La directora general de
Tráfico comparece en el Congreso para informar de la situación actual de
nuestro país en relación con la seguridad vial
Ocho años antes de los
estipulado España consigue dos de sus objetivos: reducir en un 25% el número de
conductores de 18 a 24 años fallecidos y heridos graves en fin de semana y reducir un 20% los fallecidos y heridos
graves usuarios de motocicletas
Además ha informado de las
novedades que la Ley de Seguridad Vial introduce tras ser publicada hoy en BOE
Los límites de velocidad no
varían con la reforma de la Ley
Se prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo. La
sanción es de 1.000 euros
La directora general de
Tráfico, María Seguí Gómez ha
comparecido esta mañana en el Congreso de los Diputados para informar sobre la
situación actual en la que se encuentra la seguridad vial en nuestro país
dentro del ámbito del decenio 2011-2020 en el que se establecieron una serie
indicadores que sirven para alcanzar el objetivo establecido de reducir a la
mitad el número de fallecidos en accidente de tráfico.
Otro
asunto del que ha informado a la
Comisión de Seguridad Vial ha sido sobre los aspectos que la nueva reforma de
la Ley de Seguridad Vial introduce tras ser
ratificada en la Cámara Baja el pasado 20 de marzo y publicada hoy en el
BOE.
De
los trece indicadores seleccionados para objetivar la reducción de la
siniestralidad vial recogidos en el Plan
Estratégico de Seguridad Vial 2001-2020, dos de ellos han sido alcanzados ya en
2012, ocho años antes a la fecha prevista. Concretamente, son los referidos a
la reducción de un 25% de conductores de 18 a 24 años fallecidos y heridos
graves en fin de semana y un 20% menos de fallecidos y heridos graves usuarios
de motocicleta.
Todavía
no se ha alcanzado, aunque se está muy cerca de conseguir, la reducción del 30% de los fallecidos por
salida de vía en carretera convencional y el indicador de la tasa de fallecidos
por millón de habitantes. En la misma línea progresiva se sitúan los otros seis
indicadores: reducción de un 35% del número de heridos graves, reducción de un
30% de fallecidos por atropello, cero fallecidos en turismo en zona urbana,
30% menos de fallecidos in itinere y la reducción en un 50% el porcentaje de
vehículos ligeros que superan el límite de velocidad en más de 20 km/h.
Por
contra, hay tres indicadores para los cuales las cifras de 2012 muestran un
retroceso. Uno es el referido a cero
fallecidos sin sistema de retención infantil (en 2012, 15 menores fallecidos
iban sin ningún sistema de retención), otro es el del 10% menos de conductores
fallecidos mayores de 64 años y el último el de conseguir un millón más de ciclistas sin que aumente su
tasa de mortalidad
Con
estos datos, la directora general de Tráfico ha valorado positivamente el progreso realizado, pero ha destacado la
necesidad de poner en marcha medidas concretas en las tres áreas anteriormente
citadas.
Al
mismo tiempo, aboga por revisar al año que viene los indicadores establecidos
para poder plantearse retos adicionales una vez superados algunos de los inicialmente
propuestos
SEGUIMIENTO
DE HERIDOS GRAVES
Los
accidentes de tráfico, además de producir fallecidos también producen lesiones
graves que no resultan mortales, pero
que requieren asistencia sanitaria y que en algunos casos dejan secuelas de por vida causando
diferentes grados de incapacidad.
Hasta
2010, los fallecidos siempre han sido contabilizados y monitorizados por las
estadísticas de la DGT (policiales) donde se informaba de heridos graves y
heridos leves según hubieran requerido o no ingreso hospitalario o solo
atención medica de consultas externas o urgencias. Estos datos mostraban una
relación de 1:5:55, es decir que por cada fallecido en accidente de
tráfico a 30 días post accidente se
producían en torno a 5 hospitalizados y
55 heridos atendidos en urgencias.
Desde
2011, se ha ido mejorando los sistemas de información y los datos policiales se
han contrastado con otras fuentes (hospitalarias), de modo que se ha evidenciado que por cada
fallecido hay 12 personas hospitalizadas y 276 heridos atendidos en urgencias.
