilidad de conducción
tras el consumo de alcohol.
Conducir
tras haber ingerido alguna sustancia psicoactiva afecta a las capacidades del
conductor e incrementa entre 2 y 7 veces la probabilidad de provocar o sufrir
un accidente de tráfico respecto a quienes no consumen ninguna sustancia. Distorsión
de la atención, dificultad en la coordinación, pérdida de tiempo de reacción y velocidad
excesiva son algunas de las consecuencias que supone conducir tras haber
ingerido drogas como el cannabis, éxtasis, cocaína, opiáceos y anfetaminas.
Además,
si ningún conductor circulara tras haber consumido drogas, se podría evitar la
muerte de al menos 480 personas cada año.
TODOS LOS DÍAS
Y A CUALQUIER HORA
La
realización de un control de drogas es similar a la que ya se realiza con el
alcohol. Los Agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil cuando
ordenan la detención de un vehículo para que su conductor se preste a realizar
la prueba de control de drogas, le informarán de la obligatoriedad de someterse
a dicha prueba, ya que en caso de negarse incurriría en delito.
El
agente encargado tomará una muestra de saliva del conductor que introducirá en
un dispositivo que analizará la muestra. Si el resultado es positivo, se
obtendrá una segunda muestra de confirmación, que se enviará directamente a un laboratorio para su
posterior análisis, sin perjuicio de que el conductor pueda solicitar una
prueba de contraste en sangre.
En
caso de que la prueba de detección de drogas resulte positiva, el conductor
será sancionado administrativamente con una multa de 500 euros y la retirada de
6 puntos del carné de conducir. Si además de dar positivo, el conductor
presenta una sintomatología evidente de conducir bajo la influencia de
sustancias psicoactivas el conductor será puesto a disposición judicial
imputado por un delito contra la seguridad vial.
El
Código Penal establece en el artículo 379.2 penas de prisión de tres a seis
meses o multa económica de seis a doce meses (en función del salario personal)
o bien la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en
cualquier caso la privación de conducir vehículos a motor por tiempo superior a
un año y hasta cuatro años para aquellos conductores que condujeren un vehículo
de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas.
Además,
el Código Penal estipula que el conductor que se niegue a someterse a estos
controles de drogas será castigado con penas de prisión de seis meses a un año
y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotor por tiempo
superior a uno y hasta cuatro años.
ESPAÑA A LA
CABEZA DEL CONSUMO DE COCAÍNA Y CANNABIS
El
proyecto DRUID, promovido, integrado y cofinanciado por la Comisión Europea y
en la que han participado 19 países y Noruega, concluye que en España es un
hecho conducir después de consumir
sustancias psicoactivas. Además, el cannabis y la cocaína son las dos
sustancias más frecuentemente halladas, datos que son congruentes con los
publicados por el Observatorio Español sobre Drogas para el conjunto de la
población española.
Según
los controles aleatorios realizados, el 19,4% de los conductores circulaban
tras haber consumido drogas. Este dato tiene su reflejo en el informe 2011 del
Instituto Nacional de Toxicología, publicado la semana pasada, donde el 15% de
los conductores fallecidos en accidente de tráfico circulaban tras haber
consumido drogas, porcentaje que va ascendiendo desde hace algunos años, tal y
como muestra la gráfica.
Además este informe refleja que el 45% (316) de los 702 conductores fallecidos presentaron resultados
positivos en sangre a drogas y/o psicofármacos y/o alcohol.
Y POR SUPUESTO
TAMBIÉN CONTROLES DE ALCOHOL
Pese
a la generalización y novedad que suponen los controles preventivos de drogas
en esta campaña, los Agentes de Tráfico continuarán vigilando que los
conductores no conduzcan después de haber ingerido alcohol. Para ello, se
seguirán realizando numerosos controles de alcoholemia para expulsar de la
carretera a aquellos conductores que conducen tras haber consumido algún tipo
de bebida alcohólica y que pueden provocar o sufrir un accidente de tráfico. No
hay que olvidar que el alcohol no sólo no está relacionado con una mayor accidentalidad,
sino que también repercute en una mayor mortalidad, al ser un factor
relacionado con un peor pronóstico en las lesiones sufridas.
El
pasado año, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil realizó más de 5,5
millones de pruebas en controles preventivos, resultando positivas más de
100.000, el 1,8%. Pese a que este porcentaje se está reduciendo año a año,
todavía son muchos los conductores que conducen tras haber ingerido alcohol.
Tasas máximas del alcohol permitidas para conducir
CONDUCTORES
|
LÍMITE EN SANGRE
|
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO
|
(1) GENERAL
|
0'5 gr./l
|
0'25 mg/l
|
(2) PROFESIONALES
|
0'3 gr./l
|
0'15 mg/l
|
(3) NOVELES
|
0'3 gr./l
|
0'15 mg/l
|
LA CAMPAÑA EN RADIO
La nueva
campaña de la DGT pretende informar a la población sobre la existencia y
funcionamiento de los nuevos controles de droga para conductores.
Se han creado
cuatro cuñas de radio en las que se describen los efectos del consumo de drogas
sobre la conducción, el funcionamiento de las pruebas y las sanciones que
conlleva este comportamiento.
El enfoque de
la campaña parte de la idea de que si se consumen drogas y se conduce las
consecuencias de ese consumo pueden repercutir en el resto de usuarios de las
vías.
Este concepto
se recoge en el slogan:
Si consumes
drogas y conduces la víctima no eres solo tú.
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