La Dirección General de Tráfico trabaja en un real decreto
para impedir que los patinetes eléctricos circulen por la acera y para
establecer una velocidad máxima para ellos de 25 kilómetros por hora.
Fuentes de Tráfico han
informado a Efe de los trabajos para aprobar una normativa básica estatal, que
posteriormente podrán ampliar los ayuntamientos.
La idea de Tráfico es que los
usuarios de estos patinetes no necesiten un permiso de conducción, al ser
catalogados como vehículo de movilidad personal con propulsión eléctrica, pero
sí que deban someterse a controles de alcoholemia y drogas, como los conductores.
Precisamente este miércoles se
tuvo constancia de la primera muerte por atropello de un patinete eléctrico,
una anciana de 92 años embestida en agosto mientras caminaba por la acera de
una calle de Esplugues de LLobregat (Barcelona) por uno de estos vehículos en
el que viajaban dos jóvenes.
También en las últimas semanas
los patinetes eléctricos han protagonizado más incidentes en Barcelona, el
último hace dos semanas cuando la Guardia Urbana logró identificar gracias a la
colaboración ciudadana al conductor de un patinete eléctrico que circulaba a
unos 70 km/h por la acera de la Avenida Diagonal.
El director general de
Tráfico, Pere Navarro, avanzó a Efe hace más de un mes que su departamento
regularía estos patinetes después de que todos los ayuntamientos le pidieran
que diera "cobertura jurídica" a estos vehículos ante su notable
proliferación en las ciudades. Navarro apuntó entonces a Efe que se darían unas
normas "muy básicas" para que estos patinetes tuvieran cierta personalidad
jurídica.
La DGT ya emitió una
instrucción sobre "vehículos de movilidad personal" (VMP) en 2016 en
la que destacaba que no podían ser asimilados a los peatones ni ser
considerados vehículos a motor. Partiendo de esa base, se señalaba que los VMP
pueden ubicarse físicamente "en la calzada, siempre que se trate de vías
expresamente autorizadas por la autoridad local", pero dejaba en manos de
los ayuntamientos autorizar su circulación por aceras, zonas peatonales,
parques o habilitar carriles especiales con las prohibiciones que consideraran
necesarias. Al no ser vehículos a motor, añadía, no requieren de autorización
administrativa para circular "hasta que no se regule definitivamente, no
cabe exigir al usuario la titularidad de permiso o licencia de conducción"-
y tampoco un seguro obligatorio.
Fuentes de Tráfico subrayan a
Efe que el objetivo de esta primera regulación es desarrollar esa instrucción y
facilitar a los ayuntamientos que tengan una base común para que después puedan
adoptar medidas complementarias o más restrictivas. Por el momento, los
trabajos están iniciados, aunque las fuentes consultadas desconocen el plazo
para que este decreto entre en vigor, pues la iniciativa deberá someterse a
estudio primero en el Ministerio del Interior y luego ser remitido al Consejo
de Ministros.
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