La reclamación de rebajar la edad de obtención de permisos de conducción profesionales se verá cumplida en pocas semanas, con este hito histórico para el sector del transporte, según ha anunciado Mª José Aparicio, Subdirectora General de Formación y Educación Vial de DGT, durante el seminario 'Transporte y Logística Formación Digital' de la Fundación Corell
La Dirección General de
Tráfico aprobará en las próximas semanas la reforma de las edades para la
obtención de los permisos de conducción profesionales, según ha anunciado Mª
José Aparicio, Subdirectora General de Formación y Educación Vial de la DGT,
durante el seminario online “Transporte y Logística Formación Digital”,
organizado por la Fundación Corell.
Con esta medida, se da
respuesta a una reclamación ampliamente realizada por el sector del transporte
profesional por carretera, ante la falta de conductores que afecta gravemente
al sector desde hace tiempo.
La reforma supone importantes
cambios:
Permiso C: La edad mínima será
de 18 años cumplidos, para los titulares del certificado de aptitud profesional
(CAP), obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.
Permiso C+D: La edad mínima
será de 18 años cumplidos, para los titulares del certificado de aptitud
profesional (CAP), obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial
ordinaria.
Permiso D1: La edad mínima
será 18 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud
profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de
cualificación inicial ordinaria, si bien sólo podrán conducir estos vehículos
dentro del territorio nacional hasta que el titular del permiso tenga 21 años
cumplidos.
Permiso D1+E: La edad mínima
será 18 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud
profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de
cualificación inicial ordinaria, si bien sólo podrán conducir estos vehículos
dentro del territorio nacional hasta que el titular del permiso tenga 21 años
cumplidos.
Permiso D y D+E: La edad
mínima será de 21 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud
profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de
cualificación inicial ordinaria. También, la edad mínima será de 21 años
cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial
acelerada y se trata de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo
trayecto no supere los 50 km. Por otro lado, la edad mínima será de 23 años
cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial
acelerada. Dentro del territorio nacional y hasta que el titular del permiso
tenga 21 años cumplidos, se podrá conducir a las siguientes edades:
20 años cumplidos para los
titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido
realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.
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