Durante
el puente se intensifica la vigilancia
Entre enero y mayo más de 41.000 dieron
positivo en los controles de alcohol y drogas realizados por la ATGC
Doce de cada cien conductores conduce
después de consumir alguna sustancia psicoactiva
Fumar tres porros multiplica por 7 el
riesgo de accidentes
Durante los tres próximos días, coincidiendo con el puente
festivo del 15 de agosto, uno de los fines de semana con más movimiento de
vehículos del año, la Dirección General de Tráfico realizará una campaña especial de vigilancia y
concienciación sobre el riesgo que supone el consumo de sustancias psicoactivas
y la conducción.
Entre el
12 y el 14 de agosto, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia
Civil (ATGC) intensificarán los controles sobre este factor de riesgo causante
de casi un tercio de los accidentes mortales. Para ello, se establecerán
diferentes puntos de control en todo
tipo de carreteras y a cualquier hora del día, donde se realizarán más de
25.000 pruebas diarias de alcoholemia y drogas a los conductores que circulen
por ellas.
Se pondrá
especial énfasis en los colectivos policonsumidores, aquellos conductores que se ponen al volante
y que consumen habitualmente alcohol y/o drogas.
Con el
objetivo de que la campaña se generalice también en las vías urbanas, Tráfico
ha invitado a los ayuntamientos de más de 25.000 habitantes para que se sumen a
la campaña, con el establecimiento de controles en sus respectivos cascos
urbanos.
Con este
tipo de campaña se quiere crear una mayor concienciación entre los conductores
de que no solamente el alcohol y la conducción es un binomio peligroso, sino
que también las drogas y la conducción son en numerosas ocasiones sinónimas de
muerte.
A TENER
EN CUENTA
• La DGT en los primeros cinco meses del
año ha realizado 33.324 pruebas para detección de drogas de las cuales
resultaron positivas 11.849, es decir el 35,6 %.De alcohol se han realizado 2,1
millones de pruebas, resultando positivas 29.476, el 1,39%. Es decir que 41.325
conductores circulaban bajo influencia de drogas o alcohol.
• El 43,10% de los conductores fallecidos
en 2015, en accidente de tráfico en carretera durante el pasado año y que
fueron analizados por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencia Forenses
(INTCF) dio positivo en alcohol, drogas y/o psicofármacos.
• De entre los fallecidos al volante que
dieron un resultado positivo en las diferentes sustancias analizadas (275
conductores del total) el 66,91% había ingerido alcohol; al 31,64% se le
detectó algún tipo de droga y un 26,55% había consumido psicofármacos.
• Los datos reflejan un aumento del consumo
de alcohol, psicofármacos y drogas entre los fallecidos en carretera comparados
con los resultados de la memoria de 2014. La presencia de alcohol ha aumentado
del 26,22% en 2014 al 29,31% en las víctimas de 2015; los positivos de
psicofármacos han pasado del 10,74% al 11,44%, y se mantiene la ingesta de
drogas, que pasó del 13,35% al 13,64 %.
• El 70% de los conductores fallecidos con
alcoholemia positiva presentó una tasa de alcohol superior a 1,2 g/L, un
porcentaje que se eleva al 74,46% en el caso de los atropellados.
• En los positivos por drogas, la sustancia
más detectada entre los conductores ha sido la cocaína (49,43% de los
positivos) seguida del cannabis (43,68%) y los opiáceos derivados de la morfina
(13,79%).
• En el caso de los peatones fallecidos, el
46,37% del total de los 179 casos analizados dio resultado positivo, de los
cuales el 56,63% había consumido alcohol, el 39,76% psicofármacos y el 33,73%
algún tipo de droga.
• El último estudio de prevalencia de
consumo de sustancias psicoactivas elaborado por la DGT durante el año 2013
concluye que conducir después de haber consumido sustancias psicoactivas es un
hecho frecuente en España, alcanzando a doce de cada cien conductores.
• Alteraciones que producen y efectos de
las drogas en la conducción:
• El alcohol es absorbido rápidamente en
sangre y afecta al cuerpo de diferentes maneras tales como reacciones y
movimientos más lentos; problemas de coordinación, dificultades de
concentración, incremento de la somnolencia…
¿QUÉ DICE
LA LEY?
• Vía administrativa: La Ley de Seguridad
fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores. Así como la
prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
Tasas
máximas del alcohol permitidas para conducir
CONDUCTORES
|
LÍMITE EN SANGRE
|
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO
|
(1) GENERAL
|
0'5
gr./l
|
0'25
mg/l
|
(2) PROFESIONALES
|
0'3
gr./l
|
0'15
mg/l
|
(3) NOVELES
|
0'3
gr./l
|
0'15
mg/l
|
• Vía Penal: El capítulo IV del Código
Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las
siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de
drogas
DELITO
|
PENAS
|
||
Tasas superiores a:
- 0.60 mg/l en aire.
- 1,2 gr/l en sangre.
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
||
Negativa a someterse a
las pruebas.
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
Todos los
informes, estudios y estadísticas de las
que se disponen sobre alcohol/drogas y conducción llevan a un mismo objetivo
que es el de evitar que ciudadanos que hayan ingerido cualquier sustancia
psicoactiva se pongan al volante.
Por este
motivo, la Ley de Seguridad Vial contempla para los conductores reincidentes,
tomados como tales aquellos que hubieran sido sancionados en el año
inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol, la sanción de 1.000€.
Esta
misma sanción de 1.000€ se aplica también a aquellos conductores que circulen
con una tasa que supere el doble de la permitida.
En el
caso de las drogas, la ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el
organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo
prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción
catalogada como muy grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la
retirada de 6 puntos.
Sanciones (Vía administrativa)
TASA
|
SANCIÓN
|
|
ALCOHOL
|
Más de 0,25mg/l y hasta 0,50mg/l
|
500 euros y 4 puntos
|
Más de 0,50 mg/l
|
1.000 euros y 6 puntos
|
|
Reincidentes
|
1.000 euros y 4 o 6 puntos (dependiendo de la
tasa dada)
|
Penas (Vía penal)
DELITO
|
PENAS
|
|
DROGAS
|
Conducir bajo la
influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
Negativa a someterse a
las pruebas
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
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