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En el 16% de
los accidentes mortales de 2014, la
velocidad fue un factor concurrente
Los conductores españoles superan la media europea de
conductores que afirman circular por encima de los límites de velocidad
establecidos en los distintos tipos de vías, según el informe SARTRE 3
España es de los pocos países que tienen limitadas
algunas carreteras convencionales a 100km. Las velocidades máximas en estas
vías en la mayoría de los países de la Unión Europea es de 90 km y 80 Km
Voluntarios de la Federación Nacional de Asociaciones
de Lesionados Medulares y Grandes Discapacitados Físicos (ASPAYM) colaboran en la campaña
Las gafas ceden el protagonismo al CD dentro de la
campaña www.LosObjetosMasCarosDelMundo.com
20 de julio de 2015.- El aumento de los viajes por
carretera en los meses de verano y el mayor tránsito de vehículos por vías
secundarias, debido al incremento de desplazamientos cortos que se realizan
desde los lugares de descanso a otras poblaciones cercanas son algunas de las
causas que lleva a la Dirección General de Tráfico a poner en marcha desde hoy
y hasta el próximo domingo 26 de julio
una campaña especial para intensificación de la vigilancia y control de la
velocidad.
Durante una semana, los agentes de la Agrupación de
Tráfico de la Guardia Civil duplicarán los controles para vigilar que los
conductores cumplen los límites establecidos en las carreteras, en especial en
los más de 140.000 km. de vías convencionales que hay en España, carreteras que
presentan un mayor riesgo vial y que registran 8 de cada 10 fallecidos.
Como suele ser habitual en este tipo de campañas, la
DGT invita a los ayuntamientos a sumarse a la misma de modo que también en las
vías urbanas se realice esa concienciación
y se controle la velocidad
CAMPAÑA DIVULGATIVA
Además de incrementar la vigilancia a pie de carretera
o desde el aire con los seis Pegasus, Tráfico también va a lanzar varios
mensajes a través de los medios de comunicación para concienciar a la población
de que respetar los límites de velocidad establecidos es esencial para reducir
la siniestralidad.
Siguiendo con la Campaña de Verano: los objetos más
caros del mundo, las gafas van a ceder el protagonismo a un nuevo objeto que en este caso es una
canción, con un mensaje muy claro: "porque cambiar una canción mientras
conduces puede producir consecuencias importantes para todos". La canción
sirve de ejemplo de distracción, distracción que suele estar asociada no solo
con salidas de vía, sino con aumentos de velocidad en torno a la acción que
distrae, tal y como el anuncio recuerda.
Para trasladar este mensaje de campaña se ha
desarrollado un spot de 60" para RRSS y cines, spots de TV 30" y
20", además de una gráfica para los medios impresos, 4 cuñas para radio (3
genéricas de campaña y una más informativa), campaña on line y acciones
especiales en Centros Comerciales.
El hashtag que se ha creado para RRSS de este
producto, y que sustituirá al anterior objeto es #LaCancionMasCaradelMundo.
La idea es seguir compartiendo este objeto a través de
la web www.LosObjetosMasCarosDelMundo.com,
porque solo por compartirlo se podrá bajar el precio del objeto y ayudar a que todos nos concienciemos
de que una pequeña decisión sin importancia al volante puede desencadenar
graves consecuencias para todos.
LA VELOCIDAD Y LA SINIESTRALIDAD
En España, con los datos ya consolidados de 2014, más
de 7.000 accidentes con alguna víctima tuvieron la velocidad inadecuada como factor concurrente, convirtiéndose dicho
elemento en el componente fundamental que determina la mayor o menor incidencia
en la siniestralidad vial, la gravedad y el grado de lesión de las víctimas en
caso de accidente de tráfico. Además, en el caso de los accidentes mortales, en
un 16% de ellos, la velocidad fue un factor concurrente.
Según se recoge en el
estudio “El porqué de los radares: efectividad de los radares como
medida de control de velocidad, del Grupo de Investigación Facthum.lab de la
Universidad de Valencia “la velocidad excesiva reduce el tiempo de reacción,
dificulta el control del vehículo y la rectificación de la trayectoria, aumenta
la agresividad y el estrés del conductor y altera el funcionamiento sensorial
(disminuyendo el campo visual) y el fisiológico (aumentando el nivel de
fatiga)”
Además, según la Dirección General de Movilidad y
Transporte de la Comisión Europea, la velocidad es un factor determinante en el
30% de los accidentes mortales y el exceso de la misma aumenta tanto el riesgo
de sufrir accidentes como la probabilidad de sufrir lesiones de carácter grave
e incluso morir.
Esta misma situación se produce también en el caso de
atropellos a peatones, según la OMS a partir de 80km/h es prácticamente
imposible que un peatón se salve en caso de atropello. A una velocidad de 30
km/h el riesgo de muerte del peatón se reduce al 10%
A pesar de la evidencia científica, los límites de
velocidad establecidos para los distintos vehículos y vías siguen sin
respetarse por la totalidad de los conductores, en especial por los conductores
españoles, que según el informe SARTRE 3, superan la media europea de
conductores que afirman circular por encima de los límites de velocidad
establecidos en los distintos tipos de vías: 37% de los españoles afirma
superar los límites en autopistas o autovías; el 34% en carreteras
convencionales y el 11% en zona urbana.
