Los
juzgados de Madrid anulan las sanciones de tráfico del Ayuntamiento de la
capital que se imponen mediante cámara, tanto las ubicadas en un semáforo (que
implican 200 euros y retracción de 4 puntos), como las que se utilizan para
sancionar a quienes transitan por las zonas de circulación restringida.
La
empresa de asesoría jurídica Pyramid Consulting tiene numerosas sentencias favorables en las que el juzgado
de lo Contencioso Administrativo de Madrid estima que las multas apoyadas con
fotografías lesionan la presunción de inocencia si en la denuncia no se
acompaña un documento que demuestra la fiabilidad del instrumento de captación
fotográfica.
• Los juzgados dejan sin efecto
las multan avaladas con fotografía
• Las cámaras que se emplean
para denunciar no están sometidas a control metrológico
• La fiabilidad de los
elementos no está demostrada
• El Ayuntamiento de Madrid
Obligado a devolver el dinero
• Sin retracción de puntos (4
puntos por falta grave).
• El Ayuntamiento es condenado
a las costas