Seudónimo
de Samuel Langhorne Clemens, escritor y periodista estadounidense.
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SE VUELVE A LEGISLAR, DEPRISA Y
CORRIENDO,
VAYA VERANITO NOS ESPERA.
Nuestro legislador, parece
que se quiere ir por la “puerta grande”, y tenemos modificaciones de esencial
trascendencia y están ahí, la semana que viene, el 1/7/2015 entran en vigor,
con errores garrafales (Diario EL PAÍS)) ,
en un asunto de tan vital importancia como es el Código penal, pero eso
sería objeto de comentario de otro sitio, aquí valoraremos y opinaremos de las
que nos afectan directamente como conductores, peatones, lesionados,
accidentados en general con motivo del tráfico y la circulación vial diaria.
Pues bien, entre las
novedades, el nuevo baremo distingue entre daño emergente y lucro cesante a la
hora de calcular la indemnización por lesiones en accidente de tráfico. Y esto
¿es bueno o no? Antes de esta reforma, existía un porcentaje fijo.
Ahora podrá “probarse” que
existe un lucro cesante, es decir una pérdida real de ingresos, con P.ej.
nóminas u otros ingresos, y tener en cuenta los descuentos sociales u otras
formas de acreditar el lucro cesante, sin tener que hacerse de una manera
mecánica, afectara de una manera significativa a la elección del mejor
profesional que tengamos, que siempre será mejor el abogado que hayamos elegido
libremente con cargo al seguro, como nos permite nuestra póliza de seguro, y
que sea capaz de hacer un buen trabajo para obtener el mejor resultado para el
accidentado, antes estábamos en manos de profesionales mecanizados, como en
realidad es el baremo.
Otra de las grandes
novedades, es que la actualización del baremo se hará de manera automática, y
no habrá que esperar que cada año sea aprobada y publicada dicha actualización
por el gobierno de turno. Un gran error en mi opinión, pues no se realizará
conforme el IPC, si no que se utilizará el índice de revalorizaciones de las
pensiones, previsto cada año en la ley de presupuesto del Estado, cuando todos
sabemos que las pensiones tienden a la congelación, desafortunadamente, esto
“orienta” a donde nos dirige la modificación como más adelante veremos. (…)
Como “positivo”, existe en
el nuevo baremo una actualización al alza de las indemnizaciones por lesiones
graves y fallecimiento, y en algunas llegándose hasta un 50% más de mejora.
Claro que esto debe ser fruto de un análisis económico-financiero de cuáles son
los siniestros mayoritarios, aunque la mayoría
me llamará “mal pensado”, si no me creen sigan leyendo, porque causalmente ¿qué
desaparece?
Pues, que va ser, desaparece
el conocido como “Latigazo cervical”, de entre las llamadas “secuelas de
dolor”, esto va dirigido a acabar con la secuela de mayor porcentaje en
cualquier accidente de tráfico, y la que más dinero suponen al año para las
aseguradoras, si es cierto que se pretende luchar contra el fraude al seguro,
que lo hay, esto no es negable, pero al final como no, acabaran pagando justos
por pecadores, si ahora al lesionado se le exige probar que la secuela existe,
hará que en la mayoría de los casos, ya sea por falta de medios, o por,
precisamente la disparidad de medios
entre la compañía de seguros y el lesionado, haga que en el mayor número de
casos se desista de reclamar y una vez dado de alta, se pierda el derecho a una secuela que
realmente existe pero no se ha podido probar, siendo además la prueba del dolor
difícilmente acreditable. (Como en el caso del latigazo cervical). Y esto no sería
realmente tan trascendente si no fuera por lo que sigue, siga leyendo y verá.
Para ponerle el broche a la
reforma, lo más grave, es que la mayor parte de los accidentes de tráfico
dejaran de poder ser llevados ante un juez de lo penal, por la vía de la
desaparición de los conocidos como juicios de faltas de tráfico, con las
ventajas que esto conllevaba, en tiempo, más rápido que un juicio civil, y
fundamentalmente en medios, para la persona sin recursos y que equilibraba un
poco la balanza con la seguradora, pues contaba con un profesional neutral que
valoraba sus daños, incapacidad y secuelas sin coste, al formar parte de la
estructura del juzgado, a través del Forense adscrito al mismo, se ganaba en
seguridad jurídica, y como decimos en aparente igualdad de armas frente a las
grandes compañías de seguros, ya que todo esto en la vía civil supondrá tiempos
más largos, procesos más complejos y costosos,
y al final tener que asumir más costes y costas.
En fin, una nueva vuelta
atrás en Derechos al Ciudadano en beneficio de “otros”, esos que tienen
abogados en plantilla, peritos y médicos en clínicas propias y que los costes,
dilaciones y excesivos plazos en la Justicia no dejan de ser una “línea” en la
hoja de cálculo del consultor o director financiero de turno, que según donde
acabe la muesca en colorines en la presentación del power point, significará
rentabilidad o no¡¡¡ frente a la “línea” de la vida del accidentado, que
supondrá, sufrimiento, dolor y desesperación.
Parece que no avanzamos.
Probablemente esté equivocado y mi opinión no tenga mayor valor, así que
sigamos pensando que todo está bien. Otro día más.
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