En esta
campaña se han realizado más de 200.000 controles de alcohol y drogas
De las 188
test selectivos de drogas realizados, 93 conductores dieron positivo a
cocaína, cannabis, anfetamina, opioides
o metanfetamina
2.379 conductores han dado positivo en los 203.441 controles de alcoholemia que los agentes de
la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han realizado durante los siete
días de duración de la campaña de intensificación de controles de alcoholemia puesta en marcha por la
Dirección General de Tráfico el pasado 9 de diciembre.
El porcentaje de conductores que conducían con una tasa
superior a la permitida ha sido de un 1,2%.
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De los 2.379 conductores denunciados durante la semana de
campaña, 2.111 han sido detectados en
controles preventivos, 134 en controles tras cometer una infracción, otros 106
tras haber sufrido o causado un accidente y 28 por síntomas evidentes de
ingesta de alcohol.
Asimismo, a 2.024
conductores se les ha abierto expediente sancionador por vía
administrativa, mientras que a los 355 restantes se les han instruido
diligencias para su posterior traslado a la autoridad judicial por superar la
tasa de 0,60 mg/l en aire espirado. Además, contra otros 7 conductores se han
abierto diligencias y han sido puestos a disposición judicial por negarse a
realizar las pruebas de alcoholemia.
RESULTADOS DE DROGAS
En cuanto a los test selectivos de drogas, los agentes de
la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil realizaron 188 pruebas a
conductores que aunque habían dado negativo en las de alcoholemia presentaban
síntomas de haber ingerido alguna sustancia. De estas pruebas 93 resultaron positivas. Las drogas
detectadas han sido en 64 casos cannabis, 28
cocaína, 15 anfetaminas, 15 opioides y
7 metanfetaminas.
Las pruebas de alcohol y drogas se han realizado tanto en
horario nocturno, como en horas del mediodía con el fin de que los controles
fueran disuasorios de ingestión de bebidas alcohólicas o drogas durante las
típicas comidas que son propias de este mes.
Como es habitual, los agentes seguirán realizando
controles de alcohol y drogas a los conductores con el objetivo de disuadirlos
de conducir.
Como ya se ha comentado en anteriores ocasiones, desde la
DGT se quiere crear una mayor concienciación de que no solamente el alcohol y
la conducción es un binomio peligroso, sino que también las drogas y la conducción
son en muchas ocasiones sinónimo de muerte.
Está demostrada la relación entre consumo de alcohol,
incluso a bajas concentraciones etílicas o de drogas y la reducción de la
capacidad de conducción que se refleja en el deterioro de la atención, de las funciones visual y
auditiva, perturbaciones en el campo perceptivo, cansancio, somnolencia o
fatiga muscular y los accidentes de circulación.
RECORDAMOS LO QUE DICE LA LEY
Aunque ayer fuera aprobada la reforma de la Ley de
Seguridad Vial en el Congreso (todavía queda el trámite de su aprobación por el
Senado), el consumo de alcohol y drogas en la conducción está ampliamente
regulado en nuestra legislación a través de:
• Ley de
Seguridad Vial
En el
artículo 65 de la Ley se tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas
alcohólicas con tasas superiores a las permitidas y, en todo caso, la conducción
bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos
y cualquier otra sustancia de efectos análogos.
También se
tipifica como infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los
conductores tienen, de someterse a las pruebas de detección alcohólica y de
drogas.
Para estas infracciones muy graves, la Ley prevé la sanción de multa de 500
€
CONDUCTORES
|
LÍMITE EN SANGRE
|
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO
|
(1) GENERAL
|
0'5 gr./l
|
0'25 mg/l
|
(2) PROFESIONALES
|
0'3 gr./l
|
0'15 mg/l
|
(3) NOVELES
|
0'3 gr./l
|
0'15 mg/l
|
• En el
Permiso por Puntos
El sistema de Permiso por Puntos fija la pérdida de
puntos en función de:
La tasa de
alcohol:
-Para tasas de más de 0,50 mg/l de aire espirado para
conductores en general o más de 0,30 mg/l para conductores profesionales y
titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad, se
restarán 6 puntos.
-Para tasas superiores a 0,25mg/l hasta 0,50mg/l (los
profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de
antigüedad más de 0,15mg/l hasta 0,30 mg/l). Se restarán 4 puntos.
Drogas:
- Los conductores que dan positivo al test de drogas
pierden de su permiso de conducción 6 puntos.
• En el Código
Penal:
El capítulo IV tipifica los delitos contra la seguridad
del tráfico, y establece las siguientes penas para conducir con exceso de
alcohol o bajo la influencia de drogas
DELITO
|
PENAS
|
|
ALCOHOL
|
Tasas superiores a:
- 0.60 mg/l en aire.
- 1,2 gr/l en sangre.
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
Negativa a someterse a
las pruebas.
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
DELITO
|
PENAS
|
|
DROGAS
|
Conducir bajo la
influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
Negativa a someterse a
las pruebas
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
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