Cuatro
de cada diez conductores fallecidos en accidente de tráfico resultaron positivo en sangre a drogas o
alcohol
Se
ha realizado un anuncio “El porro más caro del mundo” para su emisión en televisiones, con el fin de
concienciar sobre los efectos de las drogas en la conducción
Conducir después
del consumo de sustancias psicoactivas es un hecho frecuente en España,
alcanzando a doce de cada cien conductores, tal y como muestran los resultados
del Proyecto europeo DRUID´13 (Driving Under Influence of alcohol and Drugs”)
proyecto que estudia la prevalencia de consumo de alcohol y drogas entre
los conductores.
Además, la memoria que anualmente
realiza el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF) a una muestra de fallecidos en accidente de
tráfico, constata que en 2014 cuatro de
cada diez conductores fallecidos en
accidente de circulación resultaron positivo en sangre a drogas y/o
psicofármacos y/o alcohol. En concreto de los 614 conductores fallecidos en
accidente de circulación y analizados por el INTCF, 240, (39%) resultaron
positivos en sangre a drogas y/o psicofármacos y/o alcohol.
En lo referente a peatones, de los 173
peatones fallecidos y analizados en el INTCF, el 40% de ellos (104) presentaron resultados
positivos en sangre a drogas y /o psicofármacos y/o alcohol.
Por este motivo, la Dirección General de
Tráfico intensifica durante una semana (del 10 al 16 de agosto) este tipo de
controles, de modo que cualquier conductor puede ser solicitado para realizar
un control de alcohol o de drogas a cualquier hora del día y en cualquier
carretera, coincidiendo en estas fecha celebraciones y fiestas en diversas
localidades de toda España.
Como suele ser habitual en este tipo de
campañas la DGT ha invitado a las corporaciones locales, así como a los
organismos autonómicos con competencia en la materia a sumarse a la misma e
incrementar los controles y la vigilancia en sus respectivas vías.
De este modo, los agentes de la
Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, realizarán más de 25.000 controles
diarios de alcohol y drogas, en cualquier vía, hora y día de la semana.
Se pondrá especial énfasis en los
colectivos policonsumidores, aquellos conductores
que se ponen al volante y que consumen habitualmente alcohol y/o drogas.
Desde la entrada en vigor de la
modificación de la Ley de Seguridad Vial en mayo de 2014, más de 3.000
conductores reincidentes (aquellos conductores que hubieran sido sancionados en
el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol) han sido sancionados
con 1.000 € y la detracción de 6 puntos.
Además, 30.000 conductores han sido
denunciados en el último año con el mismo importe y la misma detracción de
puntos por circular con más de 0.50 mg/l de alcohol en aire espirado, el doble
de la tasa permitida.
Desde la entrada en vigor de la Ley, también
han sido sancionados más de 20.000 conductores por conducir con presencia de
drogas. Esta infracción está castigada con una sanción de 1.000 € y la retirada
de 6 puntos.
ANUNCIOS AUDIOVISUALES
Dentro de la campaña general que la DGT
viene realizando sobre los “objetos más caros del mundo” para incidir sobre los
diferentes factores de riesgo que más accidentes provocan, se ha producido un
anuncio para su emisión en medios audiovisuales: “El porro más caro del mundo.
Conducir bajo los efectos de las drogas puede costar mucho”.
Además, durante el verano se emitirán
varias cuñas radiofónicas en las que se dan a conocer los efectos que producen
las drogas en la conducción.
También se realizarán inserciones
gráficas en prensa escrita, así como inserciones en medios online.
EFECTOS DE LAS DROGAS EN LA CONDUCCIÓN
Los efectos del alcohol en la conducción
están más asumidos por los ciudadanos que los riesgos que implican las drogas,
razón por la cual, la DGT aprovecha todos los canales de comunicación de los
que dispone para darlos a conocer.
Los conductores que han cometido una
infracción relacionada con las drogas o el alcohol, además de recibir la
resolución de la sanción, se les informa
a través de imágenes y un breve texto de los efectos que estas sustancias
provocan en la conducción.
EFECTOS DEL ALCOHOL EN LA CONDUCCIÓN
Aunque nos creamos en pleno uso de
nuestras facultades físicas y mentales, la ingesta de alcohol hace que
multipliquemos el riesgo de sufrir un accidente. Además, repercute de una mayor
mortalidad, al ser un factor relacionado con un peor pronóstico en las lesiones
sufridas.
A continuación se muestran algunos de los
efectos que produce el alcohol en la conducción:
De
0,3 hasta 0,5g/l
(Inicio
zona de riesgo)
|
De
(Zona de
alarma)
|
De
0,8 a 1,5g/l
(Conducción
peligrosa)
|
De
1,5 a 2,5g/l
(Conducción
altamente peligrosa)
|
Aumento
tiempo de reacción
|
Peor
percepción de distancia
|
Graves
problemas de percepción
|
Graves
problemas de percepción, de atención, de control y coordinación
|
Se
subestima la velocidad
|
Problemas
de visión
|
Grandes
problemas de atención y coordinación
|
|
Problemas
de coordinación
|
Incremento
de la somnolencia
|
Fuente: Cuadro de elaboración propia,
del Manual Seguridad Vial para nuevos conductores. INTRAS – DGT. Año 2007.
NORMATIVA Y SANCIONES
• Vía
administrativa: La Ley de Seguridad fija las tasas máximas de alcohol
permitidas para los conductores. Así como la prohibición de conducir con
presencia de drogas en el organismo.
Tasas máximas del alcohol permitidas
para conducir
CONDUCTORES
|
LÍMITE EN SANGRE
|
LÍMITE EN AIRE ESPIRADO
|
(1) GENERAL
|
0'5
gr./l
|
0'25
mg/l
|
(2) PROFESIONALES
|
0'3
gr./l
|
0'15
mg/l
|
(3) NOVELES
|
0'3
gr./l
|
0'15
mg/l
|
• Vía Penal: El capítulo IV del Código
Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las
siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de
drogas.
DELITO
|
PENAS
|
|
ALCOHOL
|
Tasas superiores a:
- 0.60 mg/l en aire.
- 1,2 gr/l en sangre.
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
Negativa a someterse a
las pruebas.
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
Todos
los informes, estudios y estadísticas de
las que se disponen sobre alcohol/drogas y conducción llevan a un mismo
objetivo que es el de evitar que ciudadanos que hayan ingerido cualquier
sustancia psicoactiva se pongan al volante.
Por
este motivo, la Ley de Seguridad Vial
contempla para los conductores reincidentes, tomados como tales aquellos que
hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a
alcohol, la sanción de 1.000€.
Este
misma sanción de 1.000€ se aplica también a aquellos conductores que circulen
con una tasa que supere el doble de la permitida.
En el
caso de las drogas, la ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el
organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo
prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción
catalogada como muy grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la
retirada de 6 puntos.
Sanciones (Vía administrativa)
TASA
|
SANCIÓN
|
|
ALCOHOL
|
Entre 0,25mg/l y 0,50mg/l
|
500 euros y 4 puntos
|
Más de 0,50 mg/l
y reincidentes
|
1.000 euros y 6 puntos
|
PRESENCIA
DE
DROGAS
|
1.000 euros y 6 puntos
|
Penas (Vía penal)
DELITO
|
PENAS
|
|
DROGAS
|
Conducir bajo la
influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
|
Prisión de tres a seis
meses o multa de seis a doce meses o
trabajos en beneficio de la comunidad de 30
a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro
años.
|
Negativa a someterse a
las pruebas
|
Prisión de seis meses
a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
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