Además,
con este contraste de información se ha constatado que más de 300 municipios de
España no habían comunicado ningún parte de accidente desde 2008 y aquellos que
lo comunicaban diferían mucho entre ellos de la información dada, hechos todos
ellos que llevan a pensar que hay una tendencia a infranotificar los heridos
hospitalizados en los partes policiales.
Con
estas mejoras introducidas, la DGT está trabajando en la consolidación de los
datos de 2013 para poder presentarlos en breve.
Hasta
que llegue ese momento, Seguí ha recordado que 2013 fue el año con menos
fallecidos en vías interurbanas en España. Concretamente, se produjeron 994
accidentes mortales en los que fallecieron1.128 personas y 5.206 resultaron
heridas graves, es decir, 173 fallecidos menos que en 2012, lo que supuso un
descenso del 13% y un 16% menos en el caso de los heridos graves.
Las
carreteras convencionales fueron las vías donde se produjeron el mayor número
de accidentes y de fallecidos. De los 1.128 fallecidos, 898 fueron en carretera
convencional. A pesar de estos datos, es la primera vez que se baja de 1.000
fallecidos en vías convencionales.
REFORMA DE LA LEY DE SEGURIDAD VIAL
En
la línea de continuar reduciendo las cifras de siniestralidad en las carreteras
y mejorar la seguridad de todos los usuarios de la vía, el pasado 20 de marzo
el Congreso de los Diputados aprobó la reforma de La Ley de Seguridad Vial, Ley
que entrará en vigor en el plazo de un mes, contado desde mañana, que introduce
una serie de novedades todas ellas incluidas en uno de las cinco áreas
prioritarias de la DGT y que suponen una mejora en distintos aspectos de la
seguridad vial, entre las que destacan:
• Tolerancia cero con alcohol,
drogas y medicamentos en dosis no terapéuticas. Es uno de las principales
medidas y cambios que entrará en vigor, al mes de publicarse la Ley en el BOE.
Se
prohíbe conducir con presencia de drogas
en el organismo, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo
prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Su sanción será de
1.000 euros y la pérdida de 6 puntos.
En
el caso del alcohol, la multa será de 1.000 euros para los que dupliquen la
tasa permitida o para los reincidentes en el último año. Para el resto de
casos, la sanción y la pérdida de puntos no cambia.
• Movilidad segura y
sostenible: Se refuerza la seguridad de los ciclistas sobre todo en los
adelantamientos donde se permite al vehículo que adelante al ciclista a ocupar
parte o la totalidad del carril contiguo o contrario; no se podrá poner en
peligro ni entorpecer la marcha de los ciclistas que circulen en sentido
contrario y se obliga a los menores de 16 años a ir debidamente protegidos con
casco cada vez que usen este medio de desplazamiento, independientemente de la
vía por la que circulen. Esta obligación entrará en vigor, al mes de publicarse
la Ley en el BOE contado desde el día siguiente, el resto de preceptos
requieren de un desarrollo en el Reglamento de Circulación, en cuya reforma ya
se está trabajando.
Se
introduce la posibilidad de inmovilizar el vehículo, si no se dispone de un dispositivo de retención infantil
adecuado al menor o menores que
desplaza. Asimismo, la Ley permite que se pueda prohibir la ocupación de los
asientos delanteros del vehículo a los menores en función de su talla.
No
se recoge ningún cambio en los límites de velocidad, únicamente se mejora la
redacción del precepto y se remite al Reglamento General de Circulación para
que se establezcan los límites máximos y mínimos para conductores, vehículos y vías.
Se
prohíbe expresamente utilizar detectores de radar, los que avisan de la
ubicación de los radares siguen siendo legales.
• Sistemas de información: La
implementación del Registro Estatal de Víctimas de Tráfico supondrá agilizar la
producción de informes de siniestralidad al obligar a los agentes informantes a
comunicar los datos en tiempo y forma
• Cobertura Poblacional:
Transposición de la Directiva 2011/82 en la que se establece el procedimiento
para el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de
tráfico cuando se comentan con un vehículo matriculado en un Estado de la Unión
Europea en otro país distinto y obligatoriedad de matricular en España los
vehículos que circulen en nuestro país
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