Doce
de cada cien conductores presentaron consumo reciente a drogas y/o alcohol
según el último informe DRUID 2013 de la DGT
Con una tasa de 1,5 g/l en
sangre, el riesgo de sufrir un accidente se multiplica por 15
Desde el pasado 9 de mayo, los
conductores que den positivo a drogas y los reincidentes en alcohol y aquellos
que superen el doble de la tasa de alcohol legal permitida se enfrentan a una
sanción de 1.000 €
El binomio alcohol/drogas -conducción es uno de los aspectos de
la Seguridad Vial que más preocupa en la Unión Europea y en especial a España,
más si cabe tras conocerse el último informe DRUID 2013 realizado por DGT y en
que se estudia la prevalencia de consumo de alcohol y drogas entre los
conductores en controles aleatorios. Dicho informe concluye que doce de cada
cien conductores presentaron consumos recientes de drogas y/o alcohol, en el
momento en el que se les realizaron los
controles.
Por
este motivo, la Dirección General de Tráfico pone en marcha desde el lunes 2 de
junio y hasta el domingo 8 de junio una nueva campaña de vigilancia y control
de alcohol y drogas entre los conductores, cuyo principal objetivo es evitar
que conductores que hayan ingerido sustancias se pongan al volante.
Con
el objetivo de que esta campaña sea generalizada, la DGT ha invitado a las
corporaciones locales, así como a los organismos autonómicos con competencia en
la materia a sumarse a la misma e incrementar los controles y la vigilancia en
sus respectivas vías.
De
este modo, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil,
realizarán más de 25.000 controles diarios de alcohol y drogas, en cualquier
vía, hora y día de la semana.
La
realización de estos controles preventivos por parte de las autoridades
competentes, solamente la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil realizó el
año pasado 6 millones de controles de alcohol y drogas, junto con la concienciación de los ciudadanos
son dos de los factores que están contribuyendo a reducir el porcentaje de
positivos preventivos de alcoholemia, pasando del 5% en 2001 al 1,7% en 2013.
Esta
reducción significativa del porcentaje de positivos a alcohol, se quiere
también alcanzar en el caso de las drogas, con la generalización de dichos
controles en carretera. En lo que llevamos de año ya se han realizado más de
4.000 controles de drogas y la idea es multiplicarlo por cinco de aquí a final
de año realizando otros 20.000.
Además,
se pondrá especial énfasis en los colectivos policonsumidores, aquellos conductores que se ponen al volante
y que consumen habitualmente alcohol y/o drogas.
DATOS
PARA RECORDAR
• El 25% de los fallecidos en
carretera en Europa están relacionados con el alcohol, mientras que sólo el 1%
del total de kilómetros recorridos son conducidos por personas con 0,50 g/l o
más de alcohol en sangre, según datos
del Observatorio Europeo para la Seguridad Vial (ERSO)
• De las 100.000 pruebas de
alcohol que los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil
realizaron el año pasado a conductores implicados en un accidente, 5.131 dieron
positivo a alcohol (5,1%)
• Con una tasa de alcoholemia
de 1,5g/l a 2,5 g/l, en sangre el riesgo de sufrir un accidente se multiplica
por 15.
• Excitabilidad emocional,
disminución de la agudeza mental y capacidad de juicio, euforia en el
conductor, tendencia a la inhibición emocional, impulsividad, agresividad al
volante, disminución de la percepción del riesgo… son solo algunos de los
efectos que provoca el alcohol y las drogas en la conducción.
• El Instituto Nacional de
Toxicología y Ciencias Forenses en su memoria 2013 constata que de los 557
conductores fallecidos en accidente de circulación 240, es decir el 43,09%
resultaron positivos en sangre a drogas y/o psicofármacos y/o alcohol.
Y de
estos 240, 161 (67,08%) resultaron positivos a alcohol solo o asociados a
drogas y/o psicofármacos y en 85 (35,42%) de los casos se detectaron drogas
solas o asociadas con alcohol y/o psicofármacos.
Entre
las drogas detectadas, la cocaína, el cannabis y los opiáceos derivados de
morfina fueron los más comunes.
EL
CASO DE LOS PEATONES
Otro
colectivo que preocupa a la DGT es el de los peatones, como usuarios más
débiles de la vía. Éstos deben estar en pleno uso de sus facultades para no
correr riesgos.
La
ingesta de alcohol y /o drogas supone un peligro ya que hay una menor
percepción o percepción equivocada del entorno, pérdida de visión, mayor
asunción de riesgos…
Por
este motivo, desde el pasado 9 de mayo, los peatones que hayan cometido una
infracción o estén implicados en un accidente están obligados a someterse a las
pruebas de la detección de alcohol y/o drogas.
Como
dato para recordar, destacar el del Instituto Nacional de Toxicología que ha constatado
que de los 161 peatones analizados en 2013, el 44,10% de ellos (71) presentaron resultados
positivos en sangre a drogas y /o psicofármacos y/o alcohol.
FUERTE
APUESTA EN LA LEY DE SEGURIDAD VIAL
Todos
los informes, estudios y estadísticas de
las que se disponen sobre alcohol/drogas y conducción llevan a un mismo
objetivo que es el de evitar que ciudadanos que hayan ingerido cualquier
sustancia psicoactiva se pongan al volante.
Por
este motivo, la reciente reforma de la Ley de Seguridad Vial da un paso
más, incrementa las sanciones y poniendo
a los reincidentes en el punto de mira.
Para
estos conductores reincidentes, tomados como tales aquellos que hubieran sido
sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol, la sanción se incrementa de 500€ a 1.000€.
Este
misma sanción de 1.000€ se aplica también a aquellos conductores que circulen
con una tasa que supere el doble de la permitida.
En
el caso de las drogas, la nueva ley prohíbe conducir con presencia de drogas en
el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen
bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción
catalogada como muy grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la
retirada de 6 puntos.
Sanciones
TASA
|
SANCIÓN
|
|
ALCOHOL
|
Entre 0,25mg/l y 0,50mg/l
|
500 euros y 4 puntos
|
Más de 0,50 mg/l
y reincidentes
|
1.000 euros y 6 puntos
|
PRESENCIA
DE
DROGAS
|
1.000 euros y 6 puntos
|
LO
QUE NO CAMBIA EN LA LEGISLACIÓN
• Vía administrativa: La
reforma de la Ley de Seguridad cuya entrada en vigor se produjo el pasado 9 de
mayo, solamente modificó las sanciones impuestas, no así las tasas máximas
legalmente permitidas para conducir que siguen siendo las mismas.
Tasas
máximas del alcohol permitidas para conducir
CONDUCTORES
|
LÍMITE EN SANGRE
|
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO
|
(1) GENERAL
|
0'5
gr./l
|
0'25
mg/l
|
(2) PROFESIONALES
|
0'3
gr./l
|
0'15
mg/l
|
(3) NOVELES
|
0'3
gr./l
|
0'15
mg/l
|
• Vía Penal: En temas penales
no hay cambio alguno. El capítulo IV del Código Penal sigue tipificando los
delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para
conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas.
DELITO
|
PENAS
|
|
ALCOHOL
|
Tasas superiores a:
- 0.60 mg/l en aire.
- 1,2 gr/l en sangre.
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
Negativa a someterse a
las pruebas.
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
DELITO
|
PENAS
|
|
DROGAS
|
Conducir bajo la
influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
Negativa a someterse a
las pruebas
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
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