NUEVA MEDIDAS DE GESTIÓN DE LA VELOCIDAD
Por este motivo, desde comienzos de año, la DGT ha
puesto en marcha progresivamente una serie de medidas encaminadas a controlar
de forma efectiva la velocidad, principalmente en carreteras secundarias, entre
las que destacan:
Unificación, en todo el territorio competencia de la
DGT, del umbral de tolerancia con el que actúan los radares, de modo que
independientemente de la zona por la que se circule, el conductor conoce cuál
es la velocidad a partir de la cual cualquier radar va a sancionar...
Limitación de velocidad (genérica o específica)
|
30
|
40
|
50
|
60
|
70
|
80
|
90
|
100
|
110
|
120
|
Velocidad de activación del cinemómetro
|
38
|
48
|
58
|
68
|
78
|
88
|
98
|
109
|
120
|
131
|
·
Controles
con radares móviles, visibles (salvaguardando la seguridad de los agentes), de
corta duración y ubicados en múltiples emplazamientos. A comienzos del mes de
julio Tráfico dio a conocer a través de la web, los tramos donde se está intensificando la
vigilancia con este tipo de radares.
·
Radares que diferencian
el tipo de vehículo que ha cometido la infracción de velocidad para así aplicar
la sanción en función de la limitación específica aplicable a cada uno.
·
Vigilancia
al Polinfractor. Cuando un conductor es detectado cometiendo una infracción de
exceso de velocidad y es parado e identificado, los agentes de la Agrupación de
Tráfico podrán realizarle, si lo consideran necesario, las pruebas de detección
de alcohol y drogas, así como una revisión de la documentación, para comprobar
que tanto el permiso para conducir, ITV y seguro del vehículo se encuentran en
regla.
UN MENSAJE QUE LLEGA
Desde 2007, la Asociación de
Lesionados Medulares y Grandes Discapacitados Físicos (ASPAYM) colabora con la
DGT concienciando a los conductores sobre el grave riesgo que supone para la
conducción el exceso de velocidad.
Para ello, personas voluntarias con lesión medular víctimas de un accidente
de tráfico acompañarán a los agentes de tráfico encargados de realizar los
controles. En ese momento, el voluntario de ASPAYM se acerca al vehículo
retenido, trasladándole el mensaje común de la campaña y demostrando al mismo
tiempo con su presencia, las consecuencias y secuelas irreversibles de los
actos imprudentes.
Este año son 21 provincias donde
Aspaym va a colaborar en la campaña:
Albacete, Ávila, Alicante, A Coruña,
Castellón, Córdoba, Cuenca, Granada, León, Lugo, Madrid, Málaga, Mallorca,
Murcia, Oviedo, Las Palmas de Gran Canaria, Santander, Sevilla, Toledo,
Valladolid, Valencia.
ASPAYM desarrolla su propia campaña
de sensibilización. “No corras, no bebas… no cambies de ruedas” que es el lema
de su acción que acompañan con un folleto titulado “Conduce como si te fuera la
vida en ello” donde dan consejos de cómo realizar un viaje con seguridad en
coche en una época del año, en la que se realizan un gran número de
desplazamientos.
LA VELOCIDAD EN EUROPA
Desde la entrada en vigor de la
Directiva Transfronteriza por la que se facilita el intercambio de datos entre
los países miembros de la UE cuando se han cometido infracciones de tráfico en
materia de seguridad vial, cualquier ciudadano europeo puede recibir en su
domicilio una denuncia por haber infringido la norma cuando circulaba por las
carreteras europeas.
En el caso de la velocidad, los
límites máximos a los que se puede circular en los países de la UE no son
homogéneos y varían en función del estado miembro.
Por ejemplo, España es junto con
otros 4 países (todos ellos con peores tasas de mortalidad por accidente de
tráfico que nosotros) de los pocos países que tienen limitadas algunas
carreteras convencionales a 100km. Las velocidades máximas en estas vías en la
mayoría de los países de la Unión Europea es de 90 km y 80 Km, incluso hasta 74
km/h en las carreteras Suecas, líder mundial en materia de seguridad vial
Ciudadanos españoles ya están recibiendo denuncias por haber excedido los
límites de velocidad en países como Francia, Austria, Alemania, Holanda….
Igualmente, Tráfico está enviando denuncias a ciudadanos de otros países que
han circulado por nuestras carreteras a mayor velocidad de la permitida.
RECORDATORIO DE LOS LÍMITES GENÉRICOS DE VELOCIDAD
La velocidad genérica máxima para turismos y motos en autopistas y autovías
sigue siendo 120 km/h. En carreteras secundarias, de100 km/h o 90 km/h en
función de la anchura del arcén y en vías urbanas dicha velocidad genérica es
de 50 km/h. Para furgonetas, camiones y autobuses, la velocidad máxima para
cada tipo de carretera por la que se circule es inferior tal y como se recoge
en el artículo 48 del Reglamento de Circulación.
Por tanto, y teniendo en cuenta estas velocidades, establecidas en el
Reglamento General de Circulación, los conductores que las incumplan estarán
cometiendo una infracción grave o muy grave, sancionada con multa de 100 a 600
euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos, dependiendo del exceso de velocidad
cometido.
En el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en sesenta
kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía
interurbana a la permitida reglamentariamente, el Código Penal lo tipifica como
delito y es castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de
multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y
uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a
conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta
cuatro años.